🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - ATP2262-2024

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - ATP2262-2024
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2024

GERARDO BARBOSA CASTILLO

Magistrado Ponente ATP2262-2024 Tutela de 1ra instancia No. 130176 Acta No. 268 Bogotá D. C., cinco (5) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) ASUNTO Procede la Sala a verificar la posibilidad de dar apertura al incidente de desacato promovido por JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ por el presunto incumplimiento, por parte de los secretarios de las Salas de Casación Civil y Penal de la Corte Suprema de Justicia, del fallo de tutela STP5779-2023 proferido por esta Sala el 16 de mayo de 2023.

ANTECEDENTESCUI 11001023000020230040400

Tutela 1° Instancia No. 130176

JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ

1. JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ promovió acción de tutela en aras de cuestionar lo resuelto en el proceso ordinario laboral 11001310500320070071701 y en las acciones de la misma naturaleza 11001023000020220092700, 11001020500020140104100, 11001020500020160012400, 100102300020160019700, 11001023000201600168500, 11001020400020170109400 y 11001020400020170159900, de las que conocieron en primera o en segunda instancia las Salas de Casación Civil, Laboral y Penal de esta Corporación.

Entre los reparos formulados a las acciones constitucionales relacionadas, señaló que el 11 de enero de 2023 solicitó a las Salas de

instancia las Salas de Casación Civil, Laboral y Penal de esta Corporación. Entre los reparos formulados a las acciones constitucionales relacionadas, señaló que el 11 de enero de 2023 solicitó a las Salas de Casación accionadas los oficios de notificación a los sujetos vinculados en las mismas, sin que se le hubiese ofrecido respuesta oportuna.

2. Al encontrar que las Salas de Casación Civil y Penal de la Corte no acreditaron haber dado respuesta a la referida solicitud, esta Sala de Decisión en fallo STP5779-2023 del 16 de mayo de 2023, amparó el derecho fundamental de petición de JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ y por tanto ordenó a las referidas dependencias que, a través de sus secretarías, den respuesta a dicho requerimiento.

En lo demás declaró improcedente el amparo.

3. El 21 de junio de 2023, el doctor Carlos Bernardo Cotes Mozo, Secretario de la Sala de Casación Civil de esta Corporación, informó que en esa fecha libró el oficio OSSCT No. 0470 con destino a JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ mediante el cual remitió los soportes de las notificaciones efectuadas en la acción de tutela 11001023000020220092700 promovida contra la Sala de Casación Penal.

2CUI 11001023000020230040400 Tutela 1° Instancia No. 130176

JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ

4. Por su parte, la doctora Nubia Yolanda Nova García, Secretaria de la Sala de Casación Penal allegó la comunicación enviada en esa misma fecha al accionante, a quien además de remitirle los enlaces de los trámites

4. Por su parte, la doctora Nubia Yolanda Nova García, Secretaria de la Sala de Casación Penal allegó la comunicación enviada en esa misma fecha al accionante, a quien además de remitirle los enlaces de los trámites de tutela conocidos por la Sala (en los que obran los oficios de notificación requeridos), detalló las partes que fueron vinculadas en cada una de ellas.

5. En memorial del pasado 18 de octubre, JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ solicitó a la Sala la apertura de un incidente de desacato al asegurar que las autoridades convocadas no han dado cumplimiento al fallo de tutela.

CONSIDERACIONES El artículo 27 del Decreto 2591 de 1991 consagra el instituto del desacato, que autoriza al juez de tutela imponer sanciones a quien no se allana a cumplir la orden de amparo conforme a lo mandado, hasta que la cumpla. Conforme a ello, el juez «debe verificar si efectivamente se incumplió la orden de tutela impartida y, de ser así, tiene que determinar si el mismo fue total o parcial, identificando las razones por las cuales se produjo, con el fin de establecer las medidas necesarias para proteger efectivamente el derecho y si existió responsabilidad subjetiva de la persona obligada. Finalmente, si la encontrare probada deberá imponer la sanción adecuada, proporcionada y razonable en relación con los hechos». El propósito de la sanción es lograr el cumplimiento efectivo de la orden de tutela pendiente de ser ejecutada. Por lo anterior, cuando en el

probada deberá imponer la sanción adecuada, proporcionada y razonable en relación con los hechos». El propósito de la sanción es lograr el cumplimiento efectivo de la orden de tutela pendiente de ser ejecutada. Por lo anterior, cuando en el curso del incidente de desacato el accionado se allana a cumplir la orden impartida, opera el fenómeno de la carencia actual de objeto y no hay lugar a su imposición1. 1 Corte Constitucional, Sentencia SU 034 de 2018. 3CUI 11001023000020230040400 Tutela 1° Instancia No. 130176 JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ En el presente asunto, no hay mérito para iniciar el incidente de desacato promovido por el accionante contra los secretarios de las Salas de Casación Civil y Penal de esta Corporación, por cuanto los documentos aportados revelan el obedecimiento de la orden contenida en el fallo de tutela del 16 de mayo de 2023 Para arribar a esa conclusión se debe recordar que al resolver la acción de tutela, esta Sala encontró que dichas dependencias no demostraron haber dado respuesta a la solicitud enviada por el accionante el 11 de enero de 2023 y en la que pretendió obtener los oficios de vinculación a las autoridades accionadas y demás vinculados en las acciones de tutela por él promovidas. Para demostrar el cumplimiento de la orden, el secretario de la Sala de Casación Civil remitió la captura de pantalla (de fecha 26 de junio de 2023) del correo electrónico enviado a vargasjosenelson361@gmail.com de dominio de JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ y la respectiva

