🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - ATL1361-2024

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - ATL1361-2024
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2024

SCLAJPT-11 V.00

CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente ATL1361-2024 Radicado n.° 108191 Acta 26 Bogotá D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil veinticuatro (2024). JASIR CASTRO ZAPATA interpuso acción de tutela contra la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA , la CÁMARA DE REPRESENTANTES y el SENADO DE LA REPÚBLICA , con el fin de lograr la protección de sus garantías superiores, presuntamente vulneradas por las encausadas. Para respaldar su solicitud de resguardo, afirmó que el nombramiento del Fiscal General de la Nación debió llevarse a cabo por esta Corporación el 22 de febrero de 2024, sin que a la fecha de presentación de la tutela se hubiese realizado, lo cual, a su juicio, transgredió las prerrogativas invocadas. Asimismo, requirió que, como medida tendiente a protegerlas, se ordenara el nombramiento inmediato de tal funcionario, a fin de evitar «dejarlo en interinidad », pues los funcionarios encargados no adquierenRadicado n.° 108191 SCLAJPT-11 V.00 «amplia facultad para determinar y ordenar acciones legales y de obligatorio cumplimiento». Adicionalmente, solicitó se exhortara al Congreso de la República a que adicione «un parágrafo [sic] artículo 29 de la ley 270 de 1996, donde,

obligatorio cumplimiento». Adicionalmente, solicitó se exhortara al Congreso de la República a que adicione «un parágrafo [sic] artículo 29 de la ley 270 de 1996, donde, donde [sic] ordenen a las cortes [sic] constitucional [sic], que al momento de presentar la terna el presidente de Colombia, para elegir fiscal lo deberá realizar un mes ante[s], de que se le venza el periodo al fiscal elegido saliente». El conocimiento del asunto en primera instancia le correspondió a la homóloga Civil, autoridad que, a través de Sala de Conjueces y mediante providencia CSJ STC7596-2024 de 20 de junio de 2024, negó el amparo por estimar que se configuró carencia actual de objeto por hecho superado, en atención al «informe de la Presidencia de la Corte allegado a este proceso, el 12 de marzo de 2024 se produjo la elección de Fiscal General de la Nación». Inconforme con la anterior decisión, el promotor impugnó la decisión, al estimar que debió accederse a su solicitud de exhortar al Congreso de la República «para que legisle ordenando a la corte suprema de justicia que deberá elegir fiscal en un tiempo determinado, exacto, no como vienen haciendo en los últimos 20 años que la corte suprema de justicia lo elijen cuando ellos quieran cuando el t[é]rmino del fiscal son 4 años […]». Conforme lo anterior y considerando que, en el abordado asunto, los suscritos magistrados de esta Corporación hicimos parte de los nominadores del Fiscal General de la Nación y, atendiendo de forma

años […]». Conforme lo anterior y considerando que, en el abordado asunto, los suscritos magistrados de esta Corporación hicimos parte de los nominadores del Fiscal General de la Nación y, atendiendo de forma particular el reproche que formuló el accionante en el escrito de 2Radicado n.° 108191 SCLAJPT-11 V.00 impugnación, estamos incursos en causal de impedimento de conformidad con lo previsto en el numeral 6.° del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, aplicable por analogía al trámite de la acción de tutela. Por consiguiente, se ordena que por presidencia se disponga el sorteo de conjueces respectivo para decidir el asunto, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 del reglamento interno de la sala especializada.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Presidenta de la Sala

LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ

IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ

CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA

3Radicado n.° 108191

SCLAJPT-11 V.00

OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR

4

Consultar sobre este documento ...