CSJ - AP2041-2018(51749)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AP2041-2018(51749)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2018
RepdblicadeColombia l0億6SllPrCmadeJuStlcia siIinlca抑cIenpl調和
PATRIcIASALAzARCUEL,LAR
MagistradaPonente AP2041−2018 RadieacienNo.:51749 ActaNo.:159 Bogota D.C., Veintitres(23)de mayo de dos mil dieciocho(2018). VISToS La Saladecide ell−eCurSO dereposicidninterpuestopor el defensor del ciudadano JOSE BAYRONiIgBDRAHITA CEBALLOS,requerido enextradicidnporelGobiemodelos EstadosUnidosdeAmerica,COntraelautode14deabrilde 2018,POrmediodelcualsenegdlapra・Cticadepruebas・ ANTEcEDENTES l.ConfLlndamentoenelarticulo494delaLey906de 2004,el apoderado judicial de PIEDRAHITA CEBALLOS pidi6requerir ala Embajada delos Estados Unidos en Colombiaconelpropdsitodequecerti鯖carasisuprohijado 困 Extradicien RadlCaClbn51749 壷ene aCtualTnente Otra∴αCuSaCidn o机dictmentdistinto alque motiua estetrdmitedeexfradici6nporlacua/plLedaserJuZg阻doalmoTneTuO desuarriboαlosBstadosUnidosル,POrCuantO,dijo,eSneCeSario queIISeindiquedemalleraeSpeC第cct queS6lopodraserjuzgadopor loshechosquemotiuaronestaexでradiclert生
2.Mediante auto de14 de abril de 2018,1a Sala COnSiderd quela petici6n enullCiada《《reSulta absolutaTnertte improcedenteル dado que ni el Gobierno Nacional ni esta Corporacidnpuedenlimitarocondicionarlaprocedenciade OtraS SOlicitudes de extradicidn,POr tratarSe de asuntos disimilesalquesustentaelpresentetramite. Recordd,ademまS,quelo adecuado y acostumbrado Para eStOS efectos es que,al momento de emitir el respectivo concepto,Siresulta ser de carまcter favorable,la Sala preve que el Gobierno Nacional debe supeditarla entrega del requerido a que se・ユJuZgado,eXClusivamente, POrlos hechos queintegranla acusacidn porla cual se PreSent61asolicitud・En particular,dijo,laentregadela PerSOnaSOlicitadasecondiciona,entreOtrOS,《《aquenOpueda Seren nmgtln casoJuZgadapor hechos a証e7われeS nidis枕nfos alos que抗日nOtjua均dec07的midadconlonOmαdoenela諦C諦0494dela Leg906(Ze2004年 Por ende,PreCisd,altramite de extradicidnle resulta indiftrente establecer sienelpalSrequirente cursanotras actuaciones penales adelantadas contra el requerido, diftrentes alas que sustentan el presente pedido de Extradicidn RadlCaClbn51749 JOSEBAYRONPIEDRAHITACEBALLOS extradicidnpues,“pαra一γγ四〇TterelcondtcionamientoenmerLCien,nO
Sereqt元eredenmgIjnapIueba卑 Asilas cosas,COnCluyd,la prueba reclamada por el deftnsor carece de peI−tinenciayutilidad en tmto no esta. Orientada a llenar algtin vacio relacionado con los PreSuPueStOS SObrelos cuales versa el concepto que debe emitirlaCorte. 3.LadeftnsasollCitdlarevocatoriadelauto obietode recurso.Sehald que Wn。Sepuedeco7垂mdirelhechodelimitaro COndicionarlaprocedencia de otTaS SOlicitudes de extrαdicibn佃ue no eselo的todesupeticfdTu,COnqueeXistanalajechadeextradici6nen la Corte StpremadeLJusticia uarias acusaciones oindictments y que sdlohayasidoreqljeridoopedidoporalgunadeellasb.Ello,POrque, destacd,eS elproplO a・ ̄ticulo494delaLey906de2004el que establece que el Estado Colombiano estま enla Obligaci6nde〟eXigiTj Uer頑carys甲ped諦arlaextradicidn〝,aque Su defendido no seaJuZgado por hechos distintos alos que motivaronesasolicitudespeciHca. CONSIDERACIoNES 1.La nnalidad clel recurso de reposicidn,COmO de manerapacihcalohaexpuestolaSala,eSladepermitiral funcionariojudicialquI三dict61aprovidenciaqueporesavia Seimpugna,larevisidndelamisma,ParaqueCuenteCOnla POSibilidaddecorreglryerrOSdetalantefacticooJuridicoen
