CSJ - ATL192-2021
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - ATL192-2021
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2021
SCLAJPT-12 V.00
GERARDO BOTERO ZULUAGA
ATL192-2021 Tutela n° 91729 Bogotá D.C., once (11) de febrero de dos mil veintiuno (2021). Los suscritos magistrados integrantes de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, nos declaramos impedidos para decidir la presente impugnación de tutela, promovida por BANCOLOMBIA S.A. contra la SALA CIVIL – FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA, con fundamento en la causal consagrada en el numeral 6° del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, aplicable al presente asunto de conformidad con lo normado por el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991. Lo anterior, por cuanto se advierte, que estamos incursos en la causal de impedimento aludida, por integrar la Sala de Decisión de tutela, en la que se abordó lo referente al estudio de razonabilidad de la decisión emitida por la autoridad judicial convocada, al interior del proceso objetoRadicación n.° 91729 SCLAJPT-12 V.00 de debate (CSJ STL10010-2020), temática que es precisamente la que se pone de presente en esta acción constitucional. Conforme lo anterior, se dispone remitir el expediente a la Presidencia de la Sala, a fin de que se lleve a cabo el correspondiente sorteo de conjueces, para que se integre debidamente la misma y se proceda a emitir la sentencia que resuelva la presente acción.
a la Presidencia de la Sala, a fin de que se lleve a cabo el correspondiente sorteo de conjueces, para que se integre debidamente la misma y se proceda a emitir la sentencia que resuelva la presente acción. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral RESUELVE PRIMERO: DISPONER que por Presidencia de la Sala, se realice el correspondiente sorteo de conjueces, a fin de que se integre la Sala de Decisión, en virtud de los impedimentos presentados por la totalidad de los magistrados.
SEGUNDO: COMUNICAR esta determinación conforme lo dispone el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991, por el medio más expedito.
Notifíquese y Cúmplase, 2Radicación n.° 91729
SCLAJPT-12 V.00
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Presidente de la Sala
GERARDO BOTERO ZULUAGA
FERNANDO CASTILLO CADENA
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
3Radicación n.° 91729
SCLAJPT-12 V.00
LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ
JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN
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