CSJ - ATP946-2020
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - ATP946-2020
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2020
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA Magistrado ponente ATP946-2020 Radicación # 111859 Acta 169 Bogotá, D.C., dieciocho (18) de agosto de dos mil veinte (2020).
VISTOS: Se resuelve el impedimento expresado por un Magistrado de la Sala, quien invocó la causal 4ª del artículo 56 de la Ley 906 de 2004.
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES:
1. El Magistrado Hugo Quintero Bernate declaró su impedimento para conocer la impugnación de la acción deTUTELA 111859
ROBERTO JORGE RIGONI tutela promovida por el apoderado judicial del ciudadano argentino ROBERTO JORGE RIGONI contra la Fiscalía General de la Nación, la Fiscalía 13 Especializada adscrita a la Unidad contra el Crimen Organizado –DECOCy el Ministerio de Relaciones Exteriores , aduciendo la concurrencia de la causal 4ª del artículo 56 de la Ley 906 de 2004. Para el efecto, señaló que actuó como contraparte del accionante, representando los intereses de la compañía Sicim Colombia en el proceso penal 201200027 seguido en contra de éste, por la Fiscalía 13 Especializada DECOC.
2. La causal de impedimento invocada es la prevista en el numeral 4º del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, la cual se presenta cuando el funcionario judicial «(…) haya sido apoderado o defensor de alguna de las partes, o sea o haya sido contraparte de cualquiera de ellos, o haya dado consejo
se presenta cuando el funcionario judicial «(…) haya sido apoderado o defensor de alguna de las partes, o sea o haya sido contraparte de cualquiera de ellos, o haya dado consejo o manifestado su opinión sobre el asunto materia del proceso.» En el presente asunto, la parte actora pretende que por la vía constitucional, se ordene la cancelación o el desistimiento del pedido de extradición que pesa respecto de su representado, originado en la investigación 2012-00027 que adelanta la Fiscalía 13 Especializada DECOC, por la presunta financiación de actividades terroristas al Ejército de Liberación Nacional –ELN-, a cargo del demandante, en su condición de empleado de la multinacional Sicim Colombia.
2TUTELA 111859
ROBERTO JORGE RIGONI Así, tras obtener la orden de captura en contra del demandante, la cual fue prorrogada sin lograr que éste compareciera al proceso, la Fiscalía agotó el trámite respectivo y, por ende, la Interpol emitió la circular roja A-5128/5-2019 del 8 de mayo de 2019. Al día siguiente, se materializó la detención preventiva con fines de extradición de ROBERTO JORGE RIGONI en Campana, provincia de Buenos Aires, a fin de que comparezca a juicio ante las autoridades colombianas por los delitos de concierto para delinquir y financiación del terrorismo. Es manifiesto, entonces, que el proceso penal 201200027 en el cual el Magistrado actuó como contraparte del accionante, originó el pedido en extradición que se ataca a
terrorismo. Es manifiesto, entonces, que el proceso penal 201200027 en el cual el Magistrado actuó como contraparte del accionante, originó el pedido en extradición que se ataca a través de la presente acción de tutela. Sin discusión, entonces, procede la aceptación del impedimento. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, RESUELVE: ACEPTAR el impedimento manifestado por el Magistrado Hugo Quintero Bernate.
3TUTELA 111859
ROBERTO JORGE RIGONI Contra esta decisión no proceden recursos.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
FABIO OSPITIA GARZÓN
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria 4