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CSJ - AP286-2023(63026)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AP286-2023(63026)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2023

HUGO QUINTERO BERNATE

MAGISTRADO PONENTE

AP286-2023 Radicación n°. 63026 Acta No. 020 Bogotá D. C., ocho (8) de febrero de dos mil veintitrés (2023). VISTOS Define la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, la competencia para vigilar la condena impuesta a ANA MERCEDES LEÓN SERENO, por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.

ANTECEDENTES

1. El 16 de diciembre de 2013, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Ciénaga (Magdalena), condenó a ANA CUI 47189310400120130025301

Número interno 63026 Definición de competencia Ana Mercedes León Sereno MERCEDES LEÓN SERENO a 84 meses de prisión y multa de 108.5 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por la comisión del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y le negó los mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad.

2. La vigilancia de la sanción correspondió al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, autoridad ante la cual, el defensor de LEÓN SERENO solicitó la declaratoria de prescripción de la pena.

3. Mediante auto del 26 de diciembre de 2022, el Juzgado Segundo en mención, dispuso la remisión del expediente a los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santa Marta, debido a que «se pudo verificar que la sentenciada de marras no se encuentra recluida en

ningún centro penitenciario». Además, propuso conflicto negativo de competencia en caso de no aceptarse su planteamiento.

4. La actuación fue asignada al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santa Marta, que en auto del 5 de enero de 2023, indicó que de acuerdo con la información del Registro de la Población Privada de la Libertad – Sisipec, la sentenciada ANA MERCEDES LEÓN SERENO «se encuentra en prisión domiciliaria y reseñada por el CMS de Barranquilla», por lo que, por el factor personal,

2 CUI 47189310400120130025301 Número interno 63026 Definición de competencia Ana Mercedes León Sereno corresponde la vigilancia de la pena a los Juzgados de Barranquilla.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

1. La Sala es competente para definir la controversia planteada en el presente caso, de acuerdo con el numeral 4° del artículo 32 de la Ley 906 de 2004, toda vez que están involucrados Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de los distritos judiciales de Barranquilla y Santa

Marta.

2. La definición de competencia es el mecanismo previsto en el ordenamiento jurídico para, en caso de duda, precisar, de manera perentoria y definitiva, cuál de los distintos jueces o magistrados es el llamado a conocer de la fase procesal del juzgamiento, o para ocuparse de un trámite determinado, en este caso, de la ejecución de la pena impuesta a ANA MERCEDES LEÓN SERENO, por el Juzgado

Primero Penal de Conocimiento de Ciénaga (Magdalena). Al respecto, debe indicar la Sala que esta Corporación en la decisión AP8312-2016, reiteró las reglas relevantes para determinar el juez competente en materia de ejecución de penas y medidas de seguridad, en cuanto indicó: i) Cuando el sentenciado se halla privado de la libertad, la vigilancia de la ejecución de la sanción que le haya sido impuesta corresponderá al Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del lugar donde se encuentre ubicado el centro penitenciario en el que descuenta la misma, al 3 CUI 47189310400120130025301 Número interno 63026 Definición de competencia Ana Mercedes León Sereno margen de que confluyan simultáneamente otros fallos condenatorios en su contra en los que se haya ordenado su cumplimiento intramural o concedido un subrogado penal, lo cual también aplica si el condenado está en prisión domiciliaria (CSJ AP4738-2016). ii) Si el sentenciado se ha hecho acreedor de un subrogado penal, o sea, se encuentra en libertad, la vigilancia del periodo de prueba será del Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la circunscripción territorial del despacho que profirió el fallo condenatorio y en el evento de que en esta aún no hayan sido creados dichos despachos, la competencia recaerá en un funcionario de la misma categoría y especialidad con sede en la ciudad cabecera del respectivo circuito penitenciario y carcelario (CSJ AP 6971-2016)…(CSJ AP69722016). iii) Por contera, esta conceptualización ha de incluir necesariamente aquellos casos en los cuales por situaciones individuales, justificadas y razonables los condenados se encuentren en libertad no puedan concurrir a los lugares en los que se encuentran emplazados estos despachos. En estos eventos, la orientación a la que se ha hechos referencia, con prevalencia del factor personal, impele a contemplar de forma excepcional la opción de comisionar en temáticas que lo permitan y que no implique transmisión de competencia a los jueces municipales con asiento en la localidad donde no hagan presencia los jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad, para el seguimiento del periodo de prueba, de acuerdo a sus directrices y así optimizar no solo la dedicación exclusiva de su parte a este tipo de asuntos, sino además prohijar a favor de los sentenciados condiciones consecuentes para su adecuada reinserción a la comunidad. (Negrillas fuera del texto). De manera que, la competencia para la vigilancia de la pena impuesta de acuerdo con el factor personal que acompaña al condenado, corresponde al Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del lugar en el que se encuentre ubicado el centro carcelario, en el evento que el sentenciado se encuentre privado de la libertad, o del lugar en el que se dictó la sentencia de primera instancia, cuando este en libertad. 4 CUI 47189310400120130025301 Número interno 63026 Definición de competencia Ana Mercedes León Sereno

3. Para el presente caso, se tiene que el 16 de diciembre de 2013, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Ciénaga

(Magdalena), condenó a ANA MERCEDES LEÓN SERENO a

84 meses de prisión y multa de 108.5 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por la comisión del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. Ahora, de acuerdo con lo indicado por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, en el auto del 26 de diciembre de 2022 se advirtió que LEÓN SERENO «no se encuentra recluida en ningún centro penitenciario». No obstante, el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santa Marta, en auto del 5 de enero de 2023, al rehusar la competencia, revisó el Registro de la Población Privada de la Libertad – Sisipec y determinó en ese sistema que la sentenciada ANA MERCEDES LEÓN SERENO «se encuentra en prisión domiciliaria y reseñada por el CMS de Barranquilla». Con tal panorama, considera la Sala que de acuerdo con lo allegado a las diligencias y la jurisprudencia en cita, corresponde al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, conocer de la etapa de ejecución de la sentencia impuesta a ANA MERCEDES 5 CUI 47189310400120130025301 Número interno 63026 Definición de competencia Ana Mercedes León Sereno LEÓN SERENO, autoridad que deberá verificar la situación jurídica de la condenada. En consecuencia, se dispondrá mantener la competencia para el conocimiento del asunto en el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de

Barranquilla, al que se habrán de devolver las diligencias de manera inmediata para lo de su cargo frente a la petición elevada por la defensa. En mérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, RESUELVE 1°. DEFINIR que la competencia para conocer de la vigilancia de la pena impuesta a ANA MERCEDES LEÓN SERENO, corresponde al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla.

2. DEVOLVER las diligencias a ese despacho judicial de manera inmediata, para lo pertinente.

3. Contra esta decisión no procede recurso alguno.

Comuníquese y Cúmplase. 6 CUI 47189310400120130025301 Número interno 63026 Definición de competencia Ana Mercedes León Sereno Presidente 7 CUI 47189310400120130025301 Número interno 63026 Definición de competencia Ana Mercedes León Sereno 8 CUI 47189310400120130025301 Número interno 63026 Definición de competencia Ana Mercedes León Sereno

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria 9

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