CSJ - CP019-2014(42833)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - CP019-2014(42833)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2014
a Bpablaa de Combi Core Spree L Astiz
" CORTE SUPREMA DE JUSTICIA”
SALA’ DE CASACIÓN PEÑAL” +
FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO Magistrado ponente e. CPOI9:2014. “ “Radicación No. 42833» - - | _ (Aprobado Acta No.40) Es Co ' Bogotá, D.C., dóce (12)d e febrero de dos mil catorce (2014).- i. Procede la Corte a emitir concepto sobre la solicitud "+ de‘extradicién del ciudadano colombiano: LEANDRO SEBASTIÁN . MONTENEGRO DELGADO, formulada por el Cobiérno de los “Estados Unidos a través. de su Embajada. RARE e Extradición No. 42833
LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DELGADO,
- ANTECEDENTES:
1. Mediante Nota Verbal No. 0625 del 18 de abril de 2013, la representación diplomática del país requirente dio a conocer que LEANDRO ¡SEBASTIÁN MONTENEGRO DELGADO es solicitado, para, ¡comparecer en juicio. “por delitos federales de narcóticos” ante la Corte del Distrito Este de Texas, donde el 27. de febrero de 2013 se le dictó la acusación
titutiva; No. 4:13 CR 38, por cuyo medio sel siguiente, imputación: . al — Cargo Uno: Concierto para poseer con la intención de fabricar y distribuir, cinco kilogramos, o más, de una sustancia “ “controlada. (cocaína), lo cual es en contra.del Titulo 21, Sección... "+5
- | 841 (a); [1):del Código “de los Estados Unidos, en violación del - “Título 21, Sección 846 del Códigode los Estados Unidos; — Cargo Dos: Concierto para: 1) importar cinco kilogramos, más, de una sustancia controlada (cocaína) a los] desde un ugar fuera de dos, Estados Unidos: Ek fabricar y dis: mbr cinco kilogramos, o más, a una sustancia " controlada (cocaína), con el conocimiento y con la intención de que dicha sustancia sería importada a los Estados Unidos, lo cual es en contra del Título 21, Sección 952 del Código de los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 960: 963. del Código de los Estados UU nidos; l = Cargo Tres: Fabricar y distribuir cinco kilogramos, o más de una sustancia “controladá: ‘(cocatna) con el conocimiento y con la :intención de que dicha sustancia. sería: “importada, a..los en violación del Titulo 21, Sección 959 del Código de los EstadosUnidos y -del Titulo’ 18; Sección.-2 del” Código de los. Estados Unidos; y Extradición No. 42833, , LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO Dee — - Cargo C( uatro: Concierto para poseer con la intención: de distribuir cinco “kilogramos, o más, “de una sustaricia controlada
(cocaína) mientras se encontraba a bordo de una embárcación sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos, lo cual es en . contra del Titulo 46, Sección 70503 (a) del Código de los
" Estados Unidos, ' en violación del Título 46, Secciones 70506 (a) y 70506 (b) del Codigo “de los Estados Unidos" y del Título 21, Sección 960 (5) (1) (B) (ii) del Código de los Estados Unidos. e a “En orden a formalizar el trámite de: extradi 10n,:8e aportaron los siguientes. documentos _ com . sú correspondiente autenticación por el Gobierno reclamante, la traduccion necesaria y su legalizacion ante el Ministerio nes Exteriores, según el Casó: 2.1. Las Notas Verbales números 0625 del 18 de abril de 2013 y 2510 del 26 de noviembre siguiente, a través de as cuales la Embajada de los Estados Unidos hizo e la | petición de extradición. - En la: primera de ellas se informó al Ministerio de “Relaciones Exteriores que LEANDRO. SEBASTIAN MONTENEGRO - DELGADO “es:ciudadano' de: Colombia; nacido el 29: de enero: a , ‘de 1876, ‘en Colombia. Es portador de la cédula-colombiana No. 79.323.686”. :
2. 2. Copia de la: acusación sustitutiva” No. 4: 13 CR’ 38 proférida el 27 de febrero de 2013 en la Corte del Distrito Este de Téxas. f i
dto o . Extradición No. 4283: LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO LA 2 3. Repróducción de las normas penales relevantes E. Nn para el presente caso. 3Par | N 24. Declaraciones juradas de ERNEST. GONZALEZ,
