CSJ - AP8426-2016(47245)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AP8426-2016(47245)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2016
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado Ponente AP8426-2016 Radicación 47245 (Aprobado Acta No. 395). Bogotá D.C., diciembre cinco (5) de dos mil dieciséis (2016). VISTOS Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el impedimento presentado por el Conjuez Mauricio Pava Lugo para conocer de la acción de revisión instaurada en nombre de MARIA NANCY y GERARDO ANTONIO GRAJALES POSSO, contra la sentencia condenatoria proferida en su contra el 17 de enero de 2012 por los delitos de concierto para delinquir y lavado de activos. EL IMPEDIMENTO El Conjuez Pava Lugo manifiesta que en el ejercicio de su profesión realizó "actos de defensa de la señora Sonia
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MARIA NANCY y GERARDO ANTONIO GRAJALES POSSO Trejos Aguilar", quien también fue condenada en el fallo contra el cual se dirige la acción de revisión, circunstancia que constituye causal de impedimento conforme a lo dispuesto en Código de Procedimiento Penal. CONSIDERACIONES DE LA SALA Dado que el asunto cuya revisión se promueve fue gobernado por la Ley 600 de 2000, encuentra la Corte que en el artículo 99-6 de dicha legislación se dispone como causal de impedimento "que el funcionario haya sido apoderado o defensor de alguno de los sujetos procesales". Como en este caso el Conjuez manifiesta que realizó actos de defensa en favor de una de las sentenciadas, diversa
de quienes adelantan esta acción, es evidente que se encuentra en la referida causal y, por tanto, se impone aceptar su declaración. De conformidad con lo anterior, el Conjuez Mauricio Pava debe ser separado del conocimiento del caso, sin que sea necesaria la designación de su reemplazo, toda vez que el número de miembros de la Sala supera el mínimo requerido para que haya quórum decisorio. Por lo expuesto, la Sala integrada por Magistrados y Conjueces de la Corte Suprema de Justicia, 2 •
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MARÍA NANCY y GERARDO ANTONIO GRAJALES POSSO RESUELVE ACEPTAR el impedimento declarado por el Conjuez Mauricio Pava Lugo y, en consecuencia, separarlo del conocimiento de este asunto.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
F NCISCO ACUÑA VIZCAYA
LU ANTONIO— I-MRNARBO
PATRICIA SALAZ~VELL
GULO GONZ
3
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VICA
MARÍA NANCY y GERARDO ANTONIO GRAJALES POSSO
EXCUSA JUSTIFICADA
ALFONSO CADAVID QUINTERO
Conjuez /29')/r
JO E ENRIQ CÓ OBA PO DA Conj ez
ABEL D O GONZ EZ SALAZAR Con ez
A ERTC»,SUÁREi SÁNCHEZ
Conjuez
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria 4