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CSJ - AL7656-2014

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL7656-2014
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2014

República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado Ponente AL7656-2014 Radicación n° 66040 Acta 041 Bogotá, D.C., doce (12) de noviembre de dos mil catorce (2014).

GERMAN CASTIBLANCO GUALTERO vs. EMBAJADA DE

JAPÓN EN COLOMBIA.

Habida consideración de que en el asunto de la referencia se demanda a la Embajada de Japón por la ejecución de actos y hechos de naturaleza contractual laboral, referidos por quien dijo haberse desempeñado como empleado administrativo, la Corte concluye mayoritariamente que no le asiste competencia para conocer del mismo, atendiendo las directrices trazadas por la jurisprudencia en providencia de 21 de marzo de 2012 (rad.37.637), mediante el cual se rectificó lo consignado en auto del 13 de diciembre de 2007 (rad. 32.096), en cuanto al conocimiento de acciones directas contra embajada. Radicación N°66040 En consecuencia, por falta de jurisdicción y competencia se RECHAZA IN LÍMINE la demanda presentada por GERMAN CASTIBLANCO GUALTERO contra la EMBAJADA DE JAPÓN. Por Secretaría devuélvase al demandante la respectiva demanda, luego de dejar copia completa y auténtica de estas diligencias para el archivo. Notifíquese y cúmplase.

RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Presidente

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

2 Radicación N°66040

GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE

2

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