CSJ - AL6052-2014
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL6052-2014
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2014
República de Colombia Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL6052-2014 Radicación n.°65995 Acta 35 Bogotá, D. C., primero (01) de octubre de dos mil catorce (2014). Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. Vs. Marel Paola Contreras González y otros. Se reconoce personería para actuar dentro del proceso de la referencia al doctor Diego Hernando Arias Ariza como apoderado de la parte opositora (Colpensiones), en los términos y para los efectos del memorial que obra a folio 4 del cuaderno de la Corte. Se abstiene la Sala de reconocer personería a quien pretende representar al Instituto de Seguros Sociales en 1 Radicación n.° 65995 Liquidación, en tanto éste no hace parte del presente asunto y es Colpensiones quien actúa como administradora del Régimen de Prima Media. En vista de que la parte recurrente (Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P.) no presentó la correspondiente demanda de casación, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Con base en lo dispuesto en el inciso 3, artículo 49 de la Ley 1395 de 2010, que modificó el artículo 93 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, se fija multa en 10 S.M.L.M.V. al apoderado judicial de la parte
recurrente Saúl Enrique Vega Mendoza, identificado con cédula de ciudadanía No. 5.162.675 y portador de la T.P. No. 30.000 del Consejo Superior de la Judicatura. Notifíquese y cúmplase.
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
Presidente de Sala 2 Radicación n.° 65995
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE
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