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CSJ - AP3849-2025

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AP3849-2025
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2025

GERARDO BARBOSA CASTILLO

Magistrado Ponente AP3849-2025 Casación No. 67883 Acta No. 132 Sincelejo, trece (13) de junio de dos mil veinticinco (2025).

I. ASUNTO La Sala declara la extinción de la acción penal por muerte del procesado JESÚS FERNEY BOTERO BOTERO dentro del trámite del recurso extraordinario de casación interpuesto por su defensa frente a la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Antioquia, el 28 de agosto de 2024, que confirmó el fallo condenatorio emitido por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Rionegro, el 17 de mayo de 2024, por el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce (14) años en concurso sucesivo homogéneo.Casación No. 67.883

CUI 05615600130920168007301 Jesús Ferney Botero Botero

II. HECHOS Fueron narrados por el Tribunal Superior de la siguiente manera: Acaecen en los años 2008 y 2009, cuando la niña P.A.L.G. tenía de 7 a 8 años de edad y se encontraba en la residencia de Judith Rojas y su esposo, JESÚS FERNEY BOTERO BOTERO, donde era cuidada por dicha dama, mientras sus progenitores terminaban sus jornadas laborales.

El señor BOTERO BOTERO aprovechando las momentáneas

retiradas de Judith, habría realizado en varias oportunidades en su habitación, conductas sexuales en la menor, vía oral, anal y vaginal; asimismo, realizó tocamientos con sus manos a las partes íntimas de la menor, mientras esta estaba en una hamaca, siempre, bajo amenaza, temor y miedo, pues de llegar a contar, le mataría la mamá, por lo que la niña guardó silencio; sin embargo, en el año 2016, la menor reveló y puso al descubierto los ultrajes de los que había sido víctima.

III. ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES

El 31 de octubre de 2017, la Fiscalía General de la Nación formuló imputación frente a JESÚS FERNEY BOTERO BOTERO , ante el Juzgado Segundo Penal Municipal de Rionegro con función de control de garantías, por los delitos de acceso carnal abusivo con menor de catorce (14) años en concurso homogéneo y sucesivoartículo 208 C.P.- 2Casación No. 67.883 CUI 05615600130920168007301 Jesús Ferney Botero Botero Una vez presentado el escrito de acusación, le correspondió conocer del juicio al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Rionegro con funciones de conocimiento. El 17 de mayo de 2024, el juzgado emitió sentencia en la que condenó a JESÚS FREDY BOTERO BOTERO, como autor penalmente responsable del delito por el que fue acusado, a la pena de trece (13) años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones

autor penalmente responsable del delito por el que fue acusado, a la pena de trece (13) años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso. Le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena. La decisión fue apelada por la defensa. El 28 de agosto de 2024, el Tribunal Superior de Antioquia resolvió el recurso y confirmó en su integridad la decisión. El 9 de septiembre de 2024, la defensa interpuso recurso extraordinario de casación y presentó en término la respectiva demanda. El Tribunal Superior concedió el recurso de casación y remitió el asunto a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. Encontrándose la actuación pendiente de decidir sobre la admisión de la demanda, la defensa puso en conocimiento, vía correo electrónico remitido el 15 de mayo de 2025, el fallecimiento de JESÚS FERNEY BOTERO 3Casación No. 67.883 CUI 05615600130920168007301 Jesús Ferney Botero Botero BOTERO y allegó copia del registro y del certificado de defunción.

VI. CONSIDERACIONES Los artículos 82, numeral primero, del Código Penal y 77 de la Ley 906 de 2004 prevén como causal de extinción de la acción penal la muerte del procesado.

Se encuentra acreditado, según el Registro Civil de Defunción No. 10611043 allegado por la defensa, que el

77 de la Ley 906 de 2004 prevén como causal de extinción de la acción penal la muerte del procesado. Se encuentra acreditado, según el Registro Civil de Defunción No. 10611043 allegado por la defensa, que el procesado dentro de la presente actuación, JESÚS FERNEY BOTERO BOTERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.421.008, nacido el 18 de abril de 1951 en Rionegro, Antioquia, falleció el 13 de mayo de 2025. Así mismo consta en el certificado de defunción número de 25058320115088. Adicionalmente, al realizar la consulta del estado de cédula de JESÚS FERNEY BOTERO BOTERO en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil, registra que “el número de documento 15.421.008 se encuentra en el archivo nacional de identificación con estado cancelada por muerte”. En consecuencia, ante la configuración de la causal objetiva, corresponde declarar la extinción de la acción penal adelantada en su contra. En ese sentido, según lo dispone el artículo 332, numeral primero, del Código de Procedimiento Penal se 4Casación No. 67.883 CUI 05615600130920168007301 Jesús Ferney Botero Botero decreta la preclusión de la actuación, dada la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la acción penal. El juzgado de primera instancia realizará las anotaciones y cancelaciones que se deriven de esta decisión. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de

El juzgado de primera instancia realizará las anotaciones y cancelaciones que se deriven de esta decisión. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, RESUELVE PRIMERO: Declarar la extinción de la acción penal por muerte del procesado JESUS FERNEY BOTERO BOTERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.421.008. En consecuencia, precluir la actuación seguida en su contra por el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce (14) años en concurso homogéneo y sucesivo.

SEGUNDO: Por medio del juzgado de primera instancia se realicen las anotaciones y cancelaciones que sean del caso.

Contra la presente decisión procede el recurso de reposición Notifíquese y cúmplase 5Casación No. 67.883 CUI 05615600130920168007301 Jesús Ferney Botero Botero

MYRIAM ÁVILA ROLDÁN

Presidente

GERARDO BARBOSA CASTILLO

FERNANDO LEÓN BOLAÑOS PALACIOS

GERSON CHAVERRA CASTRO

DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN

JORGE HERNÁN DÍAZ SOTO

HUGO QUINTERO BERNATE

CARLOS ROBERTO SOLORZANO GARAVITO

JOSE JOAQUÍN URBANO MARTÍNEZ

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria 6Casación No. 67.883 CUI 05615600130920168007301 Jesús Ferney Botero Botero 7

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