CSJ - AP1790-2023(60891)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AP1790-2023(60891)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2023
GERSON CHAVERRA CASTRO
Magistrado Ponente AP1790-2023 Radicado No. 60891 Acta No. 115 Bogotá, D.C., veintiuno (21) de junio de dos mil veintitrés (2023).
ASUNTO: Se pronuncia la Sala sobre el desistimiento que del recurso de casación presenta la defensora del acusado Edison Andrés
Álvarez Muñoz.
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES:
1. En audiencia del 23 de octubre de 2020, además de legalizarse la captura de Edison Andrés Álvarez Muñoz, la Fiscalía formuló imputación en su contra por la presunta comisión del delito de hurto calificado, por el cual se le impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en CUI.: 05001600020620200588401
N.I.: 60891
Casación Edison Andrés Álvarez Muñoz establecimiento carcelario, según hechos acaecidos en Medellín el 22 de octubre de dicho año.
2. Surtido el traslado del escrito de acusación, el imputado aceptó los cargos una vez se instaló la audiencia concentrada.
En consecuencia, el Juzgado 36 Penal Municipal de Medellín dictó sentencia anticipada el 27 de mayo de 2021 para condenarlo a la pena principal de 15 meses de prisión como autor del punible de hurto calificado, negándole el reconocimiento de cualquier subrogado penal.
3. Por virtud del recurso de apelación que contra ese fallo interpusiera el apoderado de víctimas, el Tribunal Superior de Medellín lo modificó a través del proferido el 30 de septiembre de 2021 para imponerle ahora al acusado una pena privativa de
libertad de cinco años. Dicha sentencia fue recurrida en casación por el entonces defensor del procesado, quien presentó oportunamente la correspondiente demanda.
4. Una vez el proceso en la Corte, el acusado en mención presentó escrito en el que confirió poder a la abogada Melisa Lambraño Herrera a fin de que, entre otros mandatos, “lleve hasta su finalización retiro del recurso de casación”.
A su turno la nueva defensora allegó igualmente memorial en el que manifiesta retirar el recurso de casación interpuesto en este proceso, de modo que la sentencia cobre ejecutoria y el asunto sea remitido a los juzgados de ejecución de penas. 2
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Casación Edison Andrés Álvarez Muñoz
5. En las anteriores condiciones y como quiera que el artículo 199 de la Ley 906 de 2004 posibilita a las partes desistir de los recursos formulados contra las sentencias de segunda instancia, hasta antes de que la Sala los decida, surge incuestionable que en este caso se acreditaron los presupuestos para aceptar la petición en examen que, aunque de retiro del recurso debe entenderse como desistimiento del mismo y en tanto esta Corporación no se ha pronunciado sobre la impugnación propuesta en nombre del procesado Álvarez Muñoz.
En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE:
1. Reconocer personería a la doctora Melisa Lambraño Herrera como defensora de Edison Andrés Álvarez Muñoz, procesado dentro de la presente actuación.
2. Aceptar el desistimiento que del recurso de casación presentó el defensor del acusado Edison Andrés Álvarez Muñoz.
Contra esta decisión no proceden recursos. Notifíquese y cúmplase, Presidente 3
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Casación Edison Andrés Álvarez Muñoz Nubia Yolanda Nova García Secretaria 5