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CSJ - AP5214-2022(55640)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AP5214-2022(55640)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2022

HUGO QUINTERO BERNATE

Magistrado Ponente AP5214-2022 Radicación No. 55640 Acta 265 Villavicencio - Meta, once (11) de noviembre de dos mil veintidós (2022) ASUNTO Resuelve la Corte la solicitud de desistimiento del recurso extraordinario de casación, presentado por el procesado JUAN CARLOS CUBILLOS GÓNGORA, y su respectivo defensor. CUI 11001600002820170220201 Casación Número Interno 55640

JUAN CARLOS CUBILLOS GONGORA

I. ACTUACIÓN PROCESAL El 9 de agosto de 2017, ante el Juzgado Diecinueve Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, se legalizó la captura de JUAN CARLOS CUBILLOS GÓNGORA. Asimismo, se le formuló imputación por el delito de homicidio tipificado en el artículo 103 del Código Penal.

Cargos que el implicado no aceptó. Finalmente, a solicitud de la Fiscalía se le impuso medida de aseguramiento privativo de la libertad, en establecimiento carcelario. El 29 de septiembre de 2017 se radicó escrito de acusación y el asunto correspondió por reparto al Juzgado Quince Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá. Se llevó a cabo audiencia de formulación de acusación el 26 de octubre de esa anualidad. El 12 de diciembre de 2017 se llevó a cabo la audiencia preparatoria. En sesiones del 29 de enero, 27 de febrero, 23 de abril, 6 y 26 de junio y, 4 de octubre de 2018, se realizó el

juicio oral. El 30 de octubre de 2018 se profirió la sentencia condenatoria en contra del señor Juan Carlos Cubillos Góngora, imponiendo la pena de 215 meses de prisión, por haber sido encontrado autor responsable penalmente del 2 CUI 11001600002820170220201 Casación Número Interno 55640 JUAN CARLOS CUBILLOS GONGORA delito de homicidio doloso. Asimismo, a la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, por el lapso de la pena principal. Inconformes con la decisión la defensa interpuso el recurso de apelación. El 27 de marzo de 2019, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá - Sala de Decisión Penal -, modificó el ordinal primero del fallo proferido por el Juzgado Quince Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, en el sentido de imponer a Juan Carlos Cubillos Góngora, la pena de 208 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso. Confirmó en lo demás la sentencia recurrida. La defensa interpuso y sustentó el recurso de casación en el término de Ley. Encontrándose el expediente al despacho del magistrado sustanciador en turno para calificar la demanda, el procesado JUAN CARLOS CUBILLOS GONGORA, privado de la libertad en el Centro de Reclusión “La Modelo” de Bogotá, a través de escrito remitido a esta corporación, manifestó “renunciar al recurso de casación” presentado por su abogado. 3 CUI 11001600002820170220201

Casación Número Interno 55640 JUAN CARLOS CUBILLOS GONGORA Asimismo, el Dr. ADRIAN MANUEL GUEVARA IBARRA, en su condición de defensor de confianza del señor JUAN CARLOS CUBILLOS GONGORA, allega escrito manifestando que de común acuerdo, ha decidido con su representado, desistir del recurso extraordinario de casación.

II. CONSIDERACIONES De acuerdo con lo estipulado en el artículo 199 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), la prerrogativa de desistir del recurso extraordinario de casación le asiste a la parte que lo interpone, siempre y cuando la petición se realice antes de que la Sala decida el asunto.

En el presente asunto el procesado JUAN CARLOS CUBILLOS GONGORA, manifestó su voluntad de desistir del recurso extraordinario de casación, petición avalada por su defensor de confianza. Luego entonces, teniendo en cuenta que en el presente asunto aún no ha sido decidido por la Sala, lógico es concluir que dicha solicitud se ajusta a las exigencias previstas por la citada norma, por lo que resulta procedente la prosperidad de la misma. 4 CUI 11001600002820170220201 Casación Número Interno 55640 JUAN CARLOS CUBILLOS GONGORA En consecuencia, la Corte admitirá el desistimiento del recurso extraordinario de casación y, por ende, ordenará la devolución de las diligencias al Despacho de origen. En mérito de lo expuesto, la SALA DE CASACIÓN

PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA,

RESUELVE:

1. ACEPTAR el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el procesado JUAN CARLOS CUBILLOS GONGORA y avalado por su defensor.

2. ORDENAR la devolución de los anexos aportados con la demanda.

3. Contra esta decisión procede el recurso de reposición.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

5 CUI 11001600002820170220201 Casación Número Interno 55640

JUAN CARLOS CUBILLOS GONGORA

IMPEDIDO

GERSON CHAVERRA CASTRO

6 CUI 11001600002820170220201 Casación Número Interno 55640

JUAN CARLOS CUBILLOS GONGORA

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria 7

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