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CSJ - AL7168-2016

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL7168-2016
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2016

GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado ponente AL7168-2016 Radicación N°. 68859 Acta 39 Bogotá, D. C., diecinueve (19) de octubre de dos mil dieciséis (2016).

COMPAÑÍA COLOMBIANA ADMINISTRADORA DE

FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS S.A.-

COLFONDOS S.A. VS. MAPFRE COLOMBIA VIDA SEGUROS S.A., EDILBERTO URBINA JIMÉNEZ El apoderado judicial de la parte recurrente, en el escrito que obra a folio 29 del cuaderno de la Corte DESISTE del recurso de casación interpuesto contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, el 27 de febrero de 2014, en el proceso ordinario promovido por EDILBERTO

URBINA JIMÉNEZ contra COMPAÑÍA COLOMBIANA

ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y

CESANTÍAS S.A.- COLFONDOS S.A.

Radicación n° 68859 El referido acto de postulación cumple con los requisitos consagrados en los artículos 342 y 345 del C.P.C., aplicables por remisión en los términos del Art. 145 del C. de P. L. y S.S; por ende debe admitirse. Ahora bien, como de conformidad con el Art. 345 del C. de P.C., habría necesidad de condenar en costas, la Sala se abstendrá de realizar esta condena, habida cuenta que la parte opositora a folio 32 del cuaderno de la Corte,

coadyuva dicho desistimiento y solicita “La terminación de manera definitiva del proceso que actualmente se encuentra en la Corte Suprema de JusticiaSala Laboral… por el pago total de las pretensiones y agencias en derecho objeto de la condena antes aludida”. Sin otra consideración la Sala, RESUELVE: 1º. ADMITIR EL DESISTIMIENTO, presentado por el apoderado de la parte demandante COMPAÑÍA COLOMBIANA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS S.A.- COLFONDOS S.A., por cumplirse con los requisitos de las normas arriba mencionadas. 2°. ABSTENERSE de condenar en costas conforme a lo expresado en la parte motiva. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese. 39 Radicación n.° 68859

(IMPEDIDO)

JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN

Presidente de Sala

GERARDO BOTERO ZULUAGA

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

(IMPEDIDO)

FERNANDO CASTILLO CADENA

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

DMG

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