los que hubiere podidoincurrir y en tal caso,PrOCeda a revocarla,refbmarla,aClararla o adicionarla enlos 3 園 Extradicidn RadlCaC16n51749 aspectos血ente alos cualeslasinconfbrmidades que se hayanexpuestoencuentrencon三、tataCidn. 2.Enelpresentecaso,eSeVidentequelosargumentos expuestos porla defensa deJOSE BAYRON PIEDRAHITA CEBALLOS,nOlogranmodincarladecisidn adoptadaenla PrOVidenciaobjeto delrecurso de reposicidn,POrlo quela Salanolarepondra..Lasrazonessonlasslguientes: En mtlltiples pronunciamientos,la Corte ha sehalado que el decreto y prdcticαde pruebas dentro del tramite PreVio ala emisi6n del conceっto de extradici6n,queda COndicionadoaqueestasresultenconducentes,Pertinentes y tt劇es para determinar el cumplimiento o no delos aspectos estipulados en el articulo502dela Ley906de 2004.Lo anterior entonces,Cnfatizala argumentaci6n expuesta porla Sala enla decISidn recurrida,referente a que carecen de utilidad los medios de conviccidn encaminados a demostrar la procedencia del COndicionamiento relacionado conlaindicacidn de que,en CaSOdequeelconceptoaemitirporlaCorteseafavorablea laextradicidndePIEDRAHITACEBALLOS,Suentregadebe SuPeditarse a que〝Sdloseaju2gadoporloshechosquemotiuaron
estaexでradici6m. Lo anterior,POrque,COmO Se anOtd enla providencia recurriday,aunaSIPareCedesconocerelabogadodefensor, independientemente de si existen o no otras actuaciones penales adelantadascontraelrequeridoenelpaissolicitante,diferentesalas quesustentanelpresentepedidodeextradicidn,《《entodosめscαSOSル 4 困 Extradicidn Radicacldn51749 JOSEBAYRONPIEDRAHITACEBALLOS SeeXhortaalGobierno NacionalatravesdelPresidentedela Reptlblica,ParaqueCOndicionelaextradicidnalaprotecci6n delos derechos fundamentales quele soninherentes al requerido−numera120delarticulo189delaConstitucidnPolitica−,en Particular,quela persona solicitada no pueda ser,en ningun caso,JuZgada por hechos anteriores ni distiTuOS a los quela motivm,de confbrmidad conlo normado en el articulo494delaLey906de2004. Porende,llamalaatencidndelaCorteque,aPeSarde que en elauto recurrido seindicd expresamente que,《para iI7やOnerelcondicionaTnientoenme71Ci6n,nOSe reqtherede ntngunα pmebcr,el defensor rcitera su pedimento,aludiendo con total desatino que,C’e no ser asi,Se desconocerialo normadoenladisposic16narribaenunciada. Asilas cosas,reSulta desacertado que el recurrente insista de nuevo en a.spectos ya dennidos porla Sala, Cuand0lociertoesque elrecursodereposicidn,COmOyaSe
explicd,eSta.enCaminado es aque elfuncionario que dict6 1adecisidnatacada,enmiende eventualesyerrosqueobren en ella. 3.Asilas cosas,COmOlos argumentos traidos a colacidn por el deftnsor de PIEDRAHITA CEBALLOS no tienenla virtualidad de controvertirlos motivos que sustentaronlaprovidellCiarecurrida,lo procedente es que estasemantengainc6lume. Extradicidn RadlCaClbn51749 JOS岳BAYRONPIEDRAHITACEBALLOS En merito delo expuesto,la cORTE SUPREMA DE JUSTICIA,SALADECASACIONPENAL, RESUEI.VE NO REPoNERla providemia de14de abril de2018, mediantelacualsenegaronporimprocedentes,laspruebas solicitadas por eldefbnsor delrequeridoJOSE BAYRON PIDRAHITA CEBALLOS,de confbrmidad conlo expuesto enlapartemotivadeestaprovidencia. Contraesteautonoprocedcrecursoalguno. notifiqueseyctlmPlase jOBBFEWcISCoACU,ⅥzCAYA \ JoSEL,UISBARELoCAMACHO  ̄  ̄ ̄ ̄ ̄ ̄○“〇〇〇
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6 Extradicidn RadlCaC16n51749
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