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CSJ - AP3664-2018(52625)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AP3664-2018(52625)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2018

くラ彦 Rep品1ieudeC(点)nlhia clmS叩調maeee,競Icは aIi“●c棚lehnl

LUIS GUILLERMo SAI.AzARoTERo

MagistradoPonente AP3664−2018 ● Rぬdicacien no52625 Acta288 Bogota,D.C.,Veintinueve(29)de agosto de dos mil dieciocho(2018). ASUNTO SepronuncialaSalaacercadelasolicitudprobatoriade laProcuradoraTerceraDelegadaparalaCasacidn,dentrodel tramite seguido a GUSTAVO ALCIDES yJOHNJADER USUGA BARRERA,Ciudadanos colombimos requeridos en extradici6nporelGobiernodelaReptlblicadeArgentina・ ANTECEDENTES l.Mediante Nota Verbal MRC O54del13de marzo de 2018 el Gobiemo de Argentina,SOlicitdla.detenci6n provisional con 静nes de extradicidn delos ciudadanos Extradicidn N0.52625 GustavoAIcidesUsugaBarrera JohnJaderUsugaBarrera COlombimos GUSTAVO ALCIDES yJOHNJADER USUGA BARRERA,POrelpunibledeexporta《〕i6ndecocainaengrado de tentativa. 2.EIFiscalGeneraldela Naci6mmediante resoluciones dictadasel14demarzodela丘ocitadodecretdlacapturade los mencionados USUGA BARRERA con dicho propdsito, quienes en virtud delas circulares rくりaS deInterpoI con ntlmeros de contro16832/7−2017y6833/7−2017de17de

marzo de 2018 habian sido retenidos enla ciudad de ● Medellin, 3・En Nota Verbal MRC76de16de abrilpasado,el GobiemodeArgentinaatravesdesuEmbajadafbrmalizdla SOlicituddeextradici6n. 4・CononcioDIAJINo・0942de113deabrilde2018,1a DirectoradeAsuntosJuridicosIntemacionalesdelMinisteri。 deRelacionesExterioresconceptudqueseencuentravlgente el tratado regional de extradicidn∴“ConzJenCidn sobre ErtradiciOn”,SuSCrita en Montevideo e126de diciembre de 1933,mOtivo por el cual el Ministerio deJusticia y del DerechoremitidlaactuacidnaestaCoIte. 5・E131demayode2018sedispuso corrertrasladoa laspartesparalasolicituddepruebas,Segtlnloprevistoenel articulo500delaLey906de2004. くチ諺 Extradicidn No.52625 GustavoAIcidesUsugaBarrera JohnJaderUsugaBarrera LA SOLICITUD PROBATORIA LaProcuradoraTerceraDelegadaparalaCasaci6n,Pide PraCticarlasslguientespruebas: 1.Solicit紬 ala Direccidn deInvestigacidn Criminal Interpol dela Policia Nacional,la remisidn completa del inめrme delinvestigador delaboratorio para veriHcar sila COnfrontacidn dactiloscopICa Permite establecerla plena ● identidaddelosrequeridosenextradicidn; 2・SolicitaralosexpertosaclararsiconlasfbtograLHasde

loshemanos USUGABARRERAque aprlmeraVistaparecen inconsistentes,Puededeteminarsesuidentidad. 3.Aclarar silos USUGA BARRERA soninvestigados en C010mbia por el delito obieto de extradicidn,COn el nn de evitarlaeventualviolacibndelpnncIPlOnOnbisinidem. CONSIDERACIONES l.De acuerdoconelarticu10500yslguientesdelaLey 906 de 2004,la conducencia,Pertinencia,neCeSidad y utilidad delas pruebas solicitadas en el tr証Ilite dela extradici6n,guardan estrecha relaci6n conlos mndamentos quela Corte Suprema deJusticia debe tener en cuenta al momentodelaemisidndelconcepto. く三三 Extradici6n No.52625 GustavoAIcidesUsugaBarrera JohnJaderUsugaBarrera De acuerdo conla Convencidn de Extradici6n que rlge estetramite,laadmisibilidaddelaspruebassevinculaconla Validezfbrmaldeladocumentacidn allegadaconla solicitud de extradici6n,laidentidad dela persona requerida y el PrincIPiodeladobleincriminaci6n. 2・Auncuandolas pruebas solicitadasestanvinculadas COn aSPeCtOS relacionados con eltrえInite,la Salanegarasu practicaporinnecesariaseintitiles,COnrdmeconlasrazones queacontinuacidnseexponen, 3・Lasmencionadasenlosnum《∋ralesly2dirigidasa establecerla plenaidentidad delos hemanos GUSTAVO

