CSJ - ATC382-2025
Detalles
- Título
- CSJ - ATC382-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2025
ULISES CANOSA SUÁREZ
Conjuez Ponente ATC382-2025 Radicado N.º 11001-22-10-000-2024-01709-01 (Aprobado en sesión virtual de tres de marzo de dos mil veinticinco) Bogotá D.C., cinco (05) de marzo de dos mil veinticinco (2025) 1.- Procede la Sala a decidir los impedimentos presentados por los magistrados OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE , FRANCISCO TERNERA BARRIOS , HILDA GONZÁLEZ NEIRA , MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ y FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA, para conocer de la tutela instaurada por DIEGO FERNANDO GÓMEZ GONZÁLEZ contra el Juzgado Primero de Familia de Bogotá. 2.- Invocan como causales las de los numerales 4º y 6º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal 1, aplicable en materia de tutelas en virtud de la remisión d el artículo 39 del Decreto 2591 de 19912. 3.- Efectivamente la tutela involucra lo resuelto por la Corte en la sentencia STC11038-2024, Radicado 2024 -00627-02, donde se profirió sentencia el 28 de agosto de 2024, con ponencia 1 Norma que, en lo relevante, dispone como motivos de apartamiento: “4. Que el funcionario judicial haya (...) manifestado su opinión sobre el asunto materia del proceso” y “6. Que (...) hubiere participado dentro del proceso(..)”. 1 Norma que, en lo relevante, dispone como motivos de apartamiento: “4. Que el funcionario judicial haya (...) manifestado su opinión sobre el asunto materia del proceso” y “6. Que (...) hubiere participado dentro del proceso(..)”. 2 Precepto que, a su turno, previene: “[e]l juez deberá declararse impedido cuando concurran las causales de impedimento del Código de Procedimiento Penal...”.Rad. N.º 11001-22-10-000-2024-01709-01 2 del Magistrado FRANCISCO TERNERA BARRIOS y la participación de los Magistrados FERNANDO AUGUSTO
JIMÉNEZ VALDERRAMA, HILDA GONZÁLEZ NEIRA, MARTHA
PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ y OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO
DUQUE. 4.- En esta medida , por estructurarse las ca usales de impedimento, procede su aceptación. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Conjueces, resuelve, 1.- ACEPTAR los impedimentos presentados por los
Magistrados OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE ,
FRANCISCO TERNERA BARRIOS , HILDA GONZÁLEZ NEIRA ,
MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ y FERNANDO
AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA. 2.- Ejecutoriada esta decisión, continuará el trámite respectivo.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
ULISES CANOSA SUÁREZ
Conjuez Ponente
JOSÉ ALBERTO GAITÁN MARTÍNEZ respectivo.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
ULISES CANOSA SUÁREZ
Conjuez Ponente
JOSÉ ALBERTO GAITÁN MARTÍNEZ
ConjuezRad. N.º 11001-22-10-000-2024-01709-01 3
JUANA LAURA VICTORIA GARCÍA MATAMOROS
Conjuez
JOHN FREDY IBÁÑEZ DÍAZ
Conjuez
SELENE PIEDAD MONTOYA CHACÓN
Conjuez