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CSJ - ATC287-2020

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - ATC287-2020
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2020

JORGE FORERO SILVA

Conjuez Ponente ATC287-2020 Radicación No 11001-02-04-000-2019-02231-01 (Aprobado en sesión de nueve de marzo dos mil veinte) Bogotá D. C., nueve (9) de marzo de dos mil veinte (2020).- Procede la Sala a resolver los impedimentos manifestados por los Honorables Magistrados Álvaro Fernando García Restrepo, Ariel Salazar Ramírez, Luis Armando Tolosa Villabona, Luis Alonso Rico Puerta, Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo y Octavio Augusto Tejeiro Duque para apartarse del trámite dentro de la Acción de Tutela presentada por el señor JUAN CARLOS MALDONADO ARIAS contra la SALA DE CASACION CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA y OTROS, toda vez que se encuentran incursos en el artículo 56 numeral 6 del Código de Procedimiento Penal. ANTECEDENTES El accionante JUAN CARLOS MALDONADO ARIASRadicación N° 11001-02-04-000-2019-02231-01 instauró acción de tutela contra las Salas de Casación Civil y Laboral de la Corte Suprema de Justicia, la cual fue resuelta en sentencia proferida el día 3 de Diciembre de 2019 por la Sala de Decisión de Tutelas de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, la cual se impugnó, por haberse denegado la acción de amparo constitucional, cuyo recurso de alzada fue concedido por medio de auto de fecha Enero 14 de 2020.

Suprema de Justicia, la cual se impugnó, por haberse denegado la acción de amparo constitucional, cuyo recurso de alzada fue concedido por medio de auto de fecha Enero 14 de 2020. El expediente es remitido a la Sala de Casación Civil de la Honorable Corte Suprema de Justicia, para resolver el recurso de apelación, habiéndose declarado impedidos los Honorables Magistrados Álvaro Fernando García Restrepo, Ariel Salazar Ramírez, Luis Armando Tolosa Villabona, Luis Alonso Rico Puerta, Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo y Octavio Augusto Tejeiro Duque, por haber participado en la Sentencia STC9511 del 18 de Julio de 2019, que incide en la acción de tutela que ha sido denegada, y que es objeto del recurso de apelación que ahora ha de decidirse. Los motivos de impedimento garantizan e l principio de la imparcialidad, por lo que le asiste razón a los Magistrados de la Sala para apartarse del conocimiento y decisión del recurso de apelación interpuesto, razón por la cual aquellos se aceptarán.

DECISION

En mérito de lo expuesto, la Sala resuelve: 2Radicación N° 11001-02-04-000-2019-02231-01 Aceptar los impedimentos manifestados por los Honorables Magistrados Álvaro Fernando García Restrepo, Ariel Salazar Ramírez, Luis Armando Tolosa Villabona, Luis Alonso Rico Puerta, Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo y Octavio Augusto Tejeiro Duque, para conocer del recurso de apelación contra la sentencia calendada el 3 de Diciembre de 2019, proferida por la

Rico Puerta, Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo y Octavio Augusto Tejeiro Duque, para conocer del recurso de apelación contra la sentencia calendada el 3 de Diciembre de 2019, proferida por la Sala de Decisión de Tutelas de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE

JORGE FORERO SILVA

Conjuez Ponente

ALVARO BARRERO BUITRAGO

Conjuez

GABRIEL HERNÁNDEZ VILLARREAL

Conjuez 3Radicación N° 11001-02-04-000-2019-02231-01

GUILLERMO MONTOYA PEREZ

Conjuez

JORGE ERNESTO OVIEDO ALBAN

Conjuez

JOSE HELVERT RAMOS NOCUA

Conjuez 4

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