de Casación Civil remitió la captura de pantalla (de fecha 26 de junio de 2023) del correo electrónico enviado a vargasjosenelson361@gmail.com de dominio de JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ y la respectiva constancia de entrega, en el que consta el envío en formato pdf de los soportes correspondientes a las notificaciones libradas en la acción de tutela 11001023000020220092700 que promovió en contra de la Sala de Casación Penal. Por su parte, la Secretaría de la Sala de Casación Penal informó que para dar cumplimiento a la orden de tutela, que se refiere a suministrar información en relación con tramites de la misma naturaleza que datan de los años 2016 y 2017 y que reposaban en el archivo de la Corporación, procedió a su desarchivo, digitalización y envío de los soportes requeridos a la cuenta de correo electrónico vargasnelson361@gmail.com de dominio del accionante, quien acusó recibido de los mismos. 4CUI 11001023000020230040400 Tutela 1° Instancia No. 130176 JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ En forma concreta, con oficio del 23 de junio de 2023, la titular de dicha dependencia relacionó al accionante los trámites de tutela de su interés que ha conocido la Corporación en primera instancia, las autoridades accionadas, demás vinculados en queda uno de ellos y los oficios de notificación respectivos: Radicado 110010204000201600671 Número Interno 85332 Ponente José Luis Barceló Camacho Vinculados Sala de Casación Laboral Radicado 11001020400020170599 Número Interno 94395

oficios de notificación respectivos: Radicado 110010204000201600671 Número Interno 85332 Ponente José Luis Barceló Camacho Vinculados Sala de Casación Laboral Radicado 11001020400020170599 Número Interno 94395 Ponente Luis Guillermo Salazar Otero Vinculados Sala de Casación Laboral, Sala de Descongestión Laboral Tribunal Superior de Bogotá, Juzgado 1° Laboral del Circuito de Descongestión de la misma ciudad y partes e intervinientes en el proceso laboral 11001310500320070071701. Radicado 110010204000201700630 Número Interno 91705 Ponente Eyder Patiño Cabrera Vinculados Sala de Casación Laboral y su Secretaría Radicado 110010230000201600185 Número Interno 87515 Ponente Eugenio Fernández Carlier Vinculados Salas de Casación Civil, Penal y Laboral, partes e intervinientes en el proceso laboral 11001310500320070071701 y en el trámite de tutela 110010204000201600671. 5CUI 11001023000020230040400 Tutela 1° Instancia No. 130176

JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ Radicado 11001020400201701094

Número Interno 93094 Ponente Luis Antonio Hernández Barbosa Vinculados Sala de Casación Laboral, su Secretaría, presidente del Consejo Superior de la Judicatura y las partes e intervinientes en el proceso

laboral 11001310500320070071701. Radicado 110010204000201800450 Número Interno 97468 Ponente José Francisco Acuña Vizcaya Vinculados Sala de Casación Laboral y Sala de Descongestión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá. En dicha respuesta la Secretaría aclaró al accionante que los oficios de vinculación se libraron en estricto cumplimiento a lo que fue ordenado por los Ponentes y a la misma fueron aportados los expedientes de tutela escaneados, en los que obran, entre otras, las constancias de notificación requeridas por el accionante. Lo expuesto lleva a concluir que las Secretarías de las Salas de Casación Civil y Penal dieron cumplimiento a la orden de tutela que les fue impartida, pues demostraron haber emitido respuesta de fondo y concreta a las solicitudes elevadas por el accionante relacionadas con el suministro de los soportes de notificación a las partes vinculadas en las acciones constitucionales a su cargo. No sobra precisar que, al radicar el memorial del desacato, JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ se limitó a indicar que las autoridades convocadas no han dado cumplimiento a la orden de tutela proferida a su favor, sin explicar por qué las respuestas suministradas no satisficieron sus requerimientos. En todo caso, como se vio, aquellas demostraron haberle 6CUI 11001023000020230040400 Tutela 1° Instancia No. 130176 JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ hecho entrega de los oficios de vinculación en cada acción constitucional a su cargo.

En las anotadas condiciones, la Sala se abstendrá de dar inicio al

Tutela 1° Instancia No. 130176 JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ hecho entrega de los oficios de vinculación en cada acción constitucional a su cargo.

En las anotadas condiciones, la Sala se abstendrá de dar inicio al incidente de desacato promovido contra los Secretarios de las Salas de Casación Civil y Penal de esta Corte, al constatarse el cumplimiento de la orden de tutela proferida el 16 de mayo de 2023. Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE

CASACIÓN PENAL – EN SALA DE DECISIÓN DE ACCIONES DE

TUTELA No 2, RESUELVE PRIMERO: ABSTENERSE de dar trámite al incidente de desacato propuesto por JOSÉ NELSON VARGAS GÓMEZ por las razones anotadas en precedencia.

SEGUNDO: Ordenar el archivo de las diligencias.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

7

Consultar sobre este documento ...