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CSJ - AP5417-2022(62545)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AP5417-2022(62545)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2022

HUGO QUINTERO BERNATE

Magistrado Ponente AP5417-2022 Radicación n°. 62545 Acta 267 Bogotá D.C., quince (15) de noviembre de dos mil veintidós (2022). VISTOS Define la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, la competencia para conocer el proceso penal que se adelanta en contra de BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS, por la posible comisión de los delitos de concierto para delinquir y hurto calificado en concurso homogéneo. CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos HECHOS De acuerdo con el escrito de acusación, luego de labores investigativas que iniciaron en el año 2021, se pudo establecer la existencia de un Grupo Delictivo Organizado – GDO, denominado “Los Gaspers”, «cuyo líder es EDGAR IVAN SEPÚLVEDA ALVAREZ (A. "Chiky"), y los integrantes son: CARLOS JULIO SUAREZ (A. "Gordo" 0 "Tévez"); YARSID ARNULFO ORTIZ (A. "Yeso" 0 "Cucho"); GERSON ALBERO RIVERA (A. "Chota" 0 " Calvo"); BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS (A. "Brahian); JUAN SEBASTIAN PORRAS (A, "Porras"); YENNY PAOLA MORALES BARRERA (A- "Paola"); YEIMY VIVIANA PRECIADO LARA ( A. "Tatiana" o "Negrita"); HUMBERTO MARTINEZ GUTIERREZ (A. " Beto");

BRAYAN ANDRES BECERRA (A. "Brayan" 0 "Julian")». Se indicó además, que dicho Grupo Delictivo Organizado tuvo una «vigencia temporal que inicia con el primer hecho delictivo investigado que tuvo ocurrencia el 29 de enero de 2.021 en el Municipio de Tauramena (Casanare) y termina el 23 de noviembre de 2.021 cuando se producen allanamientos y capturas de la mayoría del grupo en Sogamoso», lapso durante el cual los integrantes del GDO cometieron los siguientes hurtos: Hecho Delictivo No. 1, Noticia Criminal 8500161095302021 01295, hurto ocurrido el 20 de enero de 2.021, en la Calle 17 A No. 6 - 11 Barrio "Nuevo Horizonte" de Tauramena (Cas.), participan: el cabecilla EDGAR IVAN SEPULVEDA A. (A. "CHIKY"), BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS (A. "BRAHIAN"), y YARSID ARNULFO ORTIZ JARAMILLO (A. "YESO" 0 "CUCHO"). Las víctimas (…) explican que rompieron una ventana y sustrajeron Un Tv. 2 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos Samsung de 55" avaluado en $2.500.000-, Ropa, calzado, lociones por $700.000,oo; Relojes, Joyas, plancha, ventilador por $2.000.000,oo; $ 3.000.000,00 en efectivo como producto del trabajo del camión; Todo por valor de $ 8.200.000,00. (…)

Hecho Delictivo No. 2, Noticia Criminal 850016109530202100335, Hurto ocurrido el 2 de Marzo de 2.021, en la Carrera 42 No. 39-04 Barrio "Llano Vargas" de Yopal, participan el líder EDGAR IVAN SEPÚLVEDA ("Chiky"), CARLOS JULIO SUAREZ ORDUZ ("Tevez" o " Gordo"), BRAHIAN STEVENS ALFONSO BURGOS ("Brahian"), y YARSID ARNULFO ORTIZ JARAMILLO ("Yeso" o "Cucho"), y de acuerdo con la víctima (…), ingresaron por el balcón del segundo piso, violentaron la puerta, y la ventana del estudio, golpearon a los perros, sustrajeron un Tv. Sony de 56", con soporte de Tv, por valor de $2.500.000,oo; Computador portátil marca Dell por $1.000.000,00; Una Tablet Naranja Marca Aprix con teclado por valor de $600.00,oo; Chaquetas y Ropa de Mujer por $ 300.000,00; Una maleta de viaje verde militar por valor de 350 dólares, aprox. $1.320.000,00; 3 USB por valor de $140.000,00; Alcancía con ahorros por $1.500.000,00; cadenas, pulseras y anillos por valor de $400.000,00. Estima el total en $8.110.000,00. (…). Hecho Delictivo No. 3, Hurto ocurrido el 25 de agosto de 2.021, noticia criminal No. 6807760002272021 50279 (fl1036 vto), en

