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CSJ - AP2769-2019(54471)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AP2769-2019(54471)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2019

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

Magistrado Ponente AP2769-2019 Radicado 54471 Acta 164 Bogotá D. C., diez (10) de julio de dos mil diecinueve (2019). ASUNTO Resolver acerca de la continuación del trámite de extradición del ciudadano Orlando Chimonja Sánchez.

ANTECEDENTES

1. Mediante Nota Verbal No. 308 del 4 de octubre de 2018, dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores, la Embajada de la República Federativa del Brasil solicitó la prisión preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Orlando Chimonja Sánchez, requerido por laExtradición 54471

Orlando Chimonja Sánchez 2 Justicia Federal de 1°, Sección Judicial de Amazonas, Jurisdicción Única de la Subsección Judicial de Tabatinga/AM, por el delito de tráfico de drogas.

2. En atención a dicha solicitud, mediante resolución del 5 de octubre de 2018, el Fiscal General de la Nación decretó la captura con fines de extradición de Chimonja Sánchez, con documento de identificación CC 6.803.201, quien había sido detenido con fundamento en Circular Roja de Interpol el 28 de septiembre del mismo año.

3. A través de la Nota Verbal No. 327 del 22 de octubre de 2018, la Embajada del Brasil formalizó el requerimiento de extradición de Chimonja Sánchez, allegando la documentación, traducida y legalizada.

4. Dicha documentación fue trasladada por la

de 2018, la Embajada del Brasil formalizó el requerimiento de extradición de Chimonja Sánchez, allegando la documentación, traducida y legalizada.

4. Dicha documentación fue trasladada por la Cancillería al Ministerio de Justicia y del Derecho mediante oficio DIAJI No. 2949 del 24 de octubre de 2018, con indicación de que la convención vigente en la cual son partes la República de Colombia y la República Federativa del Brasil es el Tratado de Extradición suscrito entre la República Federativa de Brasil y la República de Colombia el 28 de diciembre de 1938.

5. El Ministerio de Justicia y del Derecho remitió el expediente a la Corte, en donde, una vez sometido a reparto, se formuló requerimiento al ciudadano para que designara defensor que lo representara en el presente trámite, hecho lo cual se solicitó a su nombre de inmediatoExtradición 54471

Orlando Chimonja Sánchez 3 se proceda al trámite simplificado de extradición, propósito para el cual se cumplió diligencia de verificación de garantías constitucionales y legales ante el Ministerio Público, quien dio su pleno aval al mismo.

CONSIDERACIONES

1. Estando en curso la actuación simplificada dentro de este trámite de extradición, a través de oficio MJDOFI19-0018169-DAI-1100, la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho,

de este trámite de extradición, a través de oficio MJDOFI19-0018169-DAI-1100, la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho, allegó el Oficio S-DIAJI-19-031284 de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Cancillería Colombiana, remitiendo la Nota Verbal No.184 del 21 de junio de 2019, mediante la cual el Estado requirente, a través de su Embajada, precisa: “La Embajada del Brasil saluda al Ministerio de Relaciones Exteriores –Dirección de Asuntos Internacionalesy, en respuesta a la Nota recibida DIAJI No.1356 del 31 de mayo de 2019, tiene a bien informar que no persiste el interés del Estado brasileño en la extradición del nacional colombiano OELANDO CHIMONJA SÁNCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.803.201”

2. Así mismo se allegó copia de la resolución del 21 de junio del año en curso, por la cual con base en la referida Nota Diplomática, el Fiscal General de la Nación (e.),Extradición 54471

Orlando Chimonja Sánchez 4 atendiendo a que el Estado requirente “ desiste del pedido de extradición, pone término, en consecuencia, al trámite que nos ocupa”, decidiendo en consecuencia y dado que no existen órdenes de captura en su contra, ordenar su libertad inmediata.

3. Pues bien, como queda visto, no existiendo duda de

nos ocupa”, decidiendo en consecuencia y dado que no existen órdenes de captura en su contra, ordenar su libertad inmediata.

3. Pues bien, como queda visto, no existiendo duda de que el Gobierno del país reclamante ha desistido de la solicitud promovida en contra de Chimonja Sánchez, a ello deberá, correspondientemente, atenerse la Sala, toda vez que la dejación o dimisión del requerimiento por parte del Estado solicitante, enerva dentro del procedimiento mixto adoptado para la extradición en nuestro país, que la Corte agote el trámite que le es propio y que en otras condiciones culminaría con la rendición de concepto, pues la voluntad del Estado requirente expresada en el acto de sustraer la solicitud presentada, conduce ipso facto a que la Corte Suprema se abstenga de proseguir cualquier actuación tendiente a la extradición del ciudadano colombiano

Chimonja Sánchez. Por ende, al carecer de objeto este trámite, esta Corporación procederá al archivo de la actuación, poniendo consecuentemente fin a la misma.

4. Así las cosas, por la Secretaría de la Sala comuníquese esta determinación al ciudadano Orlando Chimonja Sánchez y a su apoderado, al representante del Ministerio Público, a los Directores de AsuntosExtradición 54471

Orlando Chimonja Sánchez 5 Internacionales de los Ministerios de Justicia y del Derecho y de Relaciones Exteriores y al Fiscal General de la Nación para lo de su cargo.

Orlando Chimonja Sánchez 5 Internacionales de los Ministerios de Justicia y del Derecho y de Relaciones Exteriores y al Fiscal General de la Nación para lo de su cargo. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal,

RESUELVE

1. DECLARAR la terminación del trámite de extradición que se adelanta en contra del ciudadano Orlando Chimonja Sánchez, promovido y desistido por el Gobierno de la República Federativa de Brasil.

2. Remitir copia de esta decisión al ciudadano Chimonja Sánchez, a su apoderado, al representante del Ministerio Público, a los Directores de Asuntos Internacionales de los Ministerios de Justicia y del Derecho y de Relaciones Exteriores y al Fiscal General de la Nación para lo de su cargo.

3. Archivar la presente actuación.

Comuníquese y cúmplase. EYDER PATIÑO CABRERAExtradición 54471 Orlando Chimonja Sánchez 6

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

JAIME HUMBERTO MORENO ACERO

PATRICIA SALAZAR CUELLAR

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

Nubia Yolanda Nova García Secretaria

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