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CSJ - AL6764-2025

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL6764-2025
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2025

SCLAJPT-04 V.00

VÍCTOR JULIO USME PEREA Magistrado ponente AL6764-2025 Radicación n.° 05001-31-05-017-2020-00055-01 Acta 39 Bogotá, D. C., veintidós (22) de octubre de dos mil veinticinco (2025). Manuel Salvador Viana vs. Andrés Fernando Restrepo Agudelo y otros. Por falta de sustentación dentro del término de traslado, se declara DESIERTO el recurso extraordinario de casación interpuesto por Manuel Salvador Viana , de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964. Se reconoce al doctor Gildardo Alfredo Pérez Lopera, portador de la TP n.° 67.159 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado judicial de la parte opositora, Cooperativa de Transportadores de Santa Rosa (Coopetransa), en los términos y para los efectos del memorial visible en el folio n°. 64 del cuaderno de segunda instancia.Radicación n.° 05001-31-05-017-2020-00055-01

SCLAJPT-04 V.00

En ese sentido, se entiende subsanado lo solicitado por la doctora Dayana Parra Rada, mediante memorial en el cual requiere a este despacho que se le revoque el poder conferido por la Cooperativa de Transportadores de Santa Rosa (Coopetransa), ya que con el otorgamiento de poder al doctor Gildardo Alfredo Pérez Lopera se entiende revocado el anterior. Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. 2

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