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CSJ - AL7662-2014

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL7662-2014
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2014

República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado Pon ente AL7662-2014 Radicación n° 65800 Acta 042 Bogotá, D.C., doce (12) de noviembre de dos mil catorce (2014).

MIRYAM GARCÍA OCAMPO vs. INSTITUTO DE

SEGUROS SOCIALES, HOY COLPENSIONES S.A.

Se pronuncia la Sala sobre la no sustentación del recurso de la casación propuesto por la parte demandante: Por auto de 18 de junio de 2014, esta Sala admitió el recurso de casación interpuesto por la demandante. 1 Radicación n° 65800 Con nota secretarial que antecede se informó al Despacho que «…el traslado a la parte recurrente Miryam García Ocampo, inició el 26 de junio de 2014 y venció el 24 de julio de 2014». Y «Fue recibido escrito de DESISTIMIENTO el día 13 de agosto de 2014, con posterioridad al término del traslado, (ver folio 12 del cuaderno de la Corte)». De la actuación surtida en el trámite del recurso extraordinario, se constató que el término de traslado de los veinte (20) días dispuesto para la parte recurrente, venció el 24 de julio de 2014, sin que se presentara dentro del mismo la demanda de casación. De lo anterior se concluye sin dificultad alguna, que la consecuencia jurídica por la no sustentación del recurso de casación no es otra que la declaratoria de desierto del

mismo y la consecuente imposición de la multa prevista en el artículo 49 de la Ley 1395 de 2010, al apoderado judicial de la parte recurrente. Vale resaltar, que aun cuando se presentó desistimiento a dicho recurso, éste solo fue radicado hasta el día 13 de agosto de 2014, es decir, después de haber expirado el traslado dispuesto para la parte recurrente, con lo cual se hace improcedente su aceptación.

DECISIÓN

2 Radicación n° 65800 En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR DESIERTO el recurso de casación interpuesto por la parte demandante y recurrente, contra la sentencia proferida el 12 de agosto de 2013, por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, dentro del proceso ordinario laboral promovido por

MIRYAM GARCÍA OCAMPO contra el INSTITUTO DE

SEGUROS SOCIALES, HOY COLPENSIONES S.A.

SEGUNDO: IMPONER a la apoderada judicial de la parte recurrente la doctora AMPARO OCAMPO LOZANO, con Cédula de Ciudadanía N°. 31.966.551 de Cali y Tarjeta Profesional N° 98.310 del C.S. de la J., multa de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor de La Nación -Consejo Superior de la Judicatura-, a quien se le remitirá copia de esta providencia, para lo de su cargo.

La profesional del derecho mencionada recibirá la notificación de la presente providencia en la carrera 8 N° 1011, oficina 201 del edificio San Pablo en la ciudad de Cali,

tal como lo manifestó en la demanda (folio 9), y deberá realizar el pago de la sanción impuesta en el Banco Agrario, cuenta DTN multas y cauciones efectivas N° 3-0070-0000304. 3 Radicación n° 65800

TERCERO: RECHAZAR por improcedente el desistimiento del recurso de casación planteado.

CUARTO: Por Secretaría, remítase copia de la presente diligencia al Consejo Superior de la Judicatura, para lo de su cargo.

Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase.

RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Presidente de Sala

JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN

4 Radicación n° 65800

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE

5

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