CSJ - AP1242-2020(942)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AP1242-2020(942)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2020
PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada ponente AP1242-2020 Radicación n.° 942 (Aprobado Acta n.° 130) Bogotá D.C., veinticuatro (24) de junio de dos mil veinte (2020) ASUNTO Se pronuncia la Corte sobre el desistimiento del recurso de queja presentado por el defensor de los imputados WILMAR
GÓMEZ OROZCO y ESTHER MARÍA ARMENTA.
Recurso de queja 942 Wilmar Gómez Orozco Esther María Armenta
ACTUACIÓN PROCESAL PERTINENTE Y CONSIDERACIONES
1. El 3 de junio del presente año, en desarrollo de la audiencia de formulación de acusación, el defensor de los imputados interpuso el recurso de queja contra la decisión del Tribunal Superior de Barranquilla, mediante la cual negó la apelación contra el rechazo de plano de la solicitud de nulidad del ‘escrito de acusación’.
2. El tribunal, acorde con lo dispuesto en el artículo 179C de la Ley 906 de 2004, remitió a esta Corporación las copias de la actuación necesarias para el trámite de la queja. Recibido lo actuado, la Secretaría descorrió el traslado previsto en el artículo
179D, con el fin de que el impugnante sustentara la queja (del 8 al 10 de junio).
3. Hallándose la actuación en la Secretaría, el tribunal allegó copia de la continuación de la audiencia de formulación de acusación, realizada el 5 de junio de 2020, en la que el defensor desistió del recurso de queja.
4. El 11 de los cursantes subió el trámite al despacho de la magistrada sustanciadora.
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5. El artículo 179F determina que la parte interesada podrá desistir de los recursos antes de que el funcionario los decida, situación que se presenta en esta actuación en la que el abogado defensor hizo la manifestación expresa durante la audiencia de acusación, a la que también asistieron los imputados1.
Cumplidos los presupuestos legales para que proceda la admisión del desistimiento de los recursos, la Sala aceptará la dimisión realizada por el abogado de los imputados en desarrollo de la audiencia de formulación de acusación, realizada el cinco de los cursantes. En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE ACEPTAR el desistimiento del recurso de queja presentado por el defensor de los procesados. Contra esta decisión no procede recurso alguno. Notifíquese y cúmplase. 1 A partir del minuto 03:00. 3 Recurso de queja 942 Wilmar Gómez Orozco Esther María Armenta 4 Recurso de queja 942 Wilmar Gómez Orozco Esther María Armenta 5 Recurso de queja 942 Wilmar Gómez Orozco Esther María Armenta
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria 6 Recurso de queja 942 Wilmar Gómez Orozco Esther María Armenta 7