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CSJ - AP2846-2014(43343)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AP2846-2014(43343)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2014

República de Colombia Bote Olprera de Hasta

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ

Magistrada Ponente AP2846-2014 Radicación 43343 (Aprobado Acta No. 162) Bogotá D.C., mayo veintiocho (28) de dos mil catorce (2014) VISTOS Decide la Sala lo que en derecho corresponda respecto del recurso de reposición interpuesto contra la providencia del pasado 30 de abril, por cuyo medio la Colegiatura decidió abstenerse de emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad de la demanda de casación presentada en nombre del acusado HERMÓGENES MOLANO GÓMEZ y de Jesús Hernando Hemández y Coflonorte Ltda, amén de declarar prescritas las acciones penal y civil derivadas del delito de homicidio culposo por el cual se acusó al mencionado ciudadano, y ordenar en “i 2 CASACION 43343 HERMÓGENES MOLA vo GOMEZ consecuencia la cesación del procedimiento adelantado en su contra. ANTECEDENTES Mediante sentencia del 10 de junio de 2013 el Tribuna! Superior de Yopal confirmó en lo sustancial el fallo dictado por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de la misma ciudad el 6 de diciembre de 2012, a través del cual condenó a HERMÓGENES MOLANO GÓMEZ como autor penalmente responsable del delito de. homicidio culposo en Uver Arley Uribe Higuera. Contra el fallo del Tribunal se presentó libelo

casacional en nombre del acusado y de Jesús Hernando Hernández y Coflonorte Ltda en calidad de troeros civilmente responsables. La Sala mediante auto del 30 de abril de 2014 decidió abstenerse de ¡emitir pronunciamiénto alguno sobre la admisibilidad |de la demanda de casación, al declarar prescritas las acciones penal y civil derivadas del delito de homicidie culposo por el cual se actisó a MOLANO GÓMEZ, y por ello; dispuso la cesación del procedimiento adelantado en su contra por tal conducta. | La decisión anterior fue notificada personalmente. al | | " Ministerio Público y al defensor el 6 de mayo de 2014, y 3 CASACION 43343 HERMOGENES MOLANO GOMEZ por estado a los demas intervinientes el dia 9 de los mismos mes y año. El 16 de mayo de 2014 se recibió en la Secretaría de la Sala un escrito, por cuyo medio el apoderado de la parte civil interpone recurso de reposición contra el referido auto de esta Corporación. La Secretaría informa que “la mencionada providencia fue notificada por estado el 9 de mayo de 2014, la cual cobró ejecutoria el 14 de mayo pasado a las 5:00 p.m”. CONSIDERACIONES DE LA CORTE Para establecer si la impugnación horizontal interpuesta: por el apoderado de la parte civil cumple con el presupuesto de oportunidad, obligado se ofrece recordar que el artículo 186 de la Ley 600 de 2000 dispone que los recursos ordinarios pueden “interponerse desde la fecha en que se haya proferido la providencia, hasta cuando hayan

transcurrido tres (3) dias da partir de la última notificación” A partir del anterior marco legal, se advierte en el asunto que concita la atención de la Sala, que si la última uy 4 CASACIÓN 43343 HERMOGENES MOLANO GÓMEZ notificación de la providencia proferida el 30 de abril se produjo el 9 de mayo de 2014, tal decisión cobró ejecutoria a las 5:00 p.m. del 14 de mayo de la cursante anualidad Por tanto, si el escrito de impugnación fue recibido en la Secretaría de la Sala el 16 de mayo, es evidente| que su presentación se produjo por fuera de la oportunidad especialmente señalada en la ley para ello, circunstancia que torna extemporáneo el recurso, y así d ebe ser declarado. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, RESUELVE DECLARAR EXTEMPORÁNEO el recurso de reposición interpuesto por el apoderado de la parte civil contra el auto del 30 de abril de 2014, por las razones consignadas en la anterior motivación. Contra esta providencia procede el recurso de reposición.

KA 5 CASACION 43343

HERMOGENES MOLANO GOMEZ Notifíquese y cúmplase.

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ANDO ALBERT CAST! O CABALLERO

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ

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EUGE 10 RDN. E? onli ER

MARIA TO ROSARIO duit Ñoz

GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ wr 1 6 CASACIÓN 43343

HERMOGENES MOLANO GOMEZ

PATRICIA SALAZAR CUELBAR

LUIS TLLE SALAZAR OTERO — i

í BIA YOLANDA NOVA GARCIA

Secretaria

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