CSJ - AP2849-2014(43694)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AP2849-2014(43694)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2014
Diplo de Colombia Gore Gree de Joie
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
MARIA DEL ROSARIO GONZALEZ MUNOZ Magistrada ponente AP 2849-2014 Radicacion N° 43694 (Aprobado Acta No. 162) Bogota D.C., mayo veintiocho (28) de dos mil catorce (2014). VISTOS Procede la Sala a pronunciarse sobre el impedimento manifestado por el H. Magistrado EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, con fundamento en la causal prevista en el numeral 6 del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, para conocer de la acción de revisión instaurada por el apoderado especial de JOSÉ DE JESÚS BARAJAS GALVIS. ANTECEDENTES RELEVANTES Mediante sentencia proferida el 13 de marzo de 2009, el Tribunal Superior de Bucaramanga confirmó la dictada el 13 Hy | ] | Revisión No. 43694 JOSÉ DE JESUS BARAJAS GALVIS gad | de enero anterior por cuyo medio el Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Conocimiento della misma sede condenó a JOSE DE JESÚS BARAJAS GALVIS, junto a Juan de Jesús Galvis Figueroa y Fabio Suárez Herrera, a las penas de noventa y ocho (98) meses de prisión y multa por valor de 402 salarios mínimos legales mensuales, como | coautores del delito de extorsión en grado de tentativa. | El apoderado especial del condenado BARAJAS GALVIS instaura acción de revisión contra dicha| sentencia de
segunda instancia. El conocimiento de la acción se asignó|por reparto al i
H. Magistrado EUGENIO FERNANDEZ CARLIER, quien se declara impedido, con fundamento en la causal prevista en el numeral 6 del artículo 56 de la Ley 906 Ide 2004, para participar en la discusión y decisión que deba proferirse dentro de esta acción de revisión, en tanto “integré la sala de decisión del Tribunal de Bucaramanga que profirió la sentencia de segunda instancia en el proceso cuya revisión se demanda”.
CONSIDERACIONES DE LA SALA: : Cd Razón asiste al H. Magistrado FERNANDEZ e RLIER para declararse impedido para conocer de la presente acción de revisión promovida por el apoderado ¡especial del sentenciado BARAJAS GALVIS en cuanto, comol asi lo expresa, conformó la Sala de Decisión del: Tribunal que my, . Revisión No. 43694
JOSÉ DE JESÚS BARAJAS GALVIS emitió la sentencia de segunda instancia cuyo decaimiento se persigue. Dicho supuesto encaja en el contemplado en el numeral 6° del artículo 56 de la Ley 906 de 2004 para cuando “el funcionario judicial haya dictado las providencia de cuya revisión se trata” e, igualmente, en el especial para la acción de revisión del 197 ibídem según el cual “no podrá intervenir en el trámite y decisión de esta acción ningún magistrado que haya suscrito la decisión objeto de la misma”. Se aceptará, entonces, el impedimento expresado por el H. Magistrado FERNÁNDEZ CARLIER.
Finalmente, en procura del equilibrio en el reparto se procederá a la respectiva compensación del proceso, según acuerdo de Sala, disponiéndose el envío de un expediente, de las mismas características, de este Despacho al del
doctor EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER.
En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL,
RESUELVE
1. ACEPTAR cl impedimento declarado por el H.
Magistrado EUGENIO FERNANDEZ CARLIER, de conformidad con las razones consignadas en la anterior motivación. wr, Revisión No. 43694
JOSÉ DE JESÚS BARAJAS GALVIS
2. SEPARAR, en consecuencia, del conocimiento del presente asunto, al Magistrado cuyo im pedir nto se acepta. : i '
3. PASAR en compensación un proceso|de lag mismas características del despacho de la doctora MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ al despacho her Mikistrado EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, para preservar equilibrio en el reparto, según acuerdo de la Sala. i Comuníquese y cúmplase. | RNANDO ALETRTO CASTRO CABALLERO ~ / i
JOSE LUIS
FERMI . Revisión No. 43694
JOSÉ DE JESÚS BARAJAS GALVIS
PATRICIA SALAZAR CUEL
LUIS GUILÉERMO SALAZAR OTERO
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