ALCIDES y JOHN JADER USUGA BARRERA son

innecesarias,tOdavezquelaactuaci6mLCuentaCOnSuhcientes elementosdejuicioqueapuntanademostrarla. Enestesentido,bastarecordarquelalegislacidninterna COnSagraelpnncIPiodelibertadprobat,Oria,articulo373dela Ley906de2004,Segunelcualloshechosycircunstmciasde interesparalasoluci6n correctadelcaso,Puedenprobarse por cualquiera delos medios de conocimiento mencionados enelC6digodeHocedimientoPenaloporotromediotecnico OCientinco,Siemprequenoviolelosderechoshumanos. De este modo,los datos 《‥OnSlgnados enlas notihcaciones rqiaS deInterpol,enlos ohcios del mismo OrgaLnismomedimteloscualessond匂aくねsadisposicidndela FiscaliaGeneraldelaNacidn,enlasactasdenotihcacidnde derechosdelcapturado,enlosinfbrmes de consultaWeb de ≒を Extradicidn No.52625 GustavoAIcidesUsugaBarrera JohnJaderUsugaBarrera laRegistraduriaNacionaldelEstadoCivilylasfbtocoplaSde las cedulas de ciudadaniacomo delastarjetas decadactilar, permiten establecerlaidentidad delos reclamados en extradici6n. AdemまS,enlosoncios dirigidos porlaInterpolalFiscal General dela Nacidn seinfbrma que se realizdla COnhontaci6n dactiloscopICa entrelasimpresiones dactilares deGUSTAVOALCIDESyJOHNJADERconlasqueaparecen

enlaconsultawebyenlascedulasdeciudadania,arrqiando resultados positivos,lo cual haceinnecesario allegar el infbme completodelinvestigadordelaboratorio queechade menoslaDelegada. Adicionalmente,nOeXistetarifalegalqueimpongaquela COn血ontaci6n dactiloscopICa Sea Prueba tlnica y necesaria Paraidentincar alas personas,luegolas relacionadas PreViamentecolmmlospresupuestosexigidosparaesehn・ Porlas razones anteriores,CareCe de utilidad ordenar quelos expertos aclarenlas fbtograLnaS que en fbtocopla aparecenincorporadas ala actuacidn,ya que nO reSultan indispensablesparacontribuiralaidentidaddeloshermanos USUGA, Cuando tampoco precisa cuaes son las “incortSistencias’’observadas en ellas que impedirim establecerla. 4.La Sala ha dicho que en el tramite debe existir evidencia que apunte a sehalar eleventualdesconocimiento delpnncIPlO nOn bisinidem,en CuyO CaSO elafectado,Su く三三 Extradici6n N0.52625 GustavoAIcidesUsugaBarrera JohnJaderUsugaBarrera defensor o elMinisterio Fublico est…m obligados ainfbrmar quela conductaporla cuales requerido ha sido objeto de investigaci6nyJuZgamiento,POrlocualdebensuministrarla infbrmacidn delas autoridades coIc一mbianas que hubieren conocidol. En elasunto,la tlnica referenciaexistente es quelas PerSOnaS requeridas son de nacionalidad c01ombiana.Fuera

de estedato,nOhayevidenciade queporela坤o dedroga halladoellOdemarzode2016dentrodeuncontenedorenla ● Temina14del puerto de Buenos Aires(Argentina),CuyO destino segtin el permiso de embarque erala ReptLblica Portuguesa,las autoridades nacionales haym adelmtado o adelanteninvestigaci6nalguna・ DeahiquelasolicituddelMinistIerio Pdblicocarezcade Cualquierutilidad,nOSOloporsugeneralidadalpedirquese aclare rsilos reque71dos en extradicibn Se enCueTuranSiendo inuesttgadosenColoTnbiaporelmisTnOdelito〝,Sinoporqueno aportao suministra ningtln dato delcualpuedainftrirsela existenciadealgunainvestigacibnporesehecho,COnmayOr razdn cuando enlos documentos aportados al tramite ni Slquiera se menciona ellugar de orlgen dela droga decomisadaenesepalS. Enconsecuencia,laSalanegaralaspruebassolicitadas POrlaProcuradoraTerceraDelegadapaI・alaCasacidnPenal. 1csJAP,26agos2009一rad・31951 くラ苧 Extradicidn No.52625 GustavoAIcidesUsugaBarrera JohnJaderUsugaBarrera 5・Conrdmeconelincisonnaldelarticulo500delaLey 906de2004,1aactuacidnseddarえensecretariaporcinco(5) diasparalasalegacionescorrespondientes. En merito delo expuesto,la CORTE SUPREMA DE

JUSmCIAenSaladeCasacibnPenaら RESUELVE 1.Negarla prまctica dela pruebas solicitadas por el ● MinisterioPtiblico. 2.Dejar en secretariala actuaciOn por cinco(5)dias Paraalegaciones. Contraestadecisidnprocedeelrecursodereposici6n. く二三、三幸 賞や 照閲 ずつ ● くヲ誓

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