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CSJ - ATC1771-2026

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - ATC1771-2026
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2026

ATC1771-2026 Radicación n°. 05001-22-10-000-2026-00250-01

Bogotá, D. C., catorce (14) de julio de dos mil veintiséis (2026).

1. El Magistrado Juan Carlos Sosa Londoño declaró estar impedido para conocer la segunda instancia de la acción de tutela promovida por Alejandro Valencia Alcaraz contra el Juzgado Segundo de Familia de Oralidad de Envigado, trámite al que se vinculó al Defensor de Familia y al Agente del Ministerio Público adscritos a ese despacho, así como también a las demás partes intervinientes en el proceso de radicado 2023-00343-00, porque la sentencia fue proferida «por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Medellín, donde intervino como Revisora [su] compañera permanente, Magistrada

Luz Dary Sánchez Taborda».

2. Examinado el caso, se observa que, en efecto, la precitada funcionaria suscribió la referida sentencia, lo cual, dado el lazo marital invocado por el Magistrado de esta Sala, se enmarca en la causal contemplada en el numeral 6º del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, aplicable a estos asuntos constitucionales por remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991.

Firmado electrónicamente por: Francisco Ternera Barrios - Magistrado Fecha: 2026-07-14 Código de verificación: 8C6A7DBA42B9EAA25D073CFE8C112F9B91CEE68677814EC80577C111DA4D3626

Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999Radicación n°. 05001-22-10-000-2026-00250-01

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DECISIÓN

En mérito de lo expuesto, se RESUELVE: ACEPTAR la declaración de impedimento del Magistrado Juan Carlos Sosa Londoño para separarse del conocimiento de la presente acción constitucional. Notificada esta decisión, devuélvase el expediente al Despacho del Magistrado Ponente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

FRANCISCO TERNERA BARRIOS

Magistrado

Firmado electrónicamente por: Francisco Ternera Barrios - Magistrado Fecha: 2026-07-14 Código de verificación: 8C6A7DBA42B9EAA25D073CFE8C112F9B91CEE68677814EC80577C111DA4D3626

Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999

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