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CSJ - ATP1279-2020

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - ATP1279-2020
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2020

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente ATP1279-2020 Radicación nº 113894 Acta 271 Bogotá, D.C., quince (15) de diciembre de dos mil veinte (2020). ASUNTO Mediante auto de 1º de diciembre del año en curso1, un Magistrado de la Sala Civil remitió por competencia a esta Corporación el expediente con radicado número 11001-0203-000-2020-03324-00, en atención a que revisada la demanda de tutela advirtió que la censura del accionante se dirigía contra la Sala Penal del Tribunal Superior de San Andrés, por lo que sería la Sala de Casación Penal 1 Se allegó a través de correo electrónico el 3 de diciembre de 2020.Primera instancia 113894 MIGUEL ANGEL TORRES WILLIAMS competente para resolver de conformidad con el numeral 5º del artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 1983 de 2017. Examinada la anterior demanda, se advierte que es idéntica a la asignada a esta Sala con radicado 113894, la cual a través de proveído de 3 de diciembre de 2020 fue remitida a la Sala Civil Homóloga, precisamente porque en el desarrollo del trámite constitucional se observó que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia estaba vinculada a la tutela, así se dijo: «…se advierte que con las respuestas emitidas por los

desarrollo del trámite constitucional se observó que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia estaba vinculada a la tutela, así se dijo: «…se advierte que con las respuestas emitidas por los accionados como vinculados y con el informe rendido por la secretaría de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, es notoria la vinculación de esta Sala a la acción de tutela, en tanto que el actor específicamente censura la tardanza del Tribunal accionado en dar cumplimiento a lo ordenado por un Magistrado de la Sala de Casación Penal de esta Corporación, frente a la posibilidad de que una vez se surta la debida notificación de la decisión de condena proferida por el Tribunal de San Andrés Islas, se interpongan los recursos que proceden contra la misma. Por lo tanto, la situación descrita impone que la Sala de Casación Penal deba ser vinculada al trámite de tutela, toda vez que el accionante critica la presunta mora de la Sala Penal del Tribunal de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en dar trámite a lo ordenado en auto de 11 de mayo de 2020 por un Magistrado de esta Corporación, lo que evidencia que la Sala de Casación Penal está involucrada en la demanda incoada por el accionante». En suma, esta Sala avocó el conocimiento de la demanda y, una vez obtuvo respuestas de accionados como vinculados, se concluyó que, si bien primigeniamente la 2Primera instancia 113894 MIGUEL ANGEL TORRES WILLIAMS tutela sí era de nuestra competencia, pues se censuraba la

vinculados, se concluyó que, si bien primigeniamente la 2Primera instancia 113894 MIGUEL ANGEL TORRES WILLIAMS tutela sí era de nuestra competencia, pues se censuraba la presunta mora del Tribunal de San Andrés de dar cumplimiento a una decisión emitida por un Magistrado de esta Corporación, en orden de adoptar los correctivos en la notificación de la sentencia emitida en contra de MIGUEL ANGÉL TORRES WILLIAMS y habilitar así la interposición de recursos en contra de la providencia, se evidenció que la tardanza devino de la Secretaría de esta Sala, dependencia que en informe rendido en el trámite constitucional indicó que el auto en mención no había sino notificado el Tribunal de San Andrés, como tampoco se había devuelto el expediente a fin de que esa Corporación otorgara el respectivo trámite. Así las cosas, se ordenará remitir este expediente a la Sala de Casación Civil conforme se dispuso en auto de 3 de diciembre de 2020 por esta Sala en el radicado 113894, conforme se expuso. Infórmesele, a través de Secretaría de esta Sala, al Magistrado Ponente de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia que remitió el expediente radicado número 11001-02-03-000-2020-03324-00, lo aquí reseñado

para su conocimiento. Cúmplase 3Primera instancia 113894

MIGUEL ANGEL TORRES WILLIAMS

PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria 4

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