CSJ - AL6728-2026
Detalles
- Título
- CSJ - AL6728-2026
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2026
SCLAJPT-04 V.00
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente
AL6728-2026 Radicación n.° 11001-02-05-000-2026-02559-00 Acta 37
Bogotá, D. C., catorce (14) de octubre de dos mil veintiséis (2026)
Asociación Nacional de Personas Dedicad as a la Limpieza, Aseo, Almacenamiento, Complementarios y Similares “ASONALPLIASECOS” vs. Aseo Móvil Urbano S.
A. S.
La Sala advierte que el laudo arbitral d e 29 de julio de 2026, proferido por el Tribunal de Arbitramento Obligatorio que dirimió el conflicto colectivo de trabajo suscitado entre las partes, fue notificado a la recurrente Asociación Nacional de Personas Dedicadas a la Limpieza, Aseo, Almacenamiento, Complementarios y Similares “ASONALPLIASECOS” vía correo electrónico el 30 de julio de 2026, a las 3:21 p. m.Radicación n.° 11001-02-05-000-2026-02559-00
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A su vez, presentó recurso de anulación el 6 de agosto de 2026, por lo que, al haberse presentado el recurso dentro del término legal, la Corte avoca el conocimiento del mismo.
Asimismo, se ordena dar traslado como opositor a la empresa Aseo Móvil Urbano S. A. S. para que en un término de tres (3) días hábiles presenten alegaciones del recurso, si así lo considera pertinente.
Asimismo, se ordena dar traslado como opositor a la empresa Aseo Móvil Urbano S. A. S. para que en un término de tres (3) días hábiles presenten alegaciones del recurso, si así lo considera pertinente.
Por otra parte, se reconoce personería para actuar en el proceso de la referencia a l doctor Daniel Arturo Marín Herrera como apoderad o de la Asociación Nacional de Personas Dedicadas a la Limpieza, Aseo, Almacenamiento, Complementarios y Similares “ASONALPLIASECOS” , en los términos y para los efectos del memorial obrante en el PDF 409 Cuaderno Recurso Anulación.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.Firmado electrónicamente por:
VÍCTOR JULIO USME PEREA Presidente de la Sala
JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ
LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ
CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILAOMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR
MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999
MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO
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Documento generado en 2026-10-14