CSJ - AP2125-2025
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AP2125-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2025
HUGO QUINTERO BERNATE Magistrado ponente AP2125-2025 Radicación n.° 65976 Aprobado Acta n.° 047 Bogotá D.C., cinco (5) de marzo de dos mil veinticinco (2025).
I. OBJETO DE LA DECISIÓN La Corte se pronuncia sobre la solicitud de nulidad de extradición formulada por el apoderado de HADER C UERO
VALENCIA.
II. ANTECEDENTES
1. El Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia y mediante Nota Verbal No. 0964 del 20 de junio de 2018, pidió la detenciónCUI: 11001020400020240054900
Número Interno 65976 Extradición HADER CUERO VALENCIA provisional con fines de extradición de HADER C UERO
VALENCIA.
Lo anterior, con el propósito de que el requerido compareciera a juicio por delitos relacionados con “concierto para delinquir y tráfico de drogas ilícitas” ante la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, donde el 6 de febrero de 2018, se le dictó Acusación en el caso No. CR-18-20074-CR-ALTONAGA/GOODMAN (también conocido como 18-20074-CR-ALTONAGA).
2. Con fundamento en el artículo 509 de la Ley 906 de 2004, la Fiscalía General de la Nación expidió la Resolución del 27 de junio de 2018, a través de la cual ordenó la captura
2. Con fundamento en el artículo 509 de la Ley 906 de 2004, la Fiscalía General de la Nación expidió la Resolución del 27 de junio de 2018, a través de la cual ordenó la captura con fines de extradición de HADER CUERO VALENCIA.
3. El 6 de enero de 2024, con fundamento en la orden precitada, el requerido fue aprehendido por funcionarios de
la Policía Nacional.
4. A través de la Nota Verbal No. 0357 del 29 de febrero de 2024, el Gobierno de los Estados Unidos de América, por conducto de su embajada, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano colombiano HADER C UERO
VALENCIA.
5. El 14 de agosto de 2024, la Sala emitió concepto mixto de extradición CP234-2024 en los siguientes términos:
2CUI: 11001020400020240054900 Número Interno 65976 Extradición HADER CUERO VALENCIA “DESFAVORABLE por los hechos relacionados con la incautación de cocaína realizada los días 24 de marzo de 2011 y 26 de marzo y 6 de junio de 2012 , y FAVORABLE respecto de los demás hechos que fundamentan los cargos formulados por la justicia de los Estados Unidos de América al ciudadano colombiano HADER CUERO V ALENCIA en la acusación No. CR-18-20074-CRALTONAGA/GOODMAN (también conocido como 18-20074-CRALTONAGA), proferida el 6 de febrero de 2018 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida1”.
ALTONAGA/GOODMAN (también conocido como 18-20074-CRALTONAGA), proferida el 6 de febrero de 2018 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida1”.
6. El 12 de febrero de 2025, a través de un nuevo profesional del derecho, se radicó petición de “nulidad de extradición”, solicitando: “1. Se declare la nulidad de la Resolución Ejecutiva No. 372 del 16 de septiembre de 2024, emitida por el Gobierno Nacional, mediante la cual se concedió la extradición de mi defendido, por violación del principio de non bis in ídem, in dubio pro-reo y la soberanía colombiana.
2. Se ordene la suspensión inmediata del trámite de extradición.
3. Se archive definitivamente el proceso de extradición.
4. Se solicite al Juzgado de Ejecución de Penas competente que certifique el tiempo cumplido.
7. En caso de insistir con la entrega del señor Hader Cuero, Se ordene al Ministerio de Justicia gestionar y garantizar ante el Gobierno de EE. UU. el reconocimiento del tiempo de condena en Colombia, pues son los mismos hechos. “SE DECRETE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE LA ENTREGA DE HADER CUERO VALENCIA hasta que se resuelva esta solicitud de nulidad y, en su caso, hasta la culminación de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Se ordene la devolución del caso a la Corte Suprema de Justicia. 1 Concepto CP234-2024 del 14 de agosto, página 52.
demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Se ordene la devolución del caso a la Corte Suprema de Justicia. 1 Concepto CP234-2024 del 14 de agosto, página 52. 3CUI: 11001020400020240054900 Número Interno 65976 Extradición HADER CUERO VALENCIA Se solicite al Gobierno de EE. UU. que aporte pruebas claras y diferenciadas de los hechos de 2013-2018 antes de continuar con el trámite de extradición”. Al respecto, precisó que no hay una separación clara entre los hechos juzgados en Colombia y en la acusación formulada por Estados Unidos de América. Además, agregó que la mentada Resolución Ejecutiva No. 372 de 2024 “no establece con claridad que el tiempo de detención y condena cumplido en Colombia sea reconocido en caso de una condena en EE.UU., a pesar de que Hader Cuervo Valencia ya ha cumplido una parte significativa de su pena en el sistema penal colombiano”.
III. CONSIDERACIONES
1. Lo primero que debe decir la Sala es que, una vez aprobado el respectivo concepto, esta Corte pierde competencia para continuar pronunciándose sobre la petición de extradición correspondiente. Por ello, si el defensor considera que la Resolución No. 372 de 2024, emitida por el Gobierno Nacional, adolece de algún vicio que afecta su validez, deberá acudir a la autoridad competente y alegar lo correspondiente.
2. En ese orden, ante la falta de competencia para
emitida por el Gobierno Nacional, adolece de algún vicio que afecta su validez, deberá acudir a la autoridad competente y alegar lo correspondiente.
2. En ese orden, ante la falta de competencia para seguir pronunciándose respecto de la legalidad de la extradición de HADER CUERO VALENCIA, la Sala se abstendrá de resolver la petición de nulidad formulada por el apoderado del requerido.
4CUI: 11001020400020240054900 Número Interno 65976 Extradición
HADER CUERO VALENCIA
3. En cuanto a las peticiones adicionales que formula la defensa de HADER C UERO V ALENCIA, la Corte también se abstendrá de pronunciarse sobre ellas, por manifiesta falta de competencia, dadas las razones esbozadas previamente.
En mérito de lo expuesto, la SALA DE CASACIÓN PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, RESUELVE PRIMERO: ABSTENERSE de pronunciarse sobre la solicitud de nulidad presentada por el defensor de HADER
CUERO VALENCIA.
SEGUNDO: ABSTENERSE de pronunciarse sobre las demás pretensiones formuladas por el apoderado de HADER
CUERO VALENCIA.
TERCERO: Contra esta decisión no proceden recursos.
MYRIAM ÁVILA ROLDÁN
Presidenta
GERARDO BARBOSA CASTILLO
FERNANDO LEÓN BOLAÑOS PALACIOS
5CUI: 11001020400020240054900 Número Interno 65976 Extradición
HADER CUERO VALENCIA
GERSON CHAVERRA CASTRO
DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN
5CUI: 11001020400020240054900 Número Interno 65976 Extradición
HADER CUERO VALENCIA
GERSON CHAVERRA CASTRO
DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN
JORGE HERNÁN DÍAZ SOTO
HUGO QUINTERO BERNATE
CARLOS ROBERTO SOLÓRZANO GARAVITO
JOSÉ JOAQUÍN URBANO MARTÍNEZ
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria 6