Fiscal Auxiliar para el Distrito Este de Texas, y “de RICHARD CLOUGH,.- Agente »Especialde la Administración para el Control de Drogas, en apoyo de la solicitud de extradición. 4 E “3. 5. Duplicado de la orden de arfesto proferida e« n la Corte del Distrito Esto de Texas contra el requerido. A+ i 6: Informe dee consulta realizada aa la Re istradúuría Nacional del Estado Civil de Colombia en relación con el : solicitado. 3.1. El Ministerio de Relaciones Exteriores remitió a la Fiscalía General de la Nación la Nota Diplomática No: 0625del.18de "abrilde 2013: procedente de: da Embajada.de los Estados Unidos, mediante la cual: se pidió + fla captura. con fines de.extradicién' de. LEANDRO: SEBASTIAN 1 “MONTENEGRO DELGADO.y ; el-ente acusador, .con -Resolución “del 5 de junio siguiente, emitió la orden respectiva.: + . 3, 2... : El-12 de octubre de 2013 fue aprehendido el - -+srequerido en Cali, a quien se identificó con, la. cédula de hudaanis No. 79. 323. 686 expedida en ls (Cauca). LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELGADS . 3.3. El Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante -. Oficio. DIAJI/GCE No. 2658 del 27 de noviembre de 2013, -- envío las, diligenciay s,la Nota Verbal No. 2510 del día anterior. al Ministerio de Justicia. y del Derecho, a.través de
la cuale l Gobierno de. los Estados Unidos formalizó la ión. de LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO Además, conceptuó que el tratado aplicable al presente Caso es “la «Convenciónde Naciones Unidas contra sel - tráfico ilícito de estupefacientes y - sustanci . psicotrópicas», suscrita en Viena el 20 de diciembre de 1 1988” - y que de conformidad con lo establecido en el artículo 6°, numerales 4° y 5°, de la precitada Convencion, asi como gún “lo artículos 491 y 496 de la Ley 906 de 2004”, es procederité obrar acorde “con”: “el ordenamiento : - colombiano: Mie En el Ministerio de Justicia y de Di € la documentación aliegada por el Gobiernosolicitante reunía los requisitos formales exigidos en la normatividad procesal penal del pais y, por ende, fue remitida a lá Córte con oficio No. OF11:3-0031384-0AI-1100 el 2 dé diciembre de 2013. 3. 5. Recibido el’ expediente, el requerido LEANDRO - SEBASTIÁN MONTENEGRO ‘DELGADO Nombró abogado' y el 16 de - “diciembre de 2013 sé “dispuso agótar ‘el término pará pedir E es Extradición i. LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELGAI - pruébas, “no obstante” como “quiera” “que éste, con la oadyuvanicia "de éu apoderado, solicitó la aplicación del trámite de la’ extradición simplificada que preve el parágrafo
19 del artículo 500 de la Ley 906 de'2004, adicionado por el artículo 70 de la Ley 1453 de 2011;s e corrió traslado de tal pretensión a lá representante del Ministerio Público: quien , por sal la apoyó. - CER Lodi ..CONCEPTO..DE. LA CORTE: , . A Aspectos previos |s obre a procedencia de la extradición: - POT ‘ E. 17. Sobre:el requisito previsto en el incisó fina articulo 35 de la Constitución Politica, modificadop,or el Acto Legislativo No. 01 del 16 de diciembre de 1997, relativo a que la entrega da requerido Uú nicamants opera, por hechos Unidos ES a. de su Embajada en Colombia y de los documentos aportados con ella, se tiene que los hechos BO LE 7 AMES y EN = 5 : Extrádición No, 4383; LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELGAD -Este.de Texas el 27.de febrero de-2013, según.los Cargos «Uno, Dos,.Tres.y-Cuatro, “desde. alguna. fecha.e n enero de - 2008:0-atrededor de-esa fecha; y. continuamentea partir de entonces,:hasta e incluido el 14-de febrero de 2013”; siendo © «del caso:mencionar :adicionalmqeuen tene:; l a declaración “i jurada’ del - Agente Especial -RICHARD' CLOUGH se:indican “similares periodos”; “de dónde -sesigue-que las conductas... Bor. ciya ejectición se-ácusó al requerido fueron cometidas
ón posteriotidad d la entrada en’ vigencia “del “Acto Legislativo No. 01 "de 1997, modificatorio del artículo 35 de ' la Constitiicion Politi E: por tañto, ño resulta hecésafio A. RE hacer. salvedad alguna al respecto.
