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CSJ - AP5255-2018(48897)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AP5255-2018(48897)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2018

RepdblicadeColombia ComslJllmmadoJustIcla SaIailc榔acimhnaI JOSEFRANCISCoAcUNAVIzCAYA MagistradoPonente AP5255−2018 RadicacienN04・8897 (AprobadoActaNo.400) Bogot岳 D.C.,Cinco(5)de diciembre de dos mil dieciocho(2018). SepronuncialaSalasobrelaadmisi6ndelademanda decasaci6npresentadaporelapoderadodelavictimacontra lasentenciadictadaporelTribunalSuperiordeBogota.e122 dejuliode2016,mediantelacualconnmdlaemitidaporel Juzgado16PenalMunicipalconFuncionesdeConocimiento delamismaciudade13dediciembrede2015,queCOnden6 a JOSE LUIS RESTREPO RUBIO y absoIvid a OL,GA PATRICIA GARAVITo LEGUIzAMON por el delito de lesionespersonales. Hbohos Casaci6nNo.48897. JoseLuisRestrepoR. En denuncia fbrmulada por ANl、HONY BOCANEGRA BASTIDASantela五scalia,COntdquelanochecomprendida entrelos dias12y13de marzo de2005,allleg紬a Su residenciaubicadaenlacalle81A−31deBogotai,enCOntrd Varios vidrios rotos en el pISO,la chapa dela puerta Violentada,y enla entrada alos sehoresJOSE LUIS RESTREPO RUBIO y su hもO men。r MIlTONJAVIER RESTREPO GARAVITO,quienes,Sin mediar palabras,lo

atacaron con garrote y un destornillador,manifest岳ndole que era un“regalito”de su esposa OLGA PATRICIA GARAVITO LEGUIZAMON,CauSandole heridas quele dejaron unaincapacidadmedicolegaldennitivade45dias ycomosecuelasdefbrmidad宜sicadecaracterpermanentey Perturbacidn funcional del miembro superior derecho de Carまctertransitorio. Las averlguaCiones preliminares establecieron que OLGA PATRICIA y ANTHONY vivian en uni6nlibre desde haciavariosahos yteniandos坤OSmenOreSenCOmdn,y quela noche anterior alos hechos,en el marco de un altercado,ANTHONY agredi6Verbaly fisicamente a OLGA PATRICIA,raZ6nporlacualestadecidi6dejarloybuscar rerugiodondesucuhadoJOSELUISRESTREPORUBIO,y quelanocheslguiente,alregresaralaresidenciaconel静n deretirarsus pertenenciasylasdesushもos,enCOmPahia de varios miembros de su familia y al parecer de dos POlicias,COnunaOrden de apoyo poliくまalemitidaporuna Comisaria de Familia,Se PreSent6el en血entamiento con ANTHONY,en el que este resultd he:rido,Cuando yalos unifbrmadossehabiansupuestamenteretirado. _ 二,一ノブ∴一㌧ニーニ _一一 ̄† _一一一〃i∴ノ CasacibnNo.48897. JoseLuisRestrepoR.

Ac寄《αcjenprOceSαIlでねひαれ健 1・E126 deJunio de 2012,la 範scalia fbrmuld imputaci6n encontradeJOSELUISRESTREPORUBIOy OLGAPATRICIAGARAVITOLEGUIZAMON,POreldelitode lesiones personales,tipiHcado enlos articuloslll,112 incisosegundo,113incisosegundoyl14incisoprlmerO,y e124de abrilde2013los acus6rbrmalmente en audiencia POrelreferidodelito.1 2・Rituadoeljuicio,elJuzgado16PenalMunicipalcon Funcionesde Conocimiento deBogotま,mediante sentencia fechadae13dediciembre de2015,COndend aJOSE LUIS RESTREPO RUBIO ala pena prlnCipal de32meses de PrlSlOnymultaequivalente a20S.m.1.m.V.,yla accesoria deinhabilitacidn en el qercicio de derechos y funciones Ptiblicas por elmismo termino dela pena privativa dela libertad,COmO COautOr reSPOnSable del delito delesiones PerSOnales,y absoIvi6 a OLGA PATRICIA GARAVITO LEGUIZAMONdelreftridodelito.2 3.EldeftnsordeJOSELUISRESTREPO RUBIOyel apoderado delavictima apelaron esta decisi6n,elprlmerO ParaSOlicitarlaabsolucidndelprocesadoyelsegundopara OPOnerSe ala absolucidn de OLGA PATRICIA,PerO el tribunal Superior de Bogotま,mediante sentenciade22de

