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CSJ - ATP206-2021

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - ATP206-2021
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2021

PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada ponente ATP206-2021 Radicación N°. 115137 Acta 31 Bogotá, D. C., dieciséis (16) de febrero de dos mil veintiuno (2021). VISTOS Sería del caso que la Sala conociera la demanda de tutela instaurada por JUAN MANUEL HENAO CARDONA contra la Homóloga SALA DE CASACIÓN LABORAL , por la supuesta vulneración de sus derechos fundamentales, si no se observara que no es necesaria su integración al contradictorio, pues en nada la comprometen los hechos objeto de la tutela.Tutela 1ª Instancia Radicación N°. 115137

JUAN MANUEL HENAO CARDONA

ANTECEDENTES

1. JUAN MANUEL HENAO CARDONA afirma que instauró demanda ordinaria laboral contra COLPENSIONES para obtener el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes, la cual le correspondió al Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Bogotá, bajo radicado No. 110013105008-2017-0066800.

2. El 18 de septiembre de 2019, el Juzgado neg ó las pretensiones de la demanda. Por lo anterior, JUAN MANUEL HENAO CARDONA hizo uso del recurso de apelación.

3. El 30 de septiembre del año 2020, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en resolución del recurso de alzada, confirmó integralmente la sentencia de primera instancia.

Informa que no hizo uso del recurso extraordinario de

3. El 30 de septiembre del año 2020, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en resolución del recurso de alzada, confirmó integralmente la sentencia de primera instancia.

Informa que no hizo uso del recurso extraordinario de casación “debido a la falta de recursos propios”.

3. JUAN MANUEL HENAO CARDONA interpuso acción de amparo en contra de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, “por cuanto la autoridad judicial de primera y segunda instancia cometieron un desafuero y desatino al momento de negar la pensión de sobrevivientes a mi favor con ocasión al fallecimiento de mi querida esposa señora MARLENY ZAPATA”.

2Tutela 1ª Instancia Radicación N°. 115137 JUAN MANUEL HENAO CARDONA Por lo anterior, formula como pretensiones del libelo de amparo las siguientes: “Con fundamento a las pruebas, los Hechos, los fundamentos y consideraciones que he expuesto anteriormente, me permito solicitarle al Honorable Juez que me sean amparados los siguientes derechos PROTECCIÓN ESPECIAL A LAS PERSONAS DE LA TERCERA EDAD, AL MÍNIMO VITAL, A LA VIDA EN CONDICIONES DIGNAS Y A LA SEGURIDAD SOCIAL y en razón a ello, se le ordene a la entidad accionada lo siguiente: Se le ordene a la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONESCOLPENSIONES expedir un acto administrativo por medio del cual se reconozca y pague el retroactivo desde el día 4 de septiembre de 2009, fecha en la que la autoridad medica [sic]

PENSIONESCOLPENSIONES expedir un acto administrativo por medio del cual se reconozca y pague el retroactivo desde el día 4 de septiembre de 2009, fecha en la que la autoridad medica [sic] fijo [sic] la estructuracion [sic] hasta el dia [sic] en que se reconocio [sic] la pension [sic] de invalidez”. CONSIDERACIONES Se advierte que, en efecto, aunque en la demanda JUAN MANUEL HENAO CARDONA informa que la acción de tutela está dirigida contra la Homóloga Sala de Casación Laboral, ésta no ha intervenido en el proceso ordinario laboral No. 110013105008-2017-0066800 y, por ende, no se ha visto comprometida en los hechos objeto de la tutela, con lo que no resulta necesaria su vinculación al trámite. Por lo anterior, como la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá es la autoridad de mayor jerarquía que debe integrar el contradictorio por pasiva, el asunto debe ser conocido, en primera instancia, 3Tutela 1ª Instancia Radicación N°. 115137

JUAN MANUEL HENAO CARDONA

por la SALA DE CASACIÓN LABORAL DE LA CORTE

SUPREMA DE JUSTICIA.

A dicha Sala se dispondrá remitir las diligencias para lo de su cargo. En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas N° 1 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,

En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas N° 1 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE: REMITIR el expediente a la Sala de Casación Laboral de esta Corporación, para que allí se le imparta el trámite correspondiente.

CÚMPLASE

PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR

4Tutela 1ª Instancia Radicación N°. 115137

JUAN MANUEL HENAO CARDONA

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria 5

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