CSJ - AL911-2025
Detalles
- Título
- CSJ - AL911-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2025
SCLAJPT-04 V.00
CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente
AL911-2025 Radicación n.° 54001310500120150022501
Bogotá D.C., veinticuatro (24) de febrero de dos mil veinticinco (2025).
Conforme las facultades legales y constitucionales y la autorización que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia otorgó en sesión ordinaria n.° 12 de 17 de abril de 2024, la presidenta de la misma asume la ponencia de la presente decisión.
A través de la Ley 1781 de 20 de mayo de 2016, el Congreso de la República modificó los artículos 15 y 16 de la Ley 270 de 1996 -Estatutaria de la Administración de Justicia-, normativa mediante la cual se crearon 4 Salas de Descongestión Laboral en la Corte Suprema de Justicia.
Igualmente, en Acuerdo 48 de 16 de noviembre de 2016, esta Corporación adoptó el reglamento de la Sala de Casación Laboral y en el título II artículo 21 y siguientes, determinó el funcionamiento de la Sala de Descongestión, para lo cual estableció elRadicación n.° 54001310500120150022501 SCLAJPT-04 V.00 2 procedimiento a efectuar respe cto de la remisión de procesos, selección de expedientes y condiciones de reparto.
Por su parte, a través de Acuerdo PCSJA17 -10647 de 22 de febrero de 2017, el Consejo Superior de la Judicatura ordenó la creación de dicha Sala de descongestión y su estructura.
En cumplimiento de lo anterior, y bajo los precisos criterios
febrero de 2017, el Consejo Superior de la Judicatura ordenó la creación de dicha Sala de descongestión y su estructura.
En cumplimiento de lo anterior, y bajo los precisos criterios expuestos para el efecto, la suscrita magistrada ha seleccionado los siguientes procesos, a fin de que sean remitidos a la Sala Laboral de Descongestión de esta Corporación:
N°
FECHA DE
ENTRADA AL
DESPACHO
RAD. RECURRENTES OPOSITORES
N° DE
CUADERNO
Y FOLIOS CDS ESAV OBSERVACIONES 1 20/02/2025 54001310500120150022501 María del Carmen Díaz y otro Yamile Peñaranda Parra y otros
13 AD N/A 24 AD
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 2 19/02/2025 05001310501520210035201 Rubén Darío Piedrahita Vargas y María Catalina Moreno Holguín, actuando en nombre propio y en representación de su hija menor de edad E.E.E.E. Ideas Civiles
S.A.S. 4 AD N/A 10 AD
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 3 19/02/2025 76001310501420140053201 Gilberto Giraldo Comunidad Franciscana Provincia de la Santa Fe (Curia Provincial)
4 AD N/A 18 AD
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 4 19/02/2025 68081310500120190051801 Leticia Rojas Carrero Caja de Compensación Familiar de Barrancabermej
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 4 19/02/2025 68081310500120190051801 Leticia Rojas Carrero Caja de Compensación Familiar de Barrancabermej a (CAFABA)
6 AD N/A 7 AD
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 5 19/02/2025 66001310500420230018001 Carlos Arturo Hoyos Gómez UNE EPM Telecomunicaci ones S.A. (UNE
TELCO)
5 AD N/A 10 AD
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 6 19/02/2025 66001310500320190040001 Rosalina Ramírez Crispín Luz Marina Gómez Montes y otro
4 AD N/A 14 AD
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 7 19/02/2025 76001310500620140083901 Blanca Oliva Yepes Arcila Universidad Santiago de Cali
(USACA)
6 AD N/A 10 AD
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 8 19/02/2025 76001310501220230017301 Empresas Municipales de Cali E.I.C.E.
E.S.P (EMCALI
E.I.C.E. E.S.P.)
Piedad Zapata de Zapata 4 AD N/A 12 AD Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 9 19/02/2025 05266310500120190004601 Cristián Enrique Tamara Ávila Arquitectura y Concreto S.A.S. y otros 7 AD N/A 15 AD Digital en Sistema
Documental Electrónica. 9 19/02/2025 05266310500120190004601 Cristián Enrique Tamara Ávila Arquitectura y Concreto S.A.S. y otros 7 AD N/A 15 AD Digital en Sistema de GestiónRadicación n.° 54001310500120150022501
SCLAJPT-04 V.00 3
Documental Electrónica. 10 19/02/2025 08001310500520210034501 Emiliano Enrique González Vargas Carbones de La Jagua S.A. 35 AD N/A 7 AD Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 11 19/02/2025 76001310501120170010701 Empresas Municipales de Cali E.I.C.E.
E.S.P. (EMCALI
E.I.C.E. E.S.P.)
Diego Hernán Bolaños González
12 AD N/A 7 AD
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 12 19/02/2025 66001310500420230025101 Jorge López UNE EPM Telecomunicaci ones S.A. (UNE
TELCO)
5 AD N/A 10 AD
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 13 19/02/2025 76001310501020210053101 Óscar Harold Gutiérrez Díaz Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)
5 AD N/A 12 AD
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 14 19/02/2025 13001310500420130005401 Colfondos S.A. Pensiones y Cesantías Alcides Barrozo
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 14 19/02/2025 13001310500420130005401 Colfondos S.A. Pensiones y Cesantías Alcides Barrozo Osorio y otros 7 AD N/A 21 AD Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 15 19/02/2025 05001310500220220015101 Cecilia Alvis de Castaño Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y otro
6 AD N/A 16 AD
Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 16 19/02/2025 76001310501420200019101 Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) Luz Edith Cabal 7 AD N/A 12 AD Digital en Sistema de Gestión Documental Electrónica. 17 19/02/2025 66001310500520180023701 Martín Hernán Velásquez Benavides María del Socorro Arenas López y otros 2 (2) (1-289) 6 AD 3 23 AD Híbrido en el Sistema de Gestión Documental Electrónica.
De otro lado, comoquiera que mediante Acuerdo 051 de 22 de mayo de 2020, esta Corporación implementó el uso de las herramientas tecnológicas para tramitar los asuntos de su competencia, y que a través del artículo 2.º de la Ley 2213 de 20221, el Gobierno Nacional autorizó su uso en la gestión y trámite judicial a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia,
competencia, y que a través del artículo 2.º de la Ley 2213 de 20221, el Gobierno Nacional autorizó su uso en la gestión y trámite judicial a fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, se dispone que el presente auto, sea publicado para consulta en el Ecosistema Digital Acciones Virtuales – ESAV y en la página web de la Corte (https://cortesuprema.gov.co/notificaciones-salade-casacion-laboral-estados/)
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
1 Por medio de la cual se estableció la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 de 2010 y se adoptaron medidas para su implementación en las actuaciones judiciales .Firmado electrónicamente por:
CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA
Magistrada
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999
Código de verificación: 9D71958C9D133E077606AD79CFCC038C32C4B6436BCD5969B71709E418336AF7
Documento generado en 2025-02-24