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CSJ - AP4536-2014(44099)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AP4536-2014(44099)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2014

Dpto A Clontor Ba Tarna fri

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente AP4536-2014 Radicación N° 44099 Aprobado Acta N° 254 Bogotá D.C., cinco (5) de agosto de dos mil catorce (2014)

ANETECEDENTES Y CONSIDERACIONES

1. El 30 de abril de 2014, previo cumplimiento de la ritualidad dispuesta en la Ley 906 de 2004, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá confirmó la sentencia emitida el 20 de febrero del mismo año en el Juzgado Dieciocho Penal del Circuito de esta ciudad, mediante la cual se declaró LEOVIGILDO MANUEL YÁÑEZ ROMERO autor responsable de los delitos de: estafa agravada, obtención de documento público falso, falsedad en documento público, agravado, y falsedad en documento privado, según hechos ocurridos el 3 de agosto de 20091, ? Cuaderno original, folios 1, 2, 8-11 y 104-116. Cuaderno del Tribunal, folios 8-39.

Casación N° 44099 Leovigildo Manuel Yáñez Rorhero

2. Contra esa decisión el defensor de confianza del procesado interpuso y sustentó de manera oportuna recurso extraordinario de casación, por lo que las diligencias fueron enviadas a esta Corporación con el fin de pronunciarse acerca de la admisibilidad o no de la respectiva demanda?.

3. Hallandose el expediente en turno para emitir la correspondiente decisión, el procesado YÁÑEZ ROMERO,

coadyuvado por su apoderado judicial (el mismo demandante), presentó desistimiento de la impugnación excepcional, con apoyo en lo normado en los artículos 130 y 199 de la Ley 906 de 20043.

4. Como la parte interesada está legitimada para desistir del recurso, pues con sujeción a lo normado en el último precepto invocado ello es posible antes de que la Sala lo resuelva, se impone aceptar la declinación presentada por el acusado LEOVIGILDO MANUEL YÁÑEZ ROMERO y su defensor, al evidenciarse que tal determinación está avalada por éste, lo cual permite concluir que es libre, consciente y voluntaria.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, RESUELVE: ACEPTAR EL DESISTIMIENTO del recurso de casación presentado conjuntamente por el procesado LEOVIGILDO MANUEL YÁÑEZ ROMERO y su defensor de confianza, respecto de la sentencia de segunda instancia emitida el 30 de abril de 2 Cuaderno del tribunal, folios 44 y 47-55. 3 Cuaderno de la Corte, folios 5, 7 y 12. Casación N° 44099 Leovigildo Manuel Yáñez Romero 2014 en el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante la cual fue condenado como autor responsable de estafa agravada, obtención de documento público falso, falsedad en documento público, agravado, y falsedad en documento privado. Remitanse el expediente al Tribunal de origen.

Comuníquese y cámplase. ue : JARS eq CAMACHO

JOSÉ LUIS

JOSÉ LEONIDAS/BUSTOS MARTÍNEZ

Tv HOU ZU)

Casación N° 44099 Leovigildo Manuel Yáñez Romero +

PERMISO ,

GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNANDEZ

— YDERÁ PATIÑO CABRERA

LUIS O SALAZAR CTERO

— —. / Lah Mal Dt BIA GARCIA Secretaria o

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