2. Sobre el requisito relativo a que los delitos se hayan. cometido enel exterior, según .lo consagra. el, inciso > segundo. del - artículo. .35”.de la: Constitución - Política, “modificad“poor : eE: Acto “Legislativo No. 01 del16 de e En relación con tal aspecto, se tiene que en los E Cargos Uno, Dos, Tres y Cuatro que se. le atribuyen al
“Tedamádo cen la. acusación sustitutiva, No. 4:13 CR 38.5 iconefeta que: habrían:ocurrido en Colombia, México, en el Distrito-Este de Texas y en‘otros lugares: - Ea { Folios 557 a 260 dé Tac 2 Folios: -302 a 2 308. dem... Extradición No. 42833 LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DE TE a “Ei ésa medida, eri-atéhcion a lo establecido ‘por la júrisprudencia y la"doctriña como criterio pará” determinar tel Tugarde ocurrencia del delito, como-la’ etesorí a mixta o de Ja ubicuidad, conforme a: la:cual-se considera. cometido + donde se: desarrolló total.o posciamento lacacción, oenel EE donde se produjo,o debió materializarse el resultado; la Sala . encuentra,,.quelas . conductas, atribuidas a, .LEANDRO
+ SEBASTIÁN, MONTENEGRO, DELGADO en la acusación stistifi iva. E i No, 4: 13 CR 38 traspasaron. las fronteras colombianas, porJo cual se satisface la condicionante constitucional de que + a los delitos se hayan cometido en el exterior del territorio : nacional. - - E Ne Pe mao 3 sobre el requisito relativo a qué los delitos que “sirvan de fundamento'á la petide cexitróadintio n no.fengan + "el Caráctedre . politicos 6 de opinion, conforme lo:prevé el -- . inciso. tercero. del artículo. 35 de la. Constitución .Política, modificado por el Acto LegislativNoo. O1 .del:16 de diciembre de 1997: A = N [A vy Ma .. En-relación con esta exigencia, tiene que como de “contenida coil los -C áspos Uno, Das, |T res y Cuatro | i:CR=38; éste’ se habria’ asociado + ilícitamente! tras | ¡ personas para: efectivamente poseer. con la: interición de - || distribuir cocaína la cual sería importada a los Estados - ; Unidos, es claro que tales comportamientos.no envuelven la “ condición de políticos o de opinión pues aténtan contra la Extradición No. 4283: LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DELG: salud pública y, por ende, también se cumple la exigencia que en tal sentido.contemplael artículo 35 Superior. “Aspectos ~ Generales: La. competencia de la Corte, dentro del tramite detration, se limita a emitir el respectivo concepto, sobre la
“viabilidad de. entregar. o no.a la persona solicitada .por un Gobierno extranjero, después de examinar - las exigencias a que al iden los artículos 493, 495 y 502 del Código ¿de Procedimiento Penal. De otra parte, debido a que según lo expresó el Ministeri‘ode Relaciones Exterióres, ‘el tratado multilateral aplicable al presente caso es “la «Convención de-Naciones . - Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas», suscrita en Viena el 20 de . . de di iembre. de 1988”, cartera que a su vez precisó q conformidad con 16 establecido en el articulo 6°, numerales 4% y 55,de 1d precitada Convencion, así comio según “los artículos 491 y 496d e la'Ley 906 de 2004”, sé debe óbrar " acordé” con “el ordenamiento jurídico colombianó”, entonces el-Concepto ha de fundamentarse eno dispuesto:enr ‘nuestro: ódigo de Procedimiento Penal.-:. -... E “4 Enel presente caso se aplica la Ley 906 de 2004, por cuanto los hechos que sustentan la petición de extradición se habrían cometido después del 1 de enero de 2005, fechi' eii la cual entró en vigencia ‘el núevo Código de Procedimiento Penal. En , Este sentido; ver CSJ AE, 4 abr. 2006, Rad. 24187 y CSJ AE, 3 oct. 2006, Rad. 25080, DR Extradición No. 42833 - LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELGADI Por elo, corresponde aia” Sala, acide con lo
