CSJ - AL6979-2024
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AL6979-2024
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2024
SCLAJPT-04 V.00
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL6979-2024 Radicación n.°104145 Acta 43 Bogotá, D. C., veinte (20) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024).
SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES Y CESANTÍAS - PORVENIR S.A. Y OTRO vs.
LUZ ELENA LIÉVANO SÁNCHEZ Y OTROS.
Conforme al informe secretarial que antecede, este recurso no fue sustentado oportunamente por el recurrente BBVA Seguros de Vida Colombia S.A., Por lo tanto, es del caso que la Sala proceda a declararlo DESIERTO. Previo a la autorización para actuar de la Sociedad Godoy Córdoba Abogados S.A.S., identificada con Nit . 830.515.294-0, representada legalmente por el abogado Andrés Darío Godoy Córdoba; como apoderada especial de la parte recurrente y opositora la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., se le conceden cinco (5) días hábiles para que allegue las constancias de envío deRadicación n.°104145 SCLAJPT-04 V.00 2 correo electrónico donde se evidencia la trazabilidad del origen del poder otorgado por su poderdante, conforme lo
previsto en el inciso 3° del artículo 5 de la Ley 2213 de 2022, que dispone «Los poderes otorgados por personas inscritas en el registro mercantil, deberán ser remitidos desde la dirección de correo electrónico inscrita para recibir notificaciones judiciales». Notifíquese y cúmplase. MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Presidenta de la Sala