julio de2016,nO aCCedid a suspretensiones・3Inconfbme 1FoIios126−127y168−169deiacarpetaNo・1 2Fo−ios56−90delacarpetaNo・2・ 3Folios19_36deIcuadernodeItribunai. 一一{一一fi一一二一 ̄′一 一一 一 ●_イ:ナ  ̄ Casaci6nNo.48897. JoseLuisRestrepoR・ COnladecisi6ndeconnrmarlaabsollJCidndelaprocesada OLGAFnTRICIAGARAVITOLEGUIZAMON,elapoderadode lavictimarecurri6encasacidn. Lademαndα Planteacuatrocargoscontralasentenciaimpugnada・ EIprlmerOPOrVi01aci6n directadelaleysustancialylos restantesporviolaci6nindirecta,POrerrOreSdeexistencia, raciocinioylegalidad,reSPeCtivamente,enlaapreciacidnde las pruebas.Todos ellos vinculados conla decisidn del tribunaldeconnrmarlaabsolucidndelaprocesadaOLGA PATRICIAGARAVITO LEGUIZAMON. VioIαOiGnl群l℃ctα SostienequelaprocesadaOLGAPATRICIAGARAVITO LEGUIZAMONdebeserconsideradacomocoautoraatitulo de“determinadora,,,de confbrmidad conlo previsto en el articulo29delCddigo Penal,POr CuantOlainvestigaci6n evidenci6su seddevenganza“ala(:udiralinmueble enla noche y al aparentar el acompafLamiento dela policia

Cuandoestaafirmacidnfueunafalacia,PueSnOSuCedidy POrellonoselogr6acreditarenelproceso,,・ CasacidnNo.48897. JoseLuisRestrepoR. Explica que OLGA PATRICIA,Parala epoca delos hechos,erala compahera permanente del denunciante ANTHONY BONCANEGRA BASTIDAS,y COmO tal pudo haberevitadolaslesionescausadasasuparqa,PerOnOlo hizo・Ensudeclaracidneneljuiciooral,a範rm6quesehizo acompahar de policias porque era probable que se PreSentaranPrOblemasconsumarido,PerOlospoliciasno estuvieron presentes antes ni durante delingreso al inmueble,locualulegitimasuactuardedeterminaci6nysu intencidn de hacer daho a mirepresentado valiendose de tercerosが. La anmacidn de que acudid alsitio acompahada de POlicias,Se desvirtu6くくcon su contradiccidn declaratoriay COnladelostestigos”(Sic),algunosdijeronquelosllamaron POr telefbn0,0trOS que fueron por ellos al CAI,Cuandolo Cierto es quelos policias nunca fueron al sitio donde OCurrieronloshechos,locualseconcluyesinnecesidadde haceruna extensa avenguaci6n,PueS Siasihubiese sido, los policias hubieran permanecido alli durante todala escena,COmOloexlgelaConstitucidnNacionalyelC6digo dePolicia,yhubierandejadoconstanciadelosucedido,COn mayor ra26n si se tiene en cuenta quela visita se hizo a

altashorasdelanoche. Los familiares de OLGA PATRICIA,que Visitaron el inmueble,manifestaron quelo hicieron por solicitud de esta,COn el範n de ayudar a sacarlas pertenencias,笠in embargoenpnncIPlOySalvomqorcriteriofuelacoartada Perfectaparapremeditar,deteminar,PreParar,PrOVOCary Casaci6nNo.48897. JoseLuisRestrepoR. generarlaslesionesamirepresentadojudicialconsevicia” PueSaunquelosvictimariosydema・SteStigosmaniftstaron que ANTHONY era connictivo,tOdos aseguraron no haber tenidoinconvenientesconelantesdeestossucesos. LostestigossecontradicenademまSsobrelapresencia de ANTHONY enla residencia,PO]rque mientras unos SOStienen que no estaba,OtrOS anrtnm que Si,que Se encontrabaeneltecho,yqueinclusoteniaunmacheteen lammo,“COntradiccionesquegenerar。n(Sic)lacertezaque Se habia premeditadola situacidn que eventualmente POdria pasar,quela sehora OLGAIPATRICIA GARAVITO LEGUIZAMON,Puedo(Sic)evitarysinembargoasifuea altashorasdelanocheysinacompaflamientopolicial,PerO Sinutridade acompafiamiento de familiares que atacaron enla humanidad dela victima ANlrHONY BOCANEGRA BASTIDAS,hastacausarlelaslesionesprobadasdentrodel PrOCeSO’’. En eljuicio se prob6quelos tLnicos policias que aparecieron enla escena fueronlos quellegaron en

