CSJ - CP046-2014(42952)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - CP046-2014(42952)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2014
Bonilla ob Edito
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA:
SALA DE CASACIÓN PENAL - EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER - . Magistrado ponente oo CPO462014 “Radicación n 42952 (Aprobado Acta No. 81) anti Bogotá! DC: diecinueve (19) dé marzo! de dos mil -catorce (2014). TS — VISTOS: Procede la Corporación a emitir “concepto ‘sobre la solicitud de extradición del ciudadano colombiano Richard Mosquera Mosquera, presentada por el-Gobierno de los
Estados Unidos: .,..
ANTECEDENTES: 1:Mediánte la Nota Verbal No: 2056 del-1 de octubre de 0131, Ja: representación diplomática del páís “requirente solicitó la detención provisional con fines de: extradición del colombiano Richard Mosquera Mosquera, a efecto de comparecer a juicio por los delitos federales:de narcóticos, de . ! Folios 24 a 46 Cuaderno anexo ge i ANA Concepto extradición No. 42952
RICHARD MOSQUERA MOSQUERA comparecer a juicio por Los delitos federales de narcóticos, de acuerdo con la acusación No. 8:13-CR-299-T-26AEP dictada el 12 de junio de 2013, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida. : -
2. La precedente nota verbal fue enviada por la Embajada en cita al Ministerio de Relaciones Exteriores, entidad que la remitió al’ Fiscal Genéral de la Nación?, quien ordenó su captura mediante resolución del 16 de octubre de 20133, la cual se hizo efectiva el 18 de noviembre del mismo
año.
3. En orden a formalizar: el trámite de extrádición, se aportaron los siguientes documentos con su correspondiente autenticación por el Gobierno requirente, la traducción necesaria y su legalización ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, según el caso: 3.1.1 Nota Verbal No: 2699 del 31 de ‘diciembre de 2013, mediante la cual se protocoliza la petición de extradición.
;, 3.1.2 Copia de la acusación No. 8: 13-CR-299-T-26AEP, dictada el 12:de junio. de 2013, .en la. Corte: Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida: “2 Falio 23 tbide” 3 Folios 17 a 20 Ibidem Folios 36 2 46 Ibidem Concepto extradicién No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA 3.1.3 Declaracién jurada rendida el 9 de diciembre de 2013 por Christopher F. Murray: Fiscal Auxiliar de los ‘Estados Unidos: en la Fiscalia Federal del Distri Central de Florida, División Tampa,” quien refirió el procedimiento cumplido por el Gran Jurade para dictar Ja acusación, presentó yu na Sinopsis de Tos hechos origen, a “3:14Declaración jurada fendida el 9 de diciembre de de 2013 por Carlos M. Hernández, Agente Especial “de la Oficina Federal de Investigación (FBI) en Tampa - Florida, i órinformaciónadicional -sobre-el modo de MD. de la organización criminal e identidad del requerido. «3:15 Copia de. consulta ‘técnica a. la Registraduría
Nacional del; Estado «Civil, .donde se. identificó. a -Richard Mosquera. Mosquera: ciudadano :colombianoquien nació el ,29-de junio de 1970 en el:Bajo.Baudo — Chocó.-, portador de la cédula de ciudadanía No.16.788.1267..: 3: 6 ‘Copia dé la'orden de arresto émitida el i3 des junio de 201%" pá: Tatinal ‘de Distrito de los "Estados ‘Unidos para el Distrito Central de Florida, División Tampas. Folios 106 a 114 Ibídem 5 Folio 146 a 153 Ibídem _ e % 7 Folio 157 Ibidem o L Folio 144 Ibídem e A " DTe i Concepto extradición No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA ‘4. El Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante " oficio DIAJI [/ GCE No. 0007 del 2 de enero de 20149, envio las diligencias y la nota verbal No. 2699 del 31 de diciembre de “2013, al Ministerio ‘de Justicia y del Derecho, a través de la cual el Gobierno de los Estados Unidos formalizó la solicitud “de extradición de Richard Mosquera ‘Mosquera, conceptuó “que “De conformidad con lo expuesto, y a la luz de lo preceptuado en los “artículos 491 y 496 de la Ley 906 de 2004, en los aspectos no regulados por la Convención aludida, el trámite se regirá por lo previsto en el ordenamiento jurídico colombiano”, y dispuso su envío a la Sala de ¡Casación Penal de la Corte Suprema. de Justicia para lo de
