🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - ATL192-2021

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - ATL192-2021
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2021

SCLAJPT-12 V.00

GERARDO BOTERO ZULUAGA

ATL192-2021 Tutela n° 91729 Bogotá D.C., once (11) de febrero de dos mil veintiuno (2021). Los suscritos magistrados integrantes de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, nos declaramos impedidos para decidir la presente impugnación de tutela, promovida por BANCOLOMBIA S.A. contra la SALA CIVIL – FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA, con fundamento en la causal consagrada en el numeral 6° del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, aplicable al presente asunto de conformidad con lo normado por el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991. Lo anterior, por cuanto se advierte, que estamos incursos en la causal de impedimento aludida, por integrar la Sala de Decisión de tutela, en la que se abordó lo referente al estudio de razonabilidad de la decisión emitida por la autoridad judicial convocada, al interior del proceso objetoRadicación n.° 91729 SCLAJPT-12 V.00 de debate (CSJ STL10010-2020), temática que es precisamente la que se pone de presente en esta acción constitucional. Conforme lo anterior, se dispone remitir el expediente a la Presidencia de la Sala, a fin de que se lleve a cabo el correspondiente sorteo de conjueces, para que se integre debidamente la misma y se proceda a emitir la sentencia que resuelva la presente acción.

a la Presidencia de la Sala, a fin de que se lleve a cabo el correspondiente sorteo de conjueces, para que se integre debidamente la misma y se proceda a emitir la sentencia que resuelva la presente acción. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral RESUELVE PRIMERO: DISPONER que por Presidencia de la Sala, se realice el correspondiente sorteo de conjueces, a fin de que se integre la Sala de Decisión, en virtud de los impedimentos presentados por la totalidad de los magistrados.

SEGUNDO: COMUNICAR esta determinación conforme lo dispone el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991, por el medio más expedito.

Notifíquese y Cúmplase, 2Radicación n.° 91729

SCLAJPT-12 V.00

OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Presidente de la Sala

GERARDO BOTERO ZULUAGA

FERNANDO CASTILLO CADENA

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

3Radicación n.° 91729

SCLAJPT-12 V.00

LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ

IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ

JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN

4

Consultar sobre este documento ...