preceptuado en el articulo 502del referido estatuto; realizar el análisis sobre: (i) la validez formal de la documentación allegada por el país requirente; (1). la ostración plena de la identidad de la persona solicitada; (iid) la concurrencia de la doble incriminación, esto es, que el hecho que motiva la solicitud de extradición tanto-en-el Estado reclamante como en Colombia sea delito y además que la legislación naciona! lo sancione con pena privativa de la libertad cuyo, mínimo ora cuatro” anos’ Y; li) respecto de da que debe existir éñtre la providencia proferida ' “ern el extranjero y —por o menos— la ácusación-del' sistema “procesal interno... + "ón 1 pon Pos N pri!
CA SEELS RR e EPA ez formal: de, Fn e Según. lo establece el artículo 44 95 de. la Ley 506 de 004, la. solicitud de extradición, debe. efectuarse .por.la-vía . ~ diplomática. y, de manera excepcional, por la consular ode . (gobierno, a gobierno, adjuntando copia.auténdteli cfaall o o -»yde la acusación proferida. en el extranjero,.con indicación de -ir]os" actos que: determinan la: peticién, así como del lugar y echa en que fueron ejecutados, los. :datos”- -que. pe establecer la. plena. identidad, del. reclamado. .y la copia " auténtica. -de las, disposiciones” per áles aplic ables ,. al. caso, " documentos’ que deben ser expedidos en la forma prévista
Extradicién No. 42833
LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELGADA f en la legislación del país requirente y traducidos al castellano, de ser necesario. ‘Por tanto, la revisobsre ila’ó Vanlid ez formal de la documentación, apunta a verificar ‘que ‘los “soportes con apoyo en los cuales el Estado reclamante solicita la entrega de una personaen extradición, se sujeten a las referidas - En este sentido; ‘encuentra la Sala que dicho puésto fue observado por el. Gobierno de lo; Estados -U idos al demandar. la extradición - del ciudadano E colombiano LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELGADO por conducto de su Embajada. En. efecto, la solicitud se hizo por la vía diplomática ya ella‘ se acompañó copia de la acusación sustitutiva No. 4:13 CR 38:dictada el 27 de febrero dé 2013e n la Corte del Distrito Este de Texas, decisión donde se indican los “actos que sustentan la petición de entrega, el lugar y | las .: - fechas. de” su. “ejecución, mientras” que ‘en’ los restantes . “documentos son’ precisados tales datos y “se “ofrece la información necesaria para establecer la plena identidad de -la pt na requerida. Esto-se corrobora al confrontar,el contenidode las declaraciones. juradas de ERNEST GONZÁLEZ, Fiscal Auxiliar e istrito Este de Texas, y de RICHARD -CLoUya! 11 Extradición No. 4283 LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DELG: Especial ‘de la Administración para el Control de’ Drogas, quienes reseñan los pormenores de la “investigación y
posterior acusación, la relación de los cargos y la «normatividad aplicable al caso, la cual está contenida en el -.. Código Federal de dicho, pais... ..- Los anteriores documéntos a “su -vez” obran certificados y autenticados por las autoridades del país equirente, y estan traducidos al castellano. Ademas, ‘aparece la: refrendación”- efectuada por: la “Cónsul “de Colombia’ en Washington; D.C’, cuya firma fue abonada por “hel” Jefe de Legalizaciories del -Ministefio ‘de Relaciones - Exteriores lo que, de conformidad con el artículo 259 del “Código de” Procedimiento Civil; permite supóner 'que-se-- - otorgarón de acuerdo con las leyes del Estado solicitante. - Este requispori ttanoto,, se satisface. .. .. reclamado en ¡el Esta exigencia se contrae a constatar la coincidencia que debe existir entre la persona solicitada por el país : requirente y la aprehendida con fines de extradición; poro 'cual,es bajo este contexto qué corresponde 'analizar'a la - Y Córtela “identificación” del ciudadario reclamádo. Extradición No. 42833 LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DELGADS " , Al efectose tiene, que en la Nota Diplomática - No.,0625 del 18 de abril de.2013 del a Embajadade los . Estados. Unidos, por cuyo medio: se solicitó la. detención provisional con fines de extradición de .LEANDRO SEBASTIÁN =.. 's MONTENEGRO.» DELGADO; ..se. informó”a,l- - Ministerio de
Relaciones Exteriores, que la persona requerida nació el 29 de enero de 1976 en Colombia y es la titular de la -. cédula de. ciudadanía No. 79.323.686. » o , Ahora, de la documentación reunida en Colombia se infiere que se trata de la misma persona-a que alude 5 aquella petición, ‘pues incluso el 12 de octubre de 201 - en el que el solicitado fue capturado, se le practicó cotejó — decadactilar confirmándose la coincidencia con la identificación del individuo reciamado :por el país 3: Principio de ‘la doble incriminación: De acuerdo con lo estipulado en el artículo 493 de la — Ley. 906 de 2004,. para. conceder la “extradición es indispensable que los hechos que la motivan estén previstos en Colombia como: delito y que los mismos se “encuentren - _ reprimidos con una sanción privativa de la libertad cuyo mínimo no sea inferior a cuatro años. PELOS oo en Extradición No. 42833 h oo - - LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELGADO, En este sentido, sé tienqeue el citidadano colombiano “LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DELGADO es requerido para “que comparezca en juició ante la Corte del DistritEost e de Texas; donde esobjeto'de la acusación sustitutiva No.-4:13 5 CR:38:dictada el 27 de febrero de 2013; mediante la-cual se — Meimputa:-. |. r Cargo UNO” > >” Violación: $ 846 del Título 21 del Cédigo de los Estados
“Unidos {Concierto "pará poseer con la intención de distribuir LE . Que desde alguna fecha, en enero. de 2008 o alrededor de esa y fecha, y continuamente a partir de entonces, hasta e incluido el 14 de febrero de 2013, enel Distrito, Este de Texas y en: otros lugares, ... LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DELGADO... los, acusados, . a sabiendas e-.intencionalment; e Se. aungron,. . - concertaron-para delinquir y acordaron uno con otro y con otras personas conocidas y desconocidas por parte del Gran Jurado de los Estados Unidos, para poseer con la intención de elaborar y distribuir, cinco (5) kilogramos o más de una mezcla o ¡sustancia que “conteñía una cántidad detectable de ocain una . “sustanci ¡controlada de la categoría II; en violación de la 841ia) (1 ) del Titulo 21 del Código de los Estados Unidos. - En violación de la § 846 de Título 21 del Codigo de los Estados unidos. - 14 Extradición No, 42838 - - ...... “ue LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELG; Cargo Dos .- Violación: $:963. del Titulo. 21 del Código de los Estados Unidos (Concierto para importar cocaína y para elaborar y distribuir cocaína.con la intención y a sabiendas de que la «+ cocaina sería importada ilicitamente a los Estados -Unidos) Que desde alguna fecha en enero de 2008 o alrededor de “ “esa fecha, y continuamente a pardeteintornce s, hastá e
incluido el 14 de febrero de 2013, en la República de Colombia, “la República (sic) de “México, el Distrito Este de Texas y en otros lugares, ... LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELGADO... los acusados, a sabiendas e intencionalmente, se aunaron, -coricertaron para delinquir y acordaron uno con otro y con otras onas conocidas y desconocidas por parte del Gi ñ Fur .de-los Estados. Unidos;. para cometer los. siguientes delitos contra los Estados Unidos: (i) a. sabiendas. e :intencionalmente importar cinco (5) kilogramos o más de una mezcla o sustancia “que contenía uña cañtidad detectablede cocaína, una sustancia controlada" “dela categoría I, aos “Estados” Unid. ¢ “República de Colombia y México, en violación de las 88 9© 52. y 960 del Título 21 del Código de los Estados Unidos; y (2) a sabiendas e intencionalmente elaborar y distribuir cinco (5) kilogramos o más de una mezcla y. sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia contrólada. de la as “categoría” pe con la intención y a sabiendas de que tal sustancia h sería importada ilícitamente a los Estados Unidos, en violación de las $ $ 952 y 960 del Título 21 del Código de los Estados Unidos. - En-violación de la $ 963 del Título: :21 del codigo de los - “Estados Unidos. 15 1 ES ne . 4 ao Extradición No, 42833 .
| - LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO A
! E ' > CARGO TRES Violación: 8959 del Título21 del Código de los Estados € Unidos y $2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos + “(Elaboración y distribución de cocaína, con’ la intención y a :> sabiendas: de que la cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos) e - ns Eo . a Ea Me A -.Quedesde alguna. fecha en. enero de 2008 o alrededor de . esa fecha, .y continuamente .a, partir. de. entonces, hasta e . incluido el 14 de febrero, de 2013, en el Distrito Este de Texas y en otros lugares, ... LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DELGADO... los acusados, a sabiendas e intencionalmente. elaboraron, y distribuyerón cifico (5) kilogramos o más de una mescia-o” sustancid que contenía una cantidad detectable de cocaína, und “ sustaricia. controlada de la categorid II, con la intención y a DE sabiendas de que tal sustancia sería:importada ilícitamente a "los:Estados Unidos.- i La UN :..En _wviolacion-dela §.959 del Titulo 21 del Código de los - "e Estados Unidos. y la § 2 del Título 18.del Cádigo. de los Estados ¢ Unidos, Carco CUATRO —. ss 70503 (a) y 70506 (a). y 1) del Título 46 del : - Código de los Estados Unidos (Concierto para “poseer con la - intención de distribuir cocaína, estáñdo a bordo de una nave
sujeta ala jurisdicción de los Estádos Unidos) Que desde alguna fecha en enero de 20080 alrededor de esa fecha, y continuamente a partir de entonces, hasta e si «incluido el 14 de febrero de 2013, en el Distrito Este de Texas y en otros lugares, — : EA 16. Extradición No. 42833
LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DELGAD!
... LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DELGADO...
A los. acusados, aa sabiendas e intencic nalinente, se aunaron, - concertaron para delinquir y acordaron. uno con otro y con otras personas conocidasy desconocidas por. parte del Gran Jurado de los Estados Unidos, para poseer con la intencién de - distribuir, cinco, (5). kilogramos o. mds de una mezcla o sustancia - que contenia una cantidad detectable de cocaína, una sustancia a controlada:de: la categoría II: estando a bordo: de una nave , sujeta a la jurisdicción de los Estados unidos; en violación de “las 88 70503 (a) y 70506 (a) Y (b) del Título 46 del Código de los “Estados Unidos 7 "a's “60 do) a © fi) dde l ¿Título 21 del1 Codigo de los Estados Unidos. a “Entonces, las: conductas de supuestamente haberse ilit itamente el requerido con’ otras ‘Personas para efectivamente poseer “con la intención de elaborar y distribuir cocaína estando a, bordo.de una embarcación ::sujetaa la jurisdicción de los Estados Unidos, la cual sería
importade ilegalmente a dicho país, guardan identidad con “do descrito'en lós artículos 340 (modificado por” los artíci los; 8°.de’ la Ley 733 de 2002, 14 de la Ley 890 de 2004 y 19 de la Ley 1121 de 2006) y 376 (reformado por los artículos 14 de la Ley 890 de 2004 y 11 de la Ley 1453 de 201 1) del "Código -. nal, por cuanto en su orden tales: normas .. "con Concierto para’ delinquir. Cuando varias personas se - :Tconcierten con ‘el fin de cometer delitos, cada una de: “elle se á Ne Y penada, por esa sola conducta, con prisión de cuatro (aj a nueve fo) años. 17 Extradición No. 4283 LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DELG: “Cuando el concierto sea pará cometer delitos de... tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas... la pena será de prisión de ocho (8) a dieciocho (1 8) años y multa "dé dos mil setecientos 2. 