Barbosa (Santander), en la Carrera 9 C No. 21-11 Segundo Piso, Barrio "La Fuente", Participan EDGAR IVAN SEPÚLVEDA; CARLOS JULIO SUAREZ; YENNY PAOLA MORALES; y HUMBERTO MARTINEZ GUTIERREZ (A "BETO"). La víctima (…) denuncia que rompieron una ventana y sustrajeron una bicicleta todoterreno roja y negro serie F2717079 marca Fury por valor de $1.660.000,00; Portátil HP Pavillon, convertible serial No 5CD5248D97 por valor de $3.300.000,00, dos argollas en oro, una con piedras blancas contramarcadas Recuerdo de mis 15, otra con piedras azules marcada "Angela Viviana Eslava" por $2.000.000,00; Correa Gucci reloj inteligente por $180.000,00; cadena en plata con dije $170.000,00; alcancía con $200.000,00. Algunos vecinos vieron a los 3 hombres y una mujer, lo mismo un vehículo. Estima el Hurto en $8.000.000,00; (…) Hecho Delictivo No. 4, Noticia No. 505736000562202100145 (FL. 1038) Hurto ocurrido el 01 de octubre de 2.021 en el centro de Puerto López (Meta), el 01 de octubre de 2.021, participan EDGAR IVAN SEPÚLVEDA, CARLOS JULIO SUAREZ, YENNY PAOLA MORALES y YEIMY VIVIANA PRECIADO. Un vecino observó dos personas forzando la ventana, cuando llegaron la comunidad

perseguía a los autores del hecho, cogieron a uno de estos y lo llevaron a la Policía. Sustrajeron un I Phone 6 modelo 1549 serie S76JNN8VLG5MF por $1.800.000,oo y un I Pad 2 retina E8260815-A por $2.000.000,00, Total $3.800.000,00, comprados en el Centro "Gran Estación" de Bogotá. (…) 3 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos Hecho Delictivo No. 5. Noticia Criminal 252976108008202180062, Hurto Ocurrido en el Municipio de Gachetá (Cundinamarca) el 17 de Sep. De 2.021 aproximadamente a las 6:30 P.M. en la Calle 6 No. 1-28, en la residencia de BAYARDO VELANDIA FONSECA, ingresaron por la parte de atrás, subieron al segundo piso y entraron por una ventana bastante alta, violentaron un armario y sustrajeron a la fuerza de una caja donde tenía dinero que acostumbra a prestar, por valor de $25.000.000,00. Solo sacaron dinero y no llevaron relojes valiosos que guardaba. (…) Hecho Delictivo No. 6. Noticia No. 1532260001 15202100145, Hurto Ocurrido el 12 de septiembre de 2.021 en la Carrera 3 No. 3-09 Centro de Sutatenza (Boy.), participan: GERSON ALVEIRO RIVERA ("Chota" 0 "Calvo"); YARSID ARNULFO ORTIZ ("Yeso" 0

"Cucho"); y JUAN SEBASTIAN PORRAS ALVARADO ("Porras"). La víctima (…) viajó a Bogotá y al regreso había cerraduras rotas, y sustrajeron dos computadores, uno Marca Dell por $500.000,00; otro Dell Core por $1.000.000,00; dos alcancías con $445.000,00 y $ 800.000,00; En total con los daños asciende a $4.000.000,00. (…) Hecho Delictivo No. 7, Noticia Criminal 150016099163202153765, ocurrido el 20 de octubre de 2.021 en Tunja, Localidad Santa Catalina, Participaron: GERSON ALBERO RIVERA ("Chota" 0 "Calvo"), JUAN SEBASTIAN PORRAS ALVARADO y un tercero desconocido. La denunciante (…) dice que viajó por una calamidad y supo que violentaron la reja exterior del jardín y del garaje, arrancando una barra de la misma, abrieron una puerta de vidrio, sustrajeron joyas de plata, oro amarillo y oro blanco por $12.000.000,00, y dinero en efectivo por $5.000.000.00, para un total de $17.000.000,00 por lo cual se hizo presente la Policía y verificó el hurto. (…) Hecho Delictivo No. 8, Noticia 15001600013202101399 Hurto ocurrido el 21 de octubre de 2.021 entre las 5:00 P.m. y las 8:00 P.M. en Tunja, en la Carrera 10 No. 77-22 Barrio "El Portal de Hunzahua", participan JUAN SEBASTIAN PORRAS ALVARADO y

un desconocido, grabado en videos donde se observa cuando ingresan a la residencia del Ing. (…), rompen la marquesina y la pantalla del digital del citófono, dañaron los closets. HURTAN Joyas como Un Rosario de Oro, dos cadenas de sus hijos con dos dijes de Ángel Una virgen cada una, una cadena de su esposa, una manilla, su anillo de matrimonio avaluados en $18.000.000,00, un computador Mac por $5.000.000,00, y una Tablet Mac por $2.000.000,00, un celular Samsung, un bafle Bosé, todo lo cual estima en $30.000.000,00. En videos se observa un Aveo GT 3 puertas, que los recoge. (…) Hecho delictivo No. 9, noticia No. 152386000213202100180, ocurrido el 12 de mayo de 2.021 a eso de las 18:30 horas, en la 4 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos Calle 15 A No. 3-36 de Duitama, Barrio OLAYA HERRERA.

