CSJ - AP1402-2023(59556)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AP1402-2023(59556)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2023
HUGO QUINTERO BERNATE
Magistrado Ponente AP1402-2023 Radicado No. 59556 Acta 094 Bogotá, D.C., diecisiete (17) de mayo de dos mil veintitrés (2023).
I. ASUNTO La Sala decide la solicitud de desistimiento del recurso extraordinario de casación, interpuesto por el defensor de ALGIRO SAUCEDO MORENO, contra la sentencia del 8 de marzo de 2021, proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del
Distrito Judicial de Medellín.
CUI: 05001600020720100071001
CASACIÓN LEY 906 DE 2004
RADICADO: 59556
ALGIRO SAUCEDO MORENO
II. ANTECEDENTES 2.1. Fácticos En la sentencia del Tribunal Superior de Medellín fueron
reseñados de la siguiente manera: «Se presentaron al interior de la vivienda ubicada en la carrera 90 B #15-120 Barrio Nuevo amanecer de esta ciudad, los días sábados durante los años 2005 hasta finales del año 2006, cuando la niña N regresaba del internado y su madre no se encontraba, el padrastro ALGIRO SAUCEDO MORENO sometía esta menor a abusos sexuales, hechos de los que tuvo conocimiento la señora MARÍA ANTONIA PEREA MORENO, el pasado 18 de noviembre de 2010, por lo que denunció. «Al escuchar a la menor N en entrevista forense dice que el papá de su hermanita su padrastro a quien distingue como “Roberto” cuando ella llegaba los días viernes del internado y su madre estaba trabajando, aprovechando que ella estaba acostada, el padrastro se le metía en la
cama, allí se le montaba encima, le tocaba las partes íntimas con las manos; en otras ocasiones le metía el pene a la vagina, dándole besos en la boca; metiéndole la lengua en la boca; dice que llegó a obligarla para que ella se le montara encima de él y así le metía el pene. Revela que estos (sic) sucedió varias veces durante meses, ella no contaba porque la amenazaba». 2.2. Procesales El Juzgado 25 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Medellín, en sentencia del 3 de abril de 2020, declaró a ALGIRO SAUCEDO MORENO autor responsable de los 2
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ALGIRO SAUCEDO MORENO delitos de acceso carnal abusivo con menor de catorce años agravado y actos sexuales con menor de catorce años agravado. En consecuencia, lo condenó a las penas de cien (100) meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, negándole la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. El fallo de primera instancia fue apelado por la defensora y confirmado en su integridad por una de decisión Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, mediante proveído del 8 de marzo de 2021. Dentro del término legal, la defensora del procesado interpuso el recurso extraordinario de casación y presentó oportunamente la respectiva demanda. Estando el expediente en turno para la calificación de la demanda, mediante memorial radicado vía correo electrónico en la Secretaría de la Sala de
Casación Penal el 24 de enero de 2023, la poderdante manifestó que por solicitud expresa de su apoderado desiste del recurso extraordinario por ella interpuesto.
III. CONSIDERACIONES De acuerdo con el artículo 199 de la Ley 906 de 2004, “podrá desistirse del recurso de casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida”.
Para ese efecto, es necesario que quien realice tal manifestación, sea el mismo sujeto procesal que postuló la 3
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ALGIRO SAUCEDO MORENO impugnación extraordinaria y la sustentó a través de la demanda respectiva. De acuerdo con lo anterior, la defensora acredita los mencionados presupuestos, puesto que es la apoderada judicial del procesado ALGIRO SAUCEDO MORENO, quien, según informa en su memorial, expresamente le manifestó su decisión de desistir del recurso de casación. En consecuencia, conociendo que se trata de una decisión que voluntariamente ha tomado el procesado ALGIRO SAUCEDO MORENO; que su defensora la materializa con la presentación del escrito en la secretaría de esta Sala, y que, la Corte aún no ha decidido sobre el recurso extraordinario, se reúnen los presupuestos previstos por la ley para admitir el desistimiento. Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, RESUELVE: PRIMERO: Aceptar el desistimiento del recurso de casación presentado por la defensora del procesado ALGIRO SAUCEDO
MORENO.
SEGUNDO: Advertir que contra esta determinación procede el recurso de reposición.
Notifíquese, cúmplase y devuélvase el expediente al Tribunal 4
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ALGIRO SAUCEDO MORENO de origen.
Comuníquese y Cúmplase. Presidente 5
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NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria 7