CSJ - AP5176-2017(49985)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AP5176-2017(49985)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2017
República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA Magistrado ponente AP5176-2017 Radicación N° 49985 (Aprobado Acta No. 251) Bogota D.C., catorce (14) de agosto de dos mil diecisiete (2017).
1. Corresponde a la Sala pronunciarse sobre el impedimento manifestado por los Honorables Magistrados
JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO, FERNANDO ALBERTO
CASTRO CABALLERO, EUGENIO FERNANDÉZ CARLIER,
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA, GUSTAVO ENRIQUE
MALO FERNÉNDEZ, EYDER PATIÑO CABRERA, PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR y LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 56 -numeral 6°-y 197 de la Ley 906 de 2004. 1 Acción de Revisión Radicación 49985 Mavel Rocio Melo Balcazar y William Quintero Mariño
2. Los mencionados Magistrados manifestaron que, como integrantes de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, suscribieron la providencia del 30 de noviembre de 2016, AP8263-2016, Rad. 48791, mediante la cual esta Corporación inadmitió la demanda de casación formulada por el representante judicial de Mavel Rocio Melo
Balcazar y William Quintero Mariño.
3. En ese orden de ideas, como quiera que la providencia que decidió inadmitir la demanda de casación «(...) conforma
un todo con aquellas sentencias que han sido objeto de la acción de revisión» (CSJ AP, 21 Ene 2016, Rad. 46433, CSJ AP, 12 Ene 2016, Rad. 46818) resulta procedente la aceptación del impedimento y la consecuente separación del asunto de los de los Magistrados que así lo exteriorizaron, porque, en efecto, les está vedado decidir en esta instancia extraordinaria acerca de una providencia sobre la cual, al pronunciarse respecto de la demanda de casación, consideraron estaba ajustada a la legalidad. En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
1. ACEPTAR el impedimento manifestado por los
Honorables Magistrados JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO,
FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO, EUGENIO
FERNANDEZ CARLIER, LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ
BARBOSA, GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÉNDEZ, EYDER
Acción de Revisión Radicación 49985 Mavel Rocio Melo Balcazar y William Quintero Mariño PATIÑO CABRERA, PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR y LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO, de conformidad con las razones consignadas.
2. SEPARAR, en consecuencia, del conocimiento del presente asunto, a los Honorables Magistrados cuyo impedimento se acepta.
Contra este proveído no procede recurso alguno. Comuníquese y cúmplase.
FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA
Magistrado Acción de Revisión
I Radicacion 49985 Ld Mavel Rocio Melo Balcazar y William Quintero Mariño Conjuez A Y——
ES RODRÍGUEZ
Conjuez
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria