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CSJ - ATP991-2024

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - ATP991-2024
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2024

FERNANDO LEÓN BOLAÑOS PALACIOS Magistrado ponente ATP991-2024 Radicación n.° 136632 Aprobado según acta n.° 134 Bogotá, D.C., cuatro (04) de junio de dos mil veinticuatro (2024).

I. ASUNTO

1. Procede la Sala a decretar la nulidad del trámite surtido en segunda instancia dentro del radicado interno No. 136632, con ocasión a la duplicidad del reparto del expediente de la tutela instaurada por

YHONATAN ANDRÉS SOLÍS ÁLVAREZ.

II. ANTECEDENTESRadicación n.° 76111220400520240008901

Impugnación de tutela n.° 136632

2. El 21 de marzo de 2024, fue repartida al Despacho la impugnación de tutela identificada con el CUI 76111220400520240008901 y número interno 136632, cuyo contenido y documentos que fueron compartidos al Despacho a través del Ecosistema Digital de Acciones Virtuales “ESAV”, se relaciona con la acción instaurada por YHONATAN ANDRÉS SOLÍS ÁLVAREZ, contra el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Buga; asunto en el que la Sala Penal del Tribunal Superior de esa ciudad, dictó fallo de tutela del 22 de febrero de la corriente anualidad, que declaró la carencia actual de objeto por hecho superado respecto del amparo formulado por aquel.

3. Esta Sala de Decisión se pronunció sobre la impugnación instaurada, a través de sentencia STP4788-2024 del pasado 16 de abril,

respecto del amparo formulado por aquel.

3. Esta Sala de Decisión se pronunció sobre la impugnación instaurada, a través de sentencia STP4788-2024 del pasado 16 de abril, que resolvió confirmar el proveído confutado.

4. Mediante informe del 26 de abril de este año, la Secretaría de esta Sala, comunicó que, “debido a un error no advertido por una colaboradora” de esa dependencia, fueron cargados los documentos que correspondían a la impugnación de tutela n.° 76111220400520240008201

(NI 136288 M.P. Dr. Hugo Quintero Bernate), cuyo accionante es YHONATHAN ANDRÉS SOLÍS ÁLVAREZ y, en lugar de esto, omitió cargar los documentos que verdaderamente correspondían a las presentes diligencias, esto es, los relacionados con la impugnación de tutela de la

ciudadana JULIANA DEL PILAR PINEDA FORERO.

5. De ahí que, tal impase conllevó a que esta Sala de Decisión de Tutelas profiriera una decisión que no correspondía al radicado que le fue asignado por reparto al Despacho ponente.

2Radicación n.° 76111220400520240008901 Impugnación de tutela n.° 136632

6. A la fecha de emisión de esta providencia, no se cuentan con los documentos relacionados con la acción de tutela instaurada por JULIANA DEL PILAR PINEDA FORERO, que corresponden al CUI 76111220400520240008901 y número interno 136632, dentro de la cual, se encuentra pendiente por resolver la impugnación interpuesta por ésta,

DEL PILAR PINEDA FORERO, que corresponden al CUI 76111220400520240008901 y número interno 136632, dentro de la cual, se encuentra pendiente por resolver la impugnación interpuesta por ésta, contra el fallo de tutela dictado el 21 de marzo de 2024, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Buga.

III. CONSIDERACIONES

7. El Decreto 2591 de 1991 no establece expresamente los defectos procesales que se consideran causal de nulidad en el trámite de la acción de tutela. Ante este vacío, el juez constitucional debe aplicar el Código General del Proceso, en virtud de la remisión analógica prevista en el artículo 2.2.3.1.1.3. del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 1983 de

2017.

8. En el asunto que se analiza, se evidencia que, al Despacho que funge como ponente ciertamente le fue repartida la impugnación de tutela identificada con el CUI 76111220400520240008901 y número interno 136632, sin embargo, debido al error inadvertido por la Secretaría de esta Sala, se profirió la sentencia STP4788-2024 dentro de un asunto que no correspondía, esto es, la acción instaura por YHONATHAN ANDRÉS SOLÍS ÁLVAREZ, pues a quien en realidad le corresponde emitir eventualmente una decisión dentro de esa actuación es al despacho que regenta el Dr. Hugo Quintero Bernate1 (impugnación de tutela n.° 76111220400520240008201 NI 136288).

1 Integrante de la Sala de Tutelas No. 2 de esta Corporación.

regenta el Dr. Hugo Quintero Bernate1 (impugnación de tutela n.° 76111220400520240008201 NI 136288). 1 Integrante de la Sala de Tutelas No. 2 de esta Corporación. 3Radicación n.° 76111220400520240008901 Impugnación de tutela n.° 136632

9. Así las cosas, se constata que, debido a un error en el reparto efectuado por la Secretaría el 21 de marzo de 2024, se produjo un pronunciamiento inadecuado dentro del CUI 76111220400520240008901 y número interno 136632, que corresponde realmente a la acción instaurada por JULIANA DEL PILAR PINEDA FORERO, razón por la cual se decretará la nulidad de la sentencia STP4788-2024 del pasado 16 de abril; entre otras, para evitar la duplicidad de decisiones dentro de la tutela formulada por Yhonathan Andrés Solís Álvarez (NI. 136288).

10. En tal sentido, a efectos de decidir lo que en derecho corresponda sobre la aludida acción constitucional y como a la fecha no se cuenta con los documentos que realmente componen el expediente de tutela, se ordena que, por Secretaría de esta Sala, se alleguen los mismos en la mayor brevedad posible, dejándose las respectivas constancias y anotaciones en el Ecosistema Digital de Acciones Virtuales “ESAV”.

Por lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas No. 1 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia

IV. RESUELVE

1. DECRETAR LA NULIDAD del fallo de tutela STP4788-2024 del

Por lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas No. 1 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia

IV. RESUELVE

1. DECRETAR LA NULIDAD del fallo de tutela STP4788-2024 del 16 de abril de 2024, por las razones expuestas en precedencia.

2. Por Secretaría de esta Sala, en la mayor brevedad posible, remítase al Despacho los documentos y archivos que verdaderamente corresponden a la acción de tutela instaurada por JULIANA DEL PILAR

4Radicación n.° 76111220400520240008901 Impugnación de tutela n.° 136632 PINEDA FORERO, esto es, la identificada con CUI 76111220400520240008901 y número interno 136632. Efectúense las respectivas constancias y anotaciones en el Ecosistema Digital de Acciones Virtuales “ESAV”.

3. Comunicar la presente determinación a la accionante.

4. Contra esta decisión no proceden recursos.

Cúmplase,

FERNANDO LEÓN BOLAÑOS PALACIOS

JORGE HERNÁN DÍAZ SOTO

CARLOS ROBERTO SOLÓRZANO GARAVITO

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria 5Radicación n.° 76111220400520240008901 Impugnación de tutela n.° 136632 6

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