CSJ - AP1378-2015(44260)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AP1378-2015(44260)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2015
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO
Magistrado Ponente AP1378-2015 Radicación 44260 Acta N105 Bogotá D.C., dieciocho (18) de marzo dos mil quince (2015). ASUNTO Procede la Sala a adoptar la decisión que en derecho corresponda en relación con la solicitud efectuada por la Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho, atinente a que se ocupe la Corte de los cargos siete y ocho contenidos en la acusación número 13-20874-CR-GRAHAM emitida el 21 de noviembre de 2013 por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida y sobre los cuales no se hiciera alusión en concepto del 18 de febrero anterior. Extradición 44260 Yein German Fuquen Pérez
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES
1. A través de Nota Diplomática No. 0694 del 6 de mayo de 2014, el Gobierno de los Estados Unidos de América a través de su Embajada en nuestro pais, solicitó al de Colombia la detención provisional con fines de extradición del ciudadano Yein Germán Fuquen Pérez, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos, según la acusación número 13-20874-CRGRAHAM emitida el 21 de noviembre de 2013 por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, mediante la cual se le acusa en el cargo dos de
concierto para importar heroína y los cargos seis a ocho la efectiva importación de dicha sustancia al territorio de los Estados Unidos de América, requerimiento con base en el cual el Fiscal General de la Nación, por medio de Resolución del 20 de mayo de 2014 ordenó la captura de Yein Germán Fuquen Pérez, la cual se hizo efectiva el 22 de mayo siguiente por miembros de la Policía Nacional.
2. A su vez, por Nota Verbal No. 1298 del 18 de julio de 2014, el Gobierno de Estados Unidos formalizó la petición de extradición, allegandose en dicho momento la respectiva documentación debidamente traducida y legalizada.
Remitido el asunto a la Corte, una vez agotado el trámite respectivo, mediante proveído del 18 de febrero ExtradicAi on 44260 Yein German Fuquen Pérez hubo de rendir concepto que lo fue favorable para los cargos dos y seis de la acusación.
3. Como lo advierte el Ministerio de Justicia, no obstante que el cargo dos corresponde, acorde con la Nota Verbal 1298 del 18 de julio de 2014, a “Concierto para importar una sustancia controlada (por lo menos un kilogramos de heroína) a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 952 (a), 960 (b)(1)(A) y 963 del Código de los Estados Unidos” y los cargos seis a ocho “Importación de una sustancia controlada (por lo menos 100 gramos de heroina), y ayuda y facilitación de dicho delito, en violación del Título 21, Secciones 952 (a) y 960
(b)(2)(A) del Código de los Estados Unidos y del Título 18,
Sección 2 del Código de los Estados Unidos”, la Corte no hizo expresa mención en el concepto de los cargos siete y ocho y de ello, entonces se ocupa.
4. En efecto, la acusación número 13-20874-CRGRAHAM emitida el 21 de noviembre de 2013 por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, acusa a Yein Germán Fuquen Pérez de haberse concertado para importar y la efectiva importación de una sustancia controlada, en por lo menos un kilo de heroína, en los siguientes términos: ... CARGO 2
Comenzando el 30 de julio de 2012 o alrededor de esa fecha y continuando hasta el 14 de septiembre de 2012, o alrededor de esa fecha, en el condado de Miami Dade, en el Distrito Sur de Florida y en Extradición 44260 Yein German Fuquen Pérez otras partes, los acusados: (...) YEIN GERMAN FUQUEN PEREZ (...), a sabiendas y voluntariamente se unieron, conspiraron, confabularon y acordaron los unos con los otros y con otras personas conocidas y desconocidas para el Gran Jurado, para importar a los Estados Unidos, desde un lugar fuera del mismo, una sustancia controlada, en violación de la Sección 952 (a), del Título 21 del Código de los Estados Unidos, todo en violación de la Sección 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos, ... CARGO 6 El 5 de agosto de 2012 o alrededor de esa fecha, en el Condado de Miami Dade, en el Distrito Sur de la Florida y en otras partes, los
acusados: (...) YEIN GERMÁN FUQUEN PÉREZ (..) a sabiendas e intencionalmente importaron a los Estados Unidos, desde un lugar fuera del mismo, una sustancia controlada, en violación de la Sección 952 (a) del Título 21 del Código de los Estados Unidos; y la Sección 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos”. ... CARGO 7 El 6 de septiembre de 2012 o alrededor de esa fecha, en el condado de Miami-Dade, en el Distrito Sur de la Florida y en otras partes, los acusados: {...) YEIN GERMÁN FUQUEN PÉREZ {(..) a sabiendas e intencionalmente importaron a los Estados Unidos, desde un lugar fuera del mismo, una sustancia controlada, en violación de la Sección 952 (a) del Titulo 21 del Código de los Estados Unidos; y la Sección 2 del Titulo 18 del Código de los Estados Unidos”.
-.CARGO 8
El 14 de septiembre de 2012 o alrededor de esa fecha, en el condado de Miami-Dade, en el Distrito Sur de la Florida y en otras partes, los acusados: (...) YEIN GERMÁN FUQUEN PÉREZ (..), a sabiendas e intencionalmente importaron a los Estados Unidos, desde un lugar fuera del mismo, una sustancia controlada, en violación de la Sección 952 (a) del Título 21 del Código de los Estados Unidos; y la Sección 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos”. Extradición 44260 Yein German Fuquen Pérez Estas conductas, como lo advirtió el concepto, actualizan en nuestro sistema punitivo y aparecen descritas
y penadas en el artículo 340 de la Ley 599 de 2000, modificado por el artículo 8° de la Ley 733 de 2002 y el 19 de la Ley 1121 de 2006, esto es el delito de concierto para delinquir y el de tráfico de estupefacientes, lo cual tiene correspondencia en el Código Penal colombiano, específicamente en el artículo 376 (modificado por artículo 11 de la Ley 1453 de 2011), con sanción superior a los cuatro años.
5. Así las cosas, la Corte debe aclarar que el concepto favorable a la extradición de Yein Germán Fuquen Pérez fechado el pasado 18 de febrero, comprende los cargos dos, seis, siete y ocho de la acusación número 13-20874-CRGRAHAM emitida el 21 de noviembre de 2013 por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de
Florida. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, RESUELVE Aclarar el concepto emitido el 18 de febrero de 2015, en el sentido que es FAVORABLE respecto de la totalidad de los cargos (dos, seis, siete y ocho) atribuidos a Yein Germán Fuquen Pérez, en la acusación numero 13-20874-CRGRAHAM emitida el 21 de noviembre de 2013 por la Corte Extradicion 44260 Yein German Fuquen Pérez Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida. Con la aclaracién anterior devuélvase el expediente al Ministerio de Justicia y del Derecho para lo de su competencia. Comuniquese y cúmplase.
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JOSE LUIS BARS
FERNANDO ALBERT “CASTRO CABALLERO 3
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EUGENIO FERNÁNDEZ ea
PERMISO
MARÍA DEL ROSARIO GONZALEZ MUÑOZ
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