700) hasta treinta miln i. 000) salarios “mínimos Tegales mensiales' vigentes. > La peria privativa de la libertadse aumentará en la mitad para: quienes organicen, © fomenten, promuevan, dirijan, -encabecen, "constituyan o financien el concierto o la asociación .5, para delinquir... . Boro Tráfico, fabricaci porte de estupefacientes. Eigq uesin permiso de autoridad competente, intro
sea en tránsito o saque de él, transporte, lleve consigo, almacene, conserve; elabore, venda, ofrezca, adquiera, financie 0: suministre a cualquier título sustancia estupefaciente, - sicotrépica o;drogas sintéticas que se encuentren contempladas .. en, los cuadros uno, dos, .tres, y cuatro del - Convenio, de la Naciones Unidas sobre sustancias _sicotrópicas, incurrirá en — prisión de ciento yv eintiocho” (128) a trescientos sesenta (360) ‘meses y multa de mil trescientos treinta Y cuatro (1:334) a : cincuenta mil: (50.000) salarios: mínimos legales mensuales: - - . vigentes... RE febrero de 2013 en la Corte del Distrito Este de Texas, ' cumplen el requisito establecido en los artículos 493 y 502 .del..Código de Procedimiento Penal (Ley. 906. de 2004); Las .Telativ Ja -:doble, incriminación, por cuanto describen 3 conductas que son delictivas en: Colombia, -lascuales tienen -18
ESTU : . “Extradición No. 42633/ "5 i 4. fl 7 . - LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO > : Una sanción privativa de la libertad cuyo mínimo no es inferior a cuatro años. “Por taritó” este’ requisito, aligial que los analizados “en precedencia; “también sé satisface.” iN a FETE 4 E Equivalencia de la providencia proferida ee n el e | extranjero con a acusación del sistema procesal
colombiano: A Ea UI ON i: Esta - exigencia” igualmente ‘se constatae.n el caso . particular; porcuanto la: decisión proferidpaor ” el -Gran - Jurado arité: la Corte del ' Distrito :Esté -de--Texas es : equivalente; en "su “contenido -maáterial;a: la :acusación “ previstae”n’ el artículo 337 del Código de Procedimiento ™ Pena! colombiano (Ley 906 de 2004). En efecto, revisada +el< acta”. de”: la, ag uE sustitutiva No. 4:13 CR 38 del 27 de febrero de 2013, seobserva que allí se concreta la formulación de los cargos, los hechos con sus fechas de ocurrencia y las disposiciones redidas (conforme “quedó reseñado en precedencia), o el nombre del acusado y las condúctas por el Nu desarrolladas. - En” felación ‘con ‘el acervo probatorio ‘que soporta la acusación 1 sustitutiva No. 4:13 CR 38, ERNEST GONZÁLEZ, o Extradición No. 42833 LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELG: { Fiscal Aixitiar “phira el Distrito ES de Texas)" al rendir declaración en apoyo de la solicitud “de "extrádición, manifestó que la Fiscalía demostrará su caso “mediante ¡¿varios tipos .de pruebas, .incluidas el testimonio de testigos (sic), las conversaciones . .¡felefónica.s. . judicialmente autorizadas y las pruebas físicas y documentales”.
DEA ER : cabe acerca del paralelismo RE — prevista en el ordenamiento procesal penal del pais, ajó el. entendido de que se trata de una equivalencia conceptual <- $: de-decisiones: y-no-de:identidad de formas, que:e n ambas -++) legislaciones dan. comienzo: a la:etapa del juicio, donde la -. defensa .del:. requerido - LEANDRO: SEBASTIÁN £. MONTENEGRO - + DELGADO puede: controvertir los.medios de conocimiento y la .1.acusación formulada ante.la. Corte-del. Distrito::Este de
Texas. dx a101:: Condicionamientos::. .: de acceder a: ela, a “qué no pueda ser en “ningún caso juzgada por hechos “anteriores ni distintos a “los que la motivan, a que se tenga como parte de la p] e ña que pueda .. llegar.a.imponérsele en el país requirente, el tiempo que ha o : permanecido.en detención con motivo del presente trámite y ” 5 Folio 233 de la carpeta de anexos. 20 Extradición No, 42833 | ~ LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELGAD a que se le conmute la pena de muerte, como también a que no sea -sometida a desaparición forzada, torturas, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, | destierro, prisión oy perpetua o confiscación. ados Lo Lo 2
2. Del mismo modo, le corresponde condicionar la “entrega del solicitado, a: que se ~1¢ ‘respeten todas las o garantías - debidas. en razon de su condición -de:niációrial +.
anos; Ef concreto:<a: “tener. acceso a-.un-proceso . .. - público :-sin. dilaciones - injustificadas, se -presuma su + inocencia, esté asistido:por un intérprete, cuente: con un . defensor: : designadop:or él.o por el Estado, se le conceda el . , tiempo y los medios adecuados para. preparar, la de fensa; pueda presentar pruebas y controvertir las que se alleguen en su contra, su situación de privación de la libertad se desarrolle en condiciones dignas, la rana ‘que eventualmente se le imponga no trascienda de su b rsona’ y. tenga: da Fiñalidad: Esencial de reforma y adaptación social. a E Gobiern Nacional: también deberá. imponer al Estado Tequirente?: “en ordena salvaguardar” Tos derethosfundamentales ‘del reclamado, la obligacióride facilitar los "medios: - necesarios: para. garantizar: su repatriación en condiciones ‘de dignidad y:respeto por:la persona. humana, © encasó e llegar a ser sobreseido, absuelto, -declaradt e culpable 6: su situación jurídica resuelta definitivamente de $ Según el criterio de esta Corporación (CSJ CE, 5 Sep. 2006, Rad. 25625), a pesar de que se produzca la entrega del ciudadano colombiano, éste conserva los derechos inherentes a su nacionalidad consagrados en la Constitución Política J en los “ tratados sobre-derechos-humanos suscritos por el país. mee 2 Extradición No. 42833 LEANDRO SEBASTIÁN MONTENEGRO DELG: semejánte en’ e pais “solicitante, “incluso, “con
posterioridad asu liberación una vez cumpla la pena allí [o por sentencia condenatoria originada. en los cargos por los cuales procede la presente extradición. SMS tere OM, TAS OTERO AG . +4. Así.mismo,-deberá condicionarla entrega. a que el : «país requirente,de acuerdo con sus políticas:internas:sobre ° “la materia, ofrezca :posibilidades. racionales y reales. para - que ‘el «solicitado pueda: tener contacto regular. con. sus familiares más cercanos; consideráfido'que el articulo: 42d “1a Cónstittición Política” ‘de 1991 califica' ala fámiliacomo EE adn: DNA . nd FIED nucleo’ esencial ‘de la sociedad, garartiza su protección y “ reconoce su honrá, dignidad e intimidad, la cuál también es protegida por la” Convención "Americana de - Derechos “Humanos y el Pacto Internacional de Derechos, Civiles y: — Políticos, en sus artículos 17 y 23, respectivamente. dB ySe:advierte, ademas, que en:razén de 16. dispuesto 3 den .el :numeral..23 ¡del artículo +189:;dela .Constitucién . Política, es del resorte del. Presidente de:la:Republica en su he condici Ade Jefe deBstado y supremo: director de Ja :política i “exterior ry: de :las. relaciones. internacionales, . realizar el : respectivo , seguimiento -a.: los. condicienamientosq:ue se impongan: a da concesión de-la: extradición, .quien a--su: vez "debe determinar las consecuencias. > que | se «deriven de su
incumplimiento. Extradicién No. 42833 ’
LEANDRO SEBASTIAN MONTENEGRO DELGAD)
IV.
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