su competencia. . ACTUACIÓN CUMPLIDA EN ESTA CORPORACIÓN Mediante proveído del 20 de enero de 2014, la Corte inició lá etapa judicial del trámite. El’ requerido Richard “ Mosquera Mosquera nombré un abogde acodnfioanz a, quien -. coadyuvó la solicitud de su defendido de acogerseal artículo :70. de la” Ley. 1453 de 201119,la Procuradora” Tercera Delegada para la Casación Penal 'apoyó la petición, razón por la cual el expediente ingresa a la Sala para emitir concepto sin surtirse los traslados y términos relativos a las | postulaciones probatorias como a los alegatos finales. Folio 33 a 34 Ibidem “Folio 23 Ibídem RNA Concepto extradición No. 42952
RICHARD MOSQUERA MOSQUERA
. CONSIDERACIONES DE LA SALA...
Aspectos Generales La competencia de la Corporación, cuando se trata de ¿emitir concepto. sobre la procedencia de extraditar o no auna Persona solicitada. ¡ por. otro pais, . se: circunscribe. a la . verificación de las exigencias contenidas.en los artículos 490, 49 , 495, y 50 de la Ley. 906. de 2004, regulación, ala cual se acude porque: los. hechos también, ocurrieron. bajo su vigencia. > Conviene” señalar; “como” “lo certificó el Ministerio de Reláciories Exteriores, que “al no existir tratado de extradición vigente entre 16s Estados Unidos y la. República de ‘Colombia, el tramite de la solicitud de entrega y el concepto a emitir
como culminación del mismo,: se, surte con base en las . exigencias contenidas en el. Capítulo II.del Libro .V. del.Código Los requisitos señalados se concretan en:j.la validez formal de la documentación Allegada por el pais requirente, ii) la demostración plena de la. identidad . de ..la...persona. solicitada,.. iii) la, presencia. del principio - de. la... doble incriminación y iv) la equivalencia de la.providencia proferida enel extranjero. con el escritode . acusación. de. nuestro sistema procesal penal. RA Concepto extradición No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA La'Corte, por consiguiente, procede a estudiar si en el caso bajo examen se cumplen dichos presupuestos.
1. Validez formal de la documentación Conforme con ‘lo preceptuado en el artículo 495 de la Ley:906 de 2004, la solicitud de extradición debe efectuarse " por vía diplomática y, de manera excepcional, por lá consular o entre gobiernos, áportando copia auténtica del fallo o de la acusación proferida en el país extranjeroc,on indicación de los actos que determinan la petición, así como del lugar y fecha de su ejecución; todo ello acompañado de los datos por cuyo medio sea posible . identificar plenamente. al reclamado e, igualmente, es necesario allegar la reproducción auténtica delas disposiciones penales aplicables al asunto. “Del mismo ‘modo, la documentación debe ser expedida con:sujeción a las formalidades establecidaésn la legislación del país reclamante y estar traducida al castellano.” -:Táles requisitós de carácter legal están encaminados a
demandarde l Estado requirente la ineludible remisión de los soportes en sustento de la solicitud de extradición, en todos los casos y frente a cada una de las específicas obligaciones que amerite el asunto; no de manera: simple, sino con el “cumplimiento integro de las exigencias formales expresadas. AA Concepto extradición No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA En el caso particular,. la Corporación observa que el “Gobierno de in Estados, Unidos, de América, a través de su representación. diplomática,,.. solicitó. la, extradición, del ciudadano colombiano Richard, Mosquera Mosquera: y, al cmo T— a orden de