Participan: JUAN SEBASTIAN PORRAS; BRAHIAN STEVEN

ALFONSO B., y BRAYAN ANDRES BECERRA SANCHEZ DE QUIEN SE ACLARA QUE ACEPTÓ CARGOS EN LA IMPUTACIÓN DE LA URI, por lo cual se rompió Unidad Procesal para este. La víctima (…)informa que le avisaron del hurto a su casa y fue al sitio, notó que utilizaron una palanca para correr el marco de hierro de una

ventana, le dijeron los vecinos que habían utilizado un carro blanco con franja negra, le sustrajeron un Tv marca LG, Dos Tv. Marca Kaley, por $4.500.000.oo; Un computador Hacer Celeron N2840 por $880.000,oo; Una Cámara Panasonic, y una de Video Crown por $3.500.000,00 Joyas y Relojes por $4.000.000,00; Celular Huawey Y6 por $600.000,00. En total estima el valor en $14.500.000,00. (…)» Según la acusación, el rol que desempeñó BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS fue el de conductor y campanero, además, participó en los eventos marcados como Nos. 1, 2 y 9.

ANTECEDENTES PROCESALES PERTINENTES

1. Por los anteriores hechos, el 18 de noviembre de 2021, el Juzgado Promiscuo Municipal de Firavitoba – Boyacá, expidió orden de captura contra BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS, la cual se hizo efectiva el 17 de mayo de 2022. El 18 siguiente fue presentado ante el Juzgado Segundo Penal Municipal con función de Control de Garantías de Sogamoso, que declaró la legalidad de la aprehensión.

Seguidamente, el representante de la Fiscalía formuló imputación contra ALFONSO BUSTOS por los delitos de concierto para delinquir y hurto calificado, sin que se allanara a tales cargos. Acto seguido, previa solicitud del 5 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos

fiscal, el Juzgado le impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario.

2. La Fiscalía 24 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Sogamoso presentó escrito de acusación, el cual correspondió por reparto al Juzgado Primero Penal del Circuito de dicha ciudad.

3. Instalada la audiencia de que trata el artículo 339 de la Ley 906 de 2004, el fiscal 27 Delegado ante los Jueces Penales del Circuito de Sogamoso indicó que no entendía por qué se había presentado el escrito de acusación en esa ciudad, cuando los hechos tuvieron ocurrencia en varias localidades1.

Además, refirió que en el proceso matriz No. 15759000223202100009, adelantado contra los demás integrantes del Grupo Delictivo Organizado “Los Gaspers”, se había fijado la competencia en los Juzgados Penales del Circuito de Tunja. Agregó que aunque ALFONSO BUSTOS fue capturado en Sogamoso, por razón del factor territorial el expediente debía ser conocido por los Juzgados de Duitama o Yopal, ciudades en las que ocurrieron los hechos que específicamente se atribuyen al procesado y si bien el defensor presentó escrito en el que pedía la celebración de preacuerdo, no tendría competencia para emitir el 1 Minuto 05:09 y ss, audiencia del 3 de octubre de 2022. 6 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos pronunciamiento de rigor. Por lo tanto, solicitó remitir la

actuación al funcionario competente.

4. Por su parte, el representante del Ministerio Público adujo que los tres hechos relacionados con el delito de hurto, atribuidos a BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS ocurrieron en las localidades de Tauramena, Yopal y Duitama, pero ninguna conducta punible se perpetró en

Sogamoso2. Además, en el proceso matriz, esta Corporación, en la decisión CSJAP3043-2022, Rad. 61878, radicó la competencia en los Juzgados Penales del Circuito de Tunja. Por lo anterior, consideró que el Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamoso no tenía competencia para conocer la presente actuación.

5. El defensor de BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS refirió que está de acuerdo con las manifestaciones de los representantes de la Fiscalía y del Ministerio Público, pero en su criterio, los competentes no serían los Jueces de Tunja, pues aunque la Corte ya definió ese aspecto en el proceso matriz, en el caso de su prohijado se presentó ruptura de la unidad procesal y se le asignó un nuevo número de proceso3. 2 Minuto 15:05 y ss, ibídem. 3 Minuto 18:20 y ss, ib.

7 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos Afirmó que en esas condiciones, la competencia radicaría en los Juzgados de Tauramena, Yopal o Duitama, máxime que enviarlo a Tunja causaría un perjuicio a

ALFONSO BUSTOS, quien indemnizó a las 3 víctimas de los hurtos atribuidos y tiene entendido que los demás procesados no tienen interés en hacerlo.

6. El titular del Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamoso indicó que en efecto no tenía competencia para conocer del proceso seguido contra BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS, pues revisado el escrito de acusación halló que ninguno de los hechos atribuidos al mencionado se cometieron en esa ciudad.

Adujo que aunque hay unanimidad frente a dicho aspecto, no ocurría lo mismo en torno al Juzgado competente, pues al definir esta Corporación la competencia en el proceso matriz la asignó a Tunja porque allí ocurrió el mayor número de delitos, pero este caso lo pueden conocer los Jueces de Duitama, Tauramena o Yopal, en razón a los 3 hurtos atribuidos al procesado. Acto seguido, el juzgador destacó que como estaban involucrados Juzgados de diferentes distritos judiciales, lo procedente era remitir las diligencias a esta Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 906 de 2004. 8 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos

CONSIDERACIONES

1. La Sala es competente para definir la controversia planteada en el presente asunto, de acuerdo con el numeral 4° del artículo 32 de la Ley 906 de 2004, toda vez que involucra juzgados de los distritos judiciales de Yopal y Santa

Rosa de Viterbo, último al que pertenecen los circuitos de Duitama y Sogamoso.

2. En primer término, observa la Sala satisfechas las pautas decantadas a partir de la providencia CSJ AP2863, 17 jul. 2019, Rad. 55616 para el trámite que debe cumplirse en este asunto, pues si bien los representantes de la Fiscalía y del Ministerio Público, al igual que el defensor y el Juez Primero Penal del Circuito de Sogamoso indicaron al unísono que no era el funcionario de Sogamoso el competente para conocer del proceso seguido contra BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS, tampoco concordaron en cuanto al Juzgado que debía adelantar la etapa de juzgamiento, pues indicaron que podrían conocerla los Juzgados de Tauramena y Yopal (adscritos al distrito judicial de Yopal) o Duitama,

(perteneciente al de Santa Rosa de Viterbo). Por ende, al no existir concordancia en cuanto al funcionario al que se debía remitir el proceso para que así se trabara el conflicto con otro despacho judicial, le asistió razón al Juzgado Primero en cita al enviar las diligencias a esta Corporación, lo que habilita que la Sala estudie el fondo del asunto. 9 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos

3. En orden a establecer la competencia para conocer de esta actuación, la Sala recuerda que en la formulación de imputación y en el escrito de acusación se atribuyó a BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS la realización de un

concurso de conductas punibles, por lo que para la solución del caso se debe aplicar la figura jurídica de la conexidad, que permite el adelantamiento de investigaciones penales bajo una misma cuerda4 y por consiguiente, abordar la definición de competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 906 de 2004, según el cual: Cuando deban juzgarse delitos conexos conocerá de ellos el juez de mayor jerarquía de acuerdo con la competencia por razón del fuero legal o la naturaleza del asunto; si corresponden a la misma jerarquía será factor de competencia el territorio, en forma excluyente y preferente, en el siguiente orden: donde se haya cometido el delito más grave; donde se haya realizado el mayor número de delitos; donde se haya realizado la primera aprehensión o donde se haya formulado primero la imputación. Cuando se trate de conexidad entre delitos de competencia del juez penal del circuito especializado y cualquier otro funcionario judicial corresponderá el juzgamiento a aquél. Lo anterior, debido a que en este caso, los hechos materia de investigación se remiten a una pluralidad de ilicitudes que, cuando menos, de acuerdo con el escrito de 4 El artículo 51 de la Ley 906 de 2004, regula las distintas modalidades en que puede presentarse la conexidad, de manera concreta los numerales 2º, 3º y 4º, que indican la existencia de este fenómeno cuando acaece un concurso de conductas punibles, en los siguientes términos: «1. El delito haya sido cometido en copartición criminal. 2. Se impute a una persona la comisión de más de un delito con una acción u omisión o

varias acciones u omisiones, realizadas con unidad de tiempo y lugar. 3. Se impute a una persona la comisión de varios delitos, cuando unos se han realizado con el fin de facilitar la ejecución o procurar la impunidad de otros; o con ocasión o como consecuencia de otro. 4. Se impute a una o más personas la comisión de uno o varios delitos en las que exista homogeneidad en el modo de actuar de los autores o partícipes, relación razonable de lugar y tiempo, y, la evidencia aportada a una de las investigaciones pueda influir en la otra». 10 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos acusación, advierten posible su realización en diferentes lugares del país, vale decir, Tauramena, Yopal y Duitama. En ese orden, lo primero que se debe dilucidar es la competencia funcional, que no reviste duda alguna, pues al procesado BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS se le atribuye la posible comisión de los delitos de concierto para delinquir y hurto calificado, los cuales no tienen asignación especial de competencia, por lo que la misma radica en los jueces penales del circuito, de conformidad con lo normado en el numeral 2 del artículo 36 de la Ley 906 de 20045. Ahora, por razón del territorio, atendiendo al lugar donde tuvo ocurrencia el delito más grave, advierte la Sala que de conformidad con lo establecido en el artículo 240 incisos primero y tercero del Código Penal6, el injusto de mayor gravedad corresponde al de hurto calificado, cuya pena

de prisión oscila entre 6 y 14 años de prisión; extremo máximo superior al contemplado para el delito de concierto para delinquir (artículo 340 del C.P.), que va de 4 a 9 años de prisión. Ahora, de acuerdo con el escrito de acusación, el delito contra el patrimonio económico, atrás definido como el de mayor punibilidad, se cometió en varios lugares. Ello porque de los hurtos, el denominado Hechos No. 1 ocurrió en la ciudad de Tauramena, el No. 2 en Yopal y el No. 9 en 5 «Artículo 36. De los jueces penales del circuito. Los jueces penales de circuito conocen de: 1(…) 2. De los procesos que no tengan asignación especial de competencia». 6 Atribuido al procesado Brahian Stevens Alfonso Bustos. 11 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos Duitama. Por lo tanto, no es posible, por ese factor, determinar la competencia. Se debe analizar la condición subsiguiente del canon 52 del Código de Procedimiento Penal, relativa al lugar «donde se haya realizado el mayor número de delitos». Al respecto, de acuerdo con la actuación, a BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS se le atribuyeron los hurtos ocurridos en Tauramena, Yopal y Duitama, por lo que dicho aspecto tampoco permite dilucidar qué autoridad debe conocer del presente asunto. Así las cosas, se debe acudir al siguiente criterio contemplado en el artículo 52 de la Ley 906 de 2004, según

el cual, es competente el Juez del lugar donde se hubiera realizado la primera captura o formulado la imputación. Consta en las diligencias que en audiencia del 18 de mayo de 2022, se indicó que BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS fue capturado el 17 del mismo mes y año en Sogamoso, ciudad en la que igualmente la Fiscalía formuló imputación en su contra7. Por ese motivo, le corresponde conocer de la presente actuación a los Juzgados Penales del Circuito de Sogamoso, ciudad en la que, se reitera, se efectuó la primera captura en 7 Acta audiencia del 18 de mayo de 2022, ante el Juzgado Segundo Penal Municipal con función de Control de Garantías de Sogamoso. 12 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos las presentes diligencias y en la que también se formuló

imputación a BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS.

Así las cosas, se ordenará la remisión de las diligencias al Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamoso, al que le había correspondido por reparto la actuación, para los fines pertinentes. Finalmente, debe indicar la Sala que si bien en la providencia CSJAP3043-2022 del 13 Jul. 2022, Rad. 61878, en el proceso No. 15759600022320210000901, adelantado contra los demás integrantes del Grupo Delictivo Organizado “Los Gaspers”, la Corte fijó la competencia para conocer de la actuación en los Juzgados Penales del Circuito de Tunja, lo cierto es que respecto de BRAHIAN STEVENS ALFONSO

BUSTOS se realizó la ruptura de la unidad procesal y se le asignó el No. 15759600000020220000401, lo cual hacía necesario un análisis del presente caso, de manera separada a lo que previamente se definió. En mérito de lo expuesto, LA CORTE SUPREMA DE

JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL,

RESUELVE

1. DEFINIR que la competencia para conocer del proceso adelantado contra BRAHIAN STEVENS ALFONSO BUSTOS, corresponde al Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamoso.

13 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos

2. ORDENAR el envío inmediato de las diligencias a dicho despacho judicial, para lo pertinente.

3. ENVIAR COPIA de esta providencia a los involucrados en esta actuación.

4. Contra esta decisión no procede recurso alguno.

Comuníquese y cúmplase. Con permiso

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

14 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos 15 CUI 15759600000020220000401 Número interno 62545 Definición de competencia Brahian Stevens Alfonso Bustos

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria 16

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