respuestaalallamadatelefbnicaquehicieronlosぬmiliares dela victima,luego delas agresiones a su hummidad, quienes presentaron uninfbme sobrelo sucedido, realizaronlosprocedimientospolicidesderlgOr,elaboraron lasconstmciaspertinentesyfuerontestigosdecargoenel Juiciooral Tambien se demostrd que OLGA PATRICIA‘‘cred el mdvil eidealizd el accion紺 PueS COmOlo manifeste _ゝ一 一一一一ン山一一二二二と_一一 ̄−__ >二一 ̄ CasacidnNo.48897. anteriormente cre61a coartada perfecta de venganza en COntra de mi representado demostrando asila relacidn directa entre el determinador y el actor dela conducta delictiva demostrada’’.se estableci6 su condici6n de determinadora,PueS aun Cuando ella no arremeti6 de manera directa contrala victima,‘‘si cred el escenario Perfectodemanerapremeditada…incentiv6alosdemas(a SuS familiares quelaacompahabm),ynunCagener6una acci6ntendienteaevitarlosactosdelictivosprobados,,・ Si son atendidaslas reglas dela sana critica,Se COnCluye que OLGA PATRICIA‘‘cred alescenario en sed de VenganZayqueSinohubierasidoasi,habriaidoenverdad, en compahiadelaPoliciaNacional,nO hubieraido aaltas horas dela noche taly como quedd demostrado,incluso hubierapodidoiraldiaslguienteamuytempranahoracon

elHn de asegurarse que elsehor BOCANEGRA BASTIDAS estuvieraencasa,Siesaerasuverdaderaintenci6n”. Cita jurlSPrudencia dela Sala sobrela noci6n de ‘‘determinador”parasostenerquelaparticipacidndeOLGA PATRICIA enlos hechos esta probada ma.s alla de toda dudarazonable,COnlacreaci6npremeditadadelescenario Perfecto paraobtener elresultadolesivo.Y agregaquelos JuZgadores no tuvieron en cuentaladisposici6n contenida enelarticu1022delC6digo Penal,que CaliHcalaconducta dedolosacuandoelagenteconoceloshechosconstitutivos delainh・aCCidn y quiere su realizaci6n,tal como aqul sucedid,nilos numerales5。,10yll delarticulo58del 一 一 一一一ジ ー ー  ̄ノ CasacidnNo.48897. C6digo Penal,que COnSagran Circunstmcias de mayor Punibilidad. Sustentado en estas consideracio,neS SOlicitaala Sala CaSarlasentenciaimpugnadayprofariren sucontrafillo COndenatorio,aPlicmdolamasaltapenadentrodelcuarto minimo,teniendo en cuenta que acm6en condici6n de autoraintelectual dela conducta dolosaimputada enla acusacidn y quelainvestigacidn pr。b6encazmente este hecho. Brroresdc∝isfenciα Anrma quelosJuZgadores deinstmcialgnOrarOn Pruebaslegalmentevaidas,quedesvirmmelindubiopro

reoaplicadoafavordeOLGAPATRIC〕[A,yquedemuestran Su Participacidn en elhecho punible como determinadora enelplancriminal. Argumentaque‘‘lafbrmacidn deljuicio porparte del JueZeXlgeunaValoraci6narmdnicaejntegraldelosmedios PrObatorios de que dispone para adoptarla decisi6nn,tal COmOlo preveelarticulo380delCdcLigo de Procedimiento Penal,y que OLGA PATRICIA debe s.er considerada como ‘‘coautora’’otitulodedeterminadora,deconfbrmidadconlo establecidoenelarticul029delCddigoPenal・ ぉ−一言一一 ̄  ̄ ̄つ一二二三と_一「__ CasacidnNo.48897. JoseLuisRestrepoR・ Paracumplirestosnnes,eSneCeSariopuntualizarlos aspectos facticos,Juridicos yJunSPrudenciales abordados enelcargomterior,quenOfuerontenidosencuentaenlas instancias,y COn fundmento en ellos casarla sentencia impugnada y proftrir fallo condenatorio,imponiendola Penamまsaltadentro delcuartominimo,POrenCOntrarSe PrObado quela acusada p紬ticip6 enlos hechos en COndici6ndeautoraintelectual. Bmresderαcjoojnio Asegura quelosJuZgadores apreciaronla prueba a espaldasdelasmacritica,Sinobserv宅mCiadelospnncIPlOS l暗COS,los postulados dela ciencia ylas reglas dela

experiencia,ualnoapreciarlaspruebaslegalmentevalidas, JuntO COnlas circunstancias facticas yJunSPrudenciales quedesvirttLanelindubioproreoガ,aPlicadoafa_VOrdela PrOCeSada. Completaeldesarrollodelcargorepitiendoloexpuesto en elanterior,en elsentido de quela“la fbrmaci6n del Juicio por parte deljuez exlge una Valoracidn a_rmbnica e integral delos medios probatorios de que dispone para adoptarladecisi6n,,,talcomolo preve elarticulo380del C6digodeProcedimientoPenal,yqueOLGAPATRICIAdebe SerCOnSideradacomo‘‘coautora’’otitulodedeteminadora, de confbrmidad conlo establecido en el articul0 29 del C6digoPenal. _{_ ニ_一一  ̄ ̄」 一つ Casaci6nNo.48897. JoseLuisRestrepoR. Ysubrayatambien,queParaCumPlirestosconcretos hnes es necesario puntualizarlos aspectos facticos, JuridicosyJurlSPrudencialesabordadosenelprlmerCargO, que no fueron tenidos en cuentaenlasinstancias,yCOn fundamento en ellos casarla sentenciaimpugnada y PrOferir fallo condenatorio,imponiendola pena mas alta dentrodelcuartominimo,POrenCOrLtrarSePrObadoquela acusada participd enlos hechos en condici6n de autora intelectual. ErroresdeIegα龍dαd Dice que este error se relaci。na COn el proceso de

fbrmaCidndelapruebayquesepresentaporqueuelfallador apreci6la prueba del acompa五amiento dela policia al accederalinmueble delos ex compaheros BONCANEGRA GARAⅥTO,Cuando esta manifestaci6n subjetiva e(Sic) inexistentealaluzdelaverdadverdaderanitmpocodela Verdadprocesal(Sic),lasinstanciasjudicialesle otorgaron Plena credibilidad ala pruebairLeXistente,eS decir sin Observancia delos prlnCIPlOSlegalesincurriendo en interpretacidntalsa”. Agrega quelafbrmaci6n deljuicio por parte deljuez exlge una Valoracidn arm6nica eintegral delos medios PrObatorios de que dispone para adoptarla decisi6n,tal COmOlopreve elarticulo380delestatutoprocesalpenal, ‘‘observandolaapreciaci6ndedichaspruebasenestadiode __へ__。∴∴一二二一 10 Casaci6nNo.48897. JoseLuisRestrepoR. anrmaciones declarativas falaces,COntradictorias einmes factica yJuridicamente de descarg0,,,JuntO COnlas Circunstanciasquedesvirttlanelindubioproreoaplicadoa favor dela acusada,y delas pruebas que demuestran su Participaci6ncomodeterminadoradelplmcriminal. Completalafundamentaci6ndelacensurarepitiendo lomanifestadoenloscargosmteriores,enelsentidodeque Para eStOS eftctos es necesario puntualizarlos aspectos facticos,JuridicosyJurlSPrudencialesalosquealudidenel

Pnmer CargO,que nO fueron tenidos en cuenta porlas instmcias,y COn fundamento en ellos casarla sentencia impugnada y condenar a OLGA PATRICIA por el delito imputado,en COndici6n de autoraintelectual,aPlicandola PenamaS altaprevistaparaelpnmercuartopunitivo,POr COnCurrircircunstanciasdeagravaci6n. SECO州税かBRA La Corteinadmitira.la demanda de casacidn que se estudia por no cumplirlas exlgenCias minimas de orden fbmalrequeridasparasuestudiodefbndo,nisatisfacerlos PreSuPueStOS bまsicos deidoneidad sustmcial necesarios Parala realizaci6n delos五nes delrecurso・Por separado analizarま cada uno delos cargos propuestos por el impugnante・ 〆〆ラグ二一一一 ̄ ̄一′一二ノノー一一一 ̄− ̄、 Il Casaci6nNo.48897. JoseLuisRestrepoR・ ⅥoIαciGn劇場ctαddhIegsαSを慣れdαI LajunsprudenciadelaSalatienedichoquecumdose Plantea en casaci6n esta fbma dein紅acci6n delaley SuStmCial,eSunCOntraSentidocuestionarlosfundamentos facticos oprobatorios que sustentanladecisidn recurrida, POrqueeStedesaciertopresuponequelasconclusionesdelos JuZgadoresenestosdos血entesdevaloraci6nsoncorrectas,y queelerrorsepresentaenelmarcod一義raciociniopuramente

Juridico,POrque aPlicaron al caso una norma sustmcial equlVOCada,Odejarondeaplicarlac。rreCta,Oledieronala adecuadamenteseleccionadaunosalcancesquenotiene・ Estaregladeldgicacasacionalesignoradatotalmente POrelcasacionistaenlafundamentacidndelcargo,PueSal hacerlo desconoce abiertamentelos argumentos facticos y PrObatorios que eltribunal ad巾O Para absolver a OLGA PATRICIAGARAVITOLEGUIZAMONdeloscargosimputados enla acusaci6n,POr COnSider紬los equivocados,Para POStular,enaPOyOdesupretensidn,unaValoraci6ndistinta delaspruebas. Mientras eltribunalsostiene(叫elanscaliano aport6 elementos de prueba s61idos que comprometm a oLGA PATRICIA como deteminadora del delito de lesiones PerSOnales,elrecurrenteasegura,SuStentado enunavisidn distintadeloshechos,quelos estandares de conocimiento requeridos para condenar se cumPlen,y quela decisi6n debi6serdecarまctercondenatorio. 12 Casaci6nNo.48897. JoseLuisRestrepoR. Asiplanteadaslascosas,elataquedebidfbmularseal amparodelacausaltercera,POrViolaci6nindirectadelaley SuStanCial,POrinvolucrar cuestionamientos de valoraci6n probatoria,y desarrollarse slguiendolas directrices que imponela16gica de esta censura,eS decir,COnindicacidn

Clara dela clase de error cometido(sidehechoporfalsosjuiciosde existencia,identidad o raciocinio,O de derecho por falsosJuicios delegalidad o convicci6n),delapruebasobrelacualrecay6elerrory delas implicaciones del desacierto enlas conclusiones del fallo impugnado.Peroningunodeestosaspectossondehnidosni acreditadosporeldemmdante. Anma que OLGA PATRICIA tienela condici6n de determinadora porque,(i)cred el escenario perftcto de manerapremeditada,(ii)incentiv6asus familiares atomar VenganZa,y(ih)noevitdquegoIpearanasumaridoestando encondicionesdehacerlo,PerOnOident脆calaspruebasque acreditancadaunadeestaspremisasfacticas,niexplicaen queconsistieronloserroresdehechoodederechocometidos POreltribunal・ Y no se advierte quelas conclusiones del tribunal contrariendemaneramaniHestalarealidadprobatoria,PueS resultaclaro,COmOloanrmalasentencia,queelprocesono on・eCePruebasdelasquepuedarazonablementeconcluirse que oLGA PATRICIA hubiera ordenado a sus fammares atacarasumarido,anteSOalmomentodelossucesos,yque eselpropi01esionado,POrelcon血ario,quienafimaquesu esposa se mantuvo al margen,a unOS OCho metros de distancia,yquenOParticip6enlaaireSi6n・ 一ノ_一二 __− 13 CasacidnNo.48897.

JoseLuisRestrepoR. EI peso delaimputaci6n descansa enla anmaci6n adicionalque hace ellesionado en elsentido de que‘‘0ゆa elWidaJbsepolf匹eyOnunCatWeprOblemasconelyloqueel Tne decia era:para que Se meta COniUa7℃neS・Entonces yo asumo que∴e沃∴no actub a nombre pl雌)io〝,PerO eSta apreciacidnpersonal,COmOtambienlosostieneconaciertoel tribunal,nO Pruebala condici6n de deteminadora dela acusada. ⅥoIαcienindi,℃ctα Los cargospropuestos dentro delmarco de estafbma dein血acci6ncompartenelmismod《∋fecto:Seenuncianpero no sedemuestran. Enelprmero,donde seplant(∋aunerrOrdeexistencia POr Omisidn,el casacionista sosd−ene quelosJuZgadores lgnOrarOn Pruebas validas que acreditabanla participaci6n de OLGA PATRICIA、en el hecho delictivo en condicidn de deteminadora,PerO nO dice que pruebas omitieron,nlque hechos acreditabanlas pruebas。mitidas,nl POr que,de habersidotenidasencuenta,elsentidodeladecisidnhabria sidodistinto. En el segundo,donde plant。a un errOr de raciocinlO, SOStienequelosJuZgadoresapreciaronlapruebaaespaldas delasreglas delasmacritica,COn desconocimiento delos PnnCIPlOSldgicos,10SPOStuadosdelacienciaylasreglasde

一一一⊥一一シソ_一一 ノ ー一 一一ジー ̄ 14 CasacidnNo.48897. JoseLuisRestrepoR. experiencia,PerO nO menCionalas pruebas que fueron indebidamente Valoradas,nilos componentes dela sana Critica que meroninobservados,ni explica por que se PreSent6elerrorquedenuncia. Yeneltercero,dondeplanteaunerrordederechopor falsoJuicio delegalidad,nOident並cala prueba o pruebas SObrelas cuales recay6elerror,nidice en que consistidla irregularidad que vicia suincorporacidn al proceso,ni mencionalanomaprocesalqlleloregulayquehabriasido inobservada. Lotlnicoquea五rma,enaPOyOdeestacensura,eSque losJuZgadores apreciaronla prueba del acompahamiento POlicialyleotorgaronplenacredibmdad,nOObstante血atarse de un hecho sin respaldo probatorio,PerO eSte reParO, ademまsdenoconsultarlarealidadprocesal,4nadatieneque VerCOnelerrorquedenuncia. Entodosloscargos,ademas,Sere正ereinsistentemente ala necesidad de quelosJuZgadores valorenla prueba Slguiendolos criterios sehalados en el aIticul0 380 del estatuto procesalpenal)COnCretmente alaimportanciade hacerlo en su corjunto,alegaci6n que devieneigualmente impertinente,POr nO guardar correspondencia conlas exlgenCias16gicas de demostraci6n que demandabanlos erroresdenunciados. 4EitribunaireconoceexpresamenteeneIfall。queeStehechonoseprobeeneipr。CeSO 一一三_一一/−一二三’一一 ̄−〝一一

一一三_一一/−一二三’一一 ̄−〝一一 一テク一一 ̄ 15 CasacidnNo.48897. JoseLuisRestrepoR. Decjsjbn Visto,entOnCeS,quela quela demmda no retlnelas exlgenCias minimas de orden めrmal ni sustancial requeridasparasuestudiodefbndo,laSalalainadmitira.a tramiteyordenaradevolverelproces。alao鯖cinadeorlgen, no advirtiendo violaciones a garantias fLlndamentales que debaprotegerdemmerao鱒ciosa. Ihsistcncia Contra esta decisi6n procede]Lainsistencia por parte del casacionista,de confbrmidad conlo establecido en el articul0184inciso segundo del mismo estatuto,enla OPOrtunidad,fbrmay terminos precisados porla Corte en reiteradas decisiones(CSJ,SP,12de diciembre de2005, radicado24322;CSJ,SP,28deseptiembre2011,radicado 33181;CSJ,SP,17 de octubre 2012,radicado ntlmero 34946). En merito delo expuesto,LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA,SALADECASACIONPE,NAL, RBS捌ⅥB _____ _一一一 →二三; 16 .一高 CasacidnNo.48897. JoseLuisRestrepoR. INADMITIRlademandadecasaci6npresentadaeneste asuntoporelapoderadodelavic血na.

Contraestadecisi6nprocedelainsistencia.

FfbUESEYCUMPLASE.

LUISA TONIO HERNANDEz 乏≦参三二一一つ >・”“” l E−OFSELR,AUISNBARELIoCASMACCHOo EARNACNDUOALNBEARTVCASITRzOCACBAALL,YEA 桑R Ro

ATINo CAB

_一一・三一一一一 一 ̄ ̄ 17 Casaci6nNo.48897. JoseLuisRestrepoR. 弘,孟孟≦暴言遼迦堅

NUBIAYOLANDANOVAGARCIA

Secretaria し_____・一 _一価百村三一三二づ 18

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