arresto expedida c¢ ontra el reclamado por dicha autoridad judicial extranjera. ,. También allegó la declaración jurada: de, Cristopher F. Murray, Fiscal. Federal Auxiliar de los Estados Unidos en el Distrito Central de . Florida; en la cual : se; refiere al procedimiento .cumplido. poerl: .Gra n Jurado: para dictar la acusación, descarta la, configuraciénd.e la .prescripción, concreta: los cargos, formulados. .contra Richard. Mosquera de la Oficina Federal de Investigaciones para:mayor detalles de los hechos. —c igual, manera, se observa. que en.los documentos aportados por el Gobierno de los Estados Unidos respecto de la acusación se especifican el acto imputado los lugares y Tu —épocas de” su octitrénicia,€ acen los requisitos exigidos en el artículo 495 de la Ley 906 de 2004, como se explicarmaás adelante, RA > Concepto extradicion No. 42952
RICHARD MOSQUERA MOSQUERA - A "su ‘vez, “dichos “documentos están traducidos al castellano, certificados y atitenticados de conformidacdon la legisláción propia del Estado requirente, al” punto que se encuentran refrendados” por 'Magtalena A: “Boynton, Directora Asociada de'la Oficina de Asuntos Internacionales “de la División de lo Penal del Departamento de Justicia del mismo pais; “reconocida” ‘como tal por su Procurador Etic H. - Holder, Jr Igualmente, se aportó certificación sobre la referida documentación' suscriport aJh”on F. Kerry, Secretario del - Departamentode Estado de los Estados Unidos de América y por Patrick O. Hatchett, funcionario ' aúxiliar” de autenticaciones de la misma dependencia, cuya firma; a su turno, fue refrenda-d pao r la Cónsuld e Colombia en Washington; D.C., Libía” Mosqiiéra Viveros, la’ cual “está :egalizada por’ el Ministerio” de Relaciones Exteriores de Colombia: Por lo tanto, se cumplen: a cabalidad los requisitos E “para su validez. En ese orden, es claro para la Corporación que el primer requisito exigido, sé encuentra acreditado. Esta exigencia se orienta a “Establecersi la persona procesada - acusada o condenada - en el país extranjero, es E (N la misma sometida al trámite de extradición, lo cual implica Concepto extradición No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA conocer su verdadera identidad; , por,lo tanto, ,el.requisito se cumple cuando, existe plena coincidencia entre. el individuo
solicitado y aquél cuya. entrega. se encuentra en curso de resolver.. Confrontadas las notas verbales No:”2056 de 1 de octubre de 2013 por cuyo medio se solicitó la detención provisional, 99 del 31 de diciembre del mismo año con la malesse formalizó la petición de extradición, advierte la Corte que el reclamado responde al nombre de Richard Mosquera Mosquera: quién nació “el 29 de junio de 1970, “titular de la” cédula de ciudadariia numero 16. 788.126 de -Cáli=Valle-: La persona solicitada se identificó con aquel nombre y documento de identidad al momento de ser capturada con fines de extradición. Así mismo, el lugar y la fecha de nicimiento registrados ' en 'lá tarjeta de preparación de su sédula de ciudadanía coincide con los datos ofrecidos por el país requirénte y bajo la identidad “advertida, “el reclamado actuó y se nlotifico de las diversas decisiones adoptadas en el mire” de este “trámite, sin formular reparo “alguno al respecto. Aún más, la confrontación realizada por perito técnico en dactiloscopia de la Policia Nacional -DIJINa las ..huellas dactilares del capturado y.qlue:a respos an en su cédula de ciudadanía, corrobora . que. se, trata .del..:mismo individuo. . ANA Concepto extradición No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA "De -lo “ariterior, se déduce razonablemente la plena identidad' del ciudadario' colombiano pedido en extradición, - pues su información personal, relacionada en la solicitúd de
las autoridades foráneas, como se ha visto, es la misma con la cual se presenta y firma, sin cuestