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CSJ - AL6042-2025

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL6042-2025
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2025

IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente AL6042-2025 Radicación n.° 11001-31-05-010-2019-00087-01 Acta 33 Bogotá D. C., diez (10) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S. A. y otro vs. Edwing Francisco Parejo Bermeo y otros En vista de que la Compañía de Seguros Bolívar S. A. no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Por otro lado, la demanda de casación presentada por Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S. A. en este asunto satisface las exigencias formales externas de ley. En consecuencia, continúese con el trámite. SCLAJPT-04 V.00Radicación n.° 11001-31-05-010-2019-00087-01 Como quiera que el artículo 2° de la Ley 2213 de 2022 autoriza el uso de las tecnologías de la información en la gestión y trámite de los procesos judiciales a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, y en este asunto las partes pueden acceder al expediente digital de forma simultánea, córrase traslado al mismo tiempo a cada uno de los opositores, Edwing Francisco Parejo Bermeo, Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías

córrase traslado al mismo tiempo a cada uno de los opositores, Edwing Francisco Parejo Bermeo, Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S. A., Compañía de Seguros Bolívar S. A. y Compañía de Seguros Bolívar S. A. (Seguros Bolívar S. A.) , conforme lo autoriza el artículo 95 del Código de Procedimiento del Trabajo y la Seguridad Social, modificado por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Notifíquese, publíquese y cúmplase.

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