CSJ - AP3612-2021(59229)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AP3612-2021(59229)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2021
GERSON CHAVERRA CASTRO
Magistrado Ponente AP3612-2021 Radicación N° 59229 Aprobado Acta No. 206 Bogotá D. C., dieciocho (18) de agosto de dos mil veintiuno (2021). ASUNTO La Corte se pronuncia sobre la continuación del trámite de extradición del ciudadano mexicano Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl, alias Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl, requerido por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos.
CUI: 11001020400020210049700
NI: 59229 Extradición Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl ANTECEDENTES 1.- Mediante Nota Verbal 0047/211, el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos a través de su embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano mexicano Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl también conocido como Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl, quien es «reclamado por el Juez de Control en Materia Penal del Sistema Procesal Acusatorio de la Ciudad de México por los delitos de allanamiento de morada y lesiones calificadas». 2.- En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 509 de la Ley 906 de 2004, la Fiscalía General de la Nación mediante resolución del 13 de enero de 20212, decretó la captura con fines de extradición del requerido, quien había sido aprehendido el 5 del mismo mes y año por miembros de la Policía Nacional3, con fundamento en la notificación Roja de Interpol No. de Control A-5668/5-2019 publicada el 22 de
mayo de 20194. 3.- Con Nota Verbal COL0370/ del 2 de marzo de 20215, la Embajada de México formalizó la solicitud de extradición. 4.- La Cancillería, mediante oficio S-DIAJI – 21-004632 del 3 de marzo de 20216, remitió la documentación pertinente 1 Págs. 1 a 3 carpeta digitalizada COL0047 2 Págs. 9 a 14 de la carpeta informe de captura. 3 Págs. 1-4 ibíd. 4 Pág. 9 ibíd. 5 Págs. 1 a 3 DOC020321-0203. 6 Pág. 1, Carpeta del Ministerio de Justicia y del Derecho. 2
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NI: 59229 Extradición Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl y sus anexos al Director de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho, quien a su vez envió el expediente a esta Corporación con oficio MJD-OFI210008043-DAI-1100 del 11 de marzo de 20217. 5.- A través de auto del 24 de marzo de 20218, esta Corporación requirió a Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl también conocido como Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl para que designara un abogado de confianza; sin embargo, como consecuencia del silencio de él, le asignó un profesional de oficio. El 26 de abril siguiente, conforme con lo previsto en el artículo 500 de la Ley 906 de 20049, dispuso correr traslado a los intervinientes para las solicitudes probatorias.
6. El 6 de mayo de 2021, la Procuradora Tercera Delegada para la Casación Penal y el defensor de la persona requerida pidieron la práctica de pruebas.
Mediante auto del 16 de junio del año que avanza la Sala las ordenó, solicitando a la Fiscalía General de la Nación consultar sus bases de datos sobre investigaciones contra Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl o Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl, especificar el número de radicación, los hechos objeto de investigación, el estado actual del trámite en la eventualidad de que existieran y, allegar copia de las 7 Págs. 1-2 Cuaderno de la Corte. 8 Págs. 1-2 cuaderno trámite. 9 Folio 3 ibidem. 3
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NI: 59229 Extradición Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl decisiones emitidas. Así mismo, dispuso oficiar a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol Dijin y al Registro Único Nacional de Antecedentes y Anotaciones Judiciales del Sistema de Información Operativo – SIOPERde la Policía Nacional, con ese propósito. De igual manera solicitó a los Tribunales de Justicia Especial para la Paz –JEPy de Justicia y Paz comunicar si el requerido ha sido postulado o admitido en esas jurisdicciones o si existe algún trámite procesal en el que haya sido requerido. Finalmente, peticionó al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Palmira informar sobre los hechos por los cuales fue condenado el reclamado en
extradición, indicar el número de radicación de la actuación, su estado actual, delito por el que fue juzgado y remitir copias de las decisiones de fondo proferidas10. 9.- Con escrito de fecha 2 de julio de 2021 Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl también conocido como Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl, privado de su libertad desde el 5 de enero del presente año debido al requerimiento del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, de manera libre, voluntaria y espontánea manifestó su intención de acogerse a la extradición simplificada, debido a lo cual se remitió al Ministerio Público para su coadyuvancia. 10 Cuaderno trámite extradición de Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl digitalizado. 4
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NI: 59229 Extradición Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl 10.- En su trámite, la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho, remitió los oficios S-DIAJI-21-016838 y S-DIAJI-21.016894 de 26 y 27 de julio del Ministerio de Relaciones Exteriores y del dirigido por este a la Fiscalía General de la Nación11, a los que se adjunta las Notas Verbales COL1242 y COL1246 del 26 y 27 de julio de 2021, en las que la Embajada de los Estados Unidos Mexicanos informa del «retiro de la solicitud de extradición del ciudadano mexicano Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl también conocido como Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl». CONSIDERACIONES 1.- Como quiera que el Gobierno de los Estados Unidos
Mexicanos retira la solicitud de extradición del Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl alias Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl, a la Corte no le queda alternativa distinta que dar por terminado el trámite adelantado en relación con el ciudadano mexicano en mención. 2.- Efectivamente en la Nota Verbal No. COL1242, la Embajada de los Estados Unidos comunica que el Gobierno “RETIRA la PETICION FORMAL de extradición de Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl alias Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl en atención al oficio número DGPI/3376/21 del 22 de julio del presente año, mediante el 11 Oficio MJD-OFI-21-0027180-DAI-1100 del 29 de julio de esta anualidad; págs. 1 – 2. 5
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NI: 59229 Extradición Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl cual la Fiscalía General de la República remitió copia auténtica del diverso 205.13368/2021 del 20 de julio de 2021, con el que la Fiscal de Mandamientos Judiciales de la Subprocuraduría de Procesos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, informó que a través del oficio UGJ7/S/14025/2021 del 14 de julio de 2021, la jueza encargada del Trámite del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, ordenó la cancelación de la orden de aprehensión en contra de Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl alias Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl, al haberse declarado a favor del citado reclamado la prescripción
punitiva por los delitos de allanamiento a Morada y Lesiones Calificadas”12.
3. Tal determinación fue igualmente comunicada al Director de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación por la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales de la Cancillería de Colombia mediante oficio S-DIAJI-21-016894 del 27 de julio de 202113, al que adjuntó la Nota Verbal COL1246 de la misma fecha procedente de la Embajada de los Estados Unidos Mexicanos. 3.- Ahora bien, del mismo modo que en el tratado por el cual se rige este trámite, existe para las partes el compromiso recíproco de entregar en extradición a la persona requerida por una de ellas, conforme con las regulaciones acordadas en él, también es que la naturaleza facultativa del mecanismo
12 Pág. 1. Anexo III Oficio Ministerio digitalizado. 13 Pág. 1 S-DIAJI-21-016894 del 27 de julio de 2021. 6
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NI: 59229 Extradición Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl de cooperación internacional permite al Estado requirente desistir o retirar el pedido formal de extradición, sin que sea pertinente abordar las razones aducidas para hacerlo. Lo anterior porque obedece a una decisión propia de la soberanía del Estado requirente, vinculante e indiscutible que obliga a la parte requerida. En este sentido, basta que por la misma vía diplomática por la que se presentó la solicitud14, la parte requirente exprese que retira o desiste de esta, para que la requerida sujeta a tal manifestación no pueda continuar con el trámite
por carencia de objeto. En consecuencia, se declarará terminada la actuación y se ordenará su archivo. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, RESUELVE 1º. DECLARAR la terminación del trámite de extradición que se adelanta al ciudadano mexicano Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl también conocido como Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl, por el retiro de la solicitud por parte del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos. 14 Ley 1663 de 2011, artículo 8.1. 7
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NI: 59229 Extradición Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl 2º. Comunicar esta determinación a Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl también conocido como Xavier Alejandro Iparrazar Tetzicatl, a su defensor, a la representante del Ministerio Público, a los Directores de Asuntos Internacionales de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia y del Derecho, así como al Fiscal General de la Nación, para lo de su competencia. 3º. Archivar la actuación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
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NI: 59229 Extradición Javier Alejandro Iparrazar Tetzicatl Magistrada
NUBIA YOLANDA NOVA GARCIA
Secretaria 10