CSJ - ATP129-2025

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - ATP129-2025
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2025

76001220400020240135201 Tutela de Primera instancia 141901

MARIA FERNANDA CELY VARGAS

ATP129-2025 Radicación No. 141901 (Acta n.° 011)

Bogotá. D.C., veintiocho (28) de enero de dos mil veinticinco (2025).

1. El 16 de diciembre de 2024, esta Sala con ponencia del suscrito magistrado, resolvió la impugnación con radicado 141901, donde fungía como accionante Edwin

Antonio Morales Arango.

2. Mediante informe del 21 de enero de 2025, la

Secretaría de esta Sala comunicó:

El 27 de noviembre de 2024, fue recibida mediante correo electrónico la acción de tutela de segunda instancia, interpuesta por EDWIN ANTONIO MORALES ARANGO, contra el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Buga Valle, identificada c on CUI 76111220400220240063001, para resolver impugnación proveniente de la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Buga, la cual fue sometida a reparto el 28 de noviembre de 2024, correspondiéndole al Señor Magistrado DIEGO EUGENIO CORRED OR BELTRÁN, bajo el número interno 141895 y secuencia de acta 8959. De acuerdo con el aplicativo ESAV, el 12 de diciembre del año precedente, la76001220400020240135201 Tutela de Primera instancia 141901

MARIA FERNANDA CELY VARGAS

2 sala resolvió modificar el fallo impugnado, para en su lugar, ante

Tutela de Primera instancia 141901

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2 sala resolvió modificar el fallo impugnado, para en su lugar, ante la ausencia de vulneración por parte de la autoridad accionada, negar el amparo deprecado.

La decisión en cita fue notificada el 15 de enero de 2025 al accionante, accionados y demás vinculados, y dando cumplimiento al numeral segundo de la decisión de segunda instancia se procedió a remitir el expediente a la Corte Constitucional el día 15 de enero de la presente anualidad. Con Este trámite no se presenta inconveniente alguno.

Sin embargo, en aquella fecha, 27 de noviembre de 2024, también se recibió de manera electrónica la acción de tutela de segunda instancia interpuesta por MARIA FERNANDA CELY VARGAS, contra Juzgado Quinto Penal Del Circuito de Cali y otros, identificada con CUI 76001220400020240135201, para resolver impugnación procedente de Sala Penal Del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali, la cual fue sometida a reparto el mismo día, 28 de noviembre de 2024, correspondiéndole al Señor Magistrado JORGE HERNÁN DÍ AZ SOTO, bajo el número interno 141901 y secuencia de acta 8964. De acuerdo con el aplicativo ESAV, el 16 de diciembre del 2024, la Sala resolvió confirmar el fallo impugnado.

Para notificar este fallo – 141901-, fue compartido a la colaboradora Yasmin Rugeles Cuéllar, quien previo al hacer el proceso de comunicaciones y al cotejar la sentencia con el

Para notificar este fallo – 141901-, fue compartido a la colaboradora Yasmin Rugeles Cuéllar, quien previo al hacer el proceso de comunicaciones y al cotejar la sentencia con el expediente digital alojado en ESAV y compartido por ese mismo medio al Despach o, pudo establecer que el número CUI no coincidía con la documentación anexa, por lo que al revisar los dos radicados referenciados, constató que pese a que fueron ingresados correctamente los sujetos tanto accionantes como accionados a ESAV, debido a un e rror no advertido por la colaboradora Yury Milena Grast Ramírez, al momento de radicar, efectuar el reparto automático por dicha plataforma, y cargar en la misma los expedientes digitalizados, se cargaron los documentos que corresponden a la impugnación CUI 76111220400220240063001 (NI 141895 M.P. DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN ), accionante EDWIN ANTONIO MORALES ARANGO y obviando el cargue del proceso que corresponde a la correcta IMPUGNACIÓN TUTELA N.º INTERNO 141901, (CUI. 76001220400020240135201), accionante MARIA

FERNANDA CELY VARGAS.

Al percatarse la Secretaría de la inconsistencia, se suspendió el proceso de notificación y en la fecha se devuelve al Despacho para lo que corresponda ordenar (resalta la Sala).76001220400020240135201 Tutela de Primera instancia 141901

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3. En este sentido, con el fin de subsanar las irregularidades que se presentaron en el trámite del reparto

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3. En este sentido, con el fin de subsanar las irregularidades que se presentaron en el trámite del reparto y el cargue del expediente, se DECLARARÁ LA NULIDAD de la decisión del 16 de diciembre de 2024, por medio de la cual esta Sala de Decisión de Tutelas profirió pronunciamiento de fondo dentro de la tutela de segunda instancia 141901.

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