CSJ - ATL2019-2024
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - ATL2019-2024
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2024
SCLAJPT-01 V.00
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ Magistrado ponente ATL2019-2024 Radicación n.°108201 Acta 42 Bogotá D.C., trece (13) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024). La Sala se pronuncia sobre la irregularidad que advierte en el trámite de impugnación que SANDRA ROCÍO CALLE MORA interpuso contra el fallo que la homóloga Sala de Casación Civil de esta Corporación profirió el 6 de marzo de 2024, en el trámite de la acción de tutela que la recurrente promovió contra la SALA CIVIL ESPECIALIZADA EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE
CÚCUTA.
I. ANTECEDENTES La accionante, en síntesis, censuró la decisión de la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cúcuta, toda vez que ordenó restituir un predio diferente al que solicitó en la demanda de tierras denominado «mis delirios», del cual es propietaria y alRadicación n.°108201
SCLAJPT-01 V.00 que desea regresar para trabajar la tierra y dejar de emplearse al jornal en otros predios. Surtido el trámite pertinente, en Sala de discusión de 31 de julio de 2024, el despacho ponente presentó proyecto de decisión, no obstante, algunos magistrados integrantes de la Sala estuvieron en descuerdo con el mismo, razón por la cual manifestaron que suscribirían la decisión con salvamento de voto. Sin embargo y por error en las cargas de proyectos y manejo
algunos magistrados integrantes de la Sala estuvieron en descuerdo con el mismo, razón por la cual manifestaron que suscribirían la decisión con salvamento de voto. Sin embargo y por error en las cargas de proyectos y manejo digital, el 16 de octubre de 2024 se notificó el proyecto de ponencia que fue inicialmente propuesto a la Sala respecto del cual no hubo consenso, cuando lo que debió ocurrir fue la realización de sorteo de conjueces para su respectiva discusión.
II. CONSIDERACIONES Siendo claro que la notificación efectuada por la secretaría de la Sala recayó sobre un proyecto de ponencia que no corresponde al que la mayoría de sus integrantes aprobó, se impone enmendar dicho error, dejándose sin efectos tal providencia, junto con las actuaciones adelantas con posterioridad, incluido el acto de notificación. Como en otros casos así lo ha dispuesto esta Sala (STL10911-2022, STL10912-2022 y STL3192023).
En su lugar y en vista de que en este caso no existe quorum para dictar la sentencia de segunda instancia que en derecho corresponde, se ordenará a la Secretaría de la Sala que realice sorteo de dos (2) conjueces correspondientes. Una vez efectuado lo anterior, remítase el expediente al 2Radicación n.°108201 SCLAJPT-01 V.00 despacho ponente para continuar con el trámite que legalmente corresponde.
III. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,
RESUELVE:
corresponde.
III. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, RESUELVE: PRIMERO: DEJAR SIN EFECTOS la providencia identificada como STL1302-2024, notificada el 16 de octubre de 2024 y las actuaciones posteriores, incluido el acto de notificación.
SEGUNDO: ORDENAR a la Secretaría de la Sala de Casación Laboral que realice sorteo de dos (2) conjueces correspondientes. Una vez efectuado lo anterior, remítase el expediente al despacho ponente para continuar con el trámite que legalmente corresponde.
TERCERO: por la secretaría de la Sala háganse las anotaciones de rigor.
Notifíquese, publíquese y cúmplase. MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Presidenta de la Sala
3Radicación n.°108201
SCLAJPT-01 V.00
LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ
CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR
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