CSJ - AL7210-2015
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - AL7210-2015
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2015
República de Colombia Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL7210-2015 Radicación n.° 70990 Acta No. 44 Bogotá, D. C., diez (10) de diciembre de dos mil quince (2015). BBVA Horizonte Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías S.A. –Hoy Porvenir S.A.- y Otro Vs. Luis Gustavo Hernández Mantilla y Otros. En vista de que la parte recurrente (BBVA Horizonte Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías S.A. –Hoy Porvenir S.A.-) no presentó la demanda de casación, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 65 del D. 528/1964. 1 Radicación n.° 70990 Con base en lo consagrado en el inc. 3, art. 49 de la L. 1395/2010, que modificó el art. 93 del C.P.T. y S.S., se fija multa en 10 S.M.L.M.V. al apoderado judicial de la parte recurrente Eduardo Pilonieta Pinilla, identificado con cédula de ciudadanía No. 17.146.598 y portador de la T.P. No. 10.395 del Consejo Superior de la Judicatura, la cual será pagada a favor de La Nación –Consejo Superior de la Judicaturay consignados en el Banco Agrario a la cuenta DTM multas y cauciones efectivas No. 3-0070-000030-4,
con dirección de notificación en la carrera 50 No. 53 – 167 Altos de Pan de Azúcar en la ciudad de Bucaramanga. Por Secretaría corríjase el Sistema de Gestión Siglo XXI y la carátula, en el sentido de incluir a BBVA Seguros de Vida Colombia como parte recurrente. Córrase traslado a la parte RECURRENTE BBVA Seguros de Vida Colombia por el término legal. Notifíquese y cúmplase.
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
Presidenta de Sala
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
2 Radicación n.° 70990
RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
3