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CSJ - AP3428-2014(39197)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AP3428-2014(39197)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2014

Roviblica de Colombia Bite Byprema de Jasinia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada ponente AP 3428 - 2014

Radicación 39197 (Aprobado Acta No. 195) Bogotá D.C., junio veinticinco (25) de| dos mil catorce (2014).

VISTOS: Se pronuncia la Sala en relación con lel desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el defensor del procesado JOSÉ WILLIAM GRACIA.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES DE LA CORTE:

1. El Juzgado 3° Penal del Circuito Especializado de Villavicencio, mediante sentencia del 3 de junio de 2011, condenó al mencionado por el cargo de fabricación, tráfico o porte de armas de fuego o municiones de las Fuerzas

7 Militares (art. 366 del C.P.), a 36 meses de prisión y, por Casación 39197 JOSÉ WILLIAM GRACIA igual término, a la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas. No le concedió la condena de ejecución condicional ni la prisión domiciliaria.

2. La defensa, con la pretensión de lograr para su representado el otorgamiento de la condena de ejecución condicional o la prisión domiciliaria, apeló ese pronunciamiento y el Tribunal Superior de Villavicencio, a través del fallo recurrido en casación, expedido el 8 de marzo de 2012, le impartió confirmación. i

3. Después de admitir la Corte —con superación de sus defectos— a demanda de casación presentada por el

apoderadod”e l procesado y de fijar como fecha para su sustentación el 26 de junio próximo, el profesional presentó desistimiento del recurso extraordinario, el cual se admitirá al advertirse voluntario y haberse expresado antes de decidir la Sala, según lo prescribe el artículo 199 de la Ley 906 de 2004. En virtud de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE: ACEPTAR el desistimiento del recurso de casación interpuesto por el defensor del procesado JOSÉ WILLIAM

GRACIA.

Casacién 39197 JOSE WILLIAM GRACIA Contra la ‘presente decisión procede recurso de reposición.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. - a

7 ——E :

FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Ts

EXCUSA JUSTIFICADA

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ

> ANE , au EUGENIO FERNÁNDE, CARLIER uff decias MUÑOZ

PERMISO

GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ

1 NN E 28 Casación 39197

JOSÉ WILLIAM GRACIA

EXCUSA JJ USTIFICADA EYDER PATIÑO CABRERA LUIS G ir fez, OTERO

AO:e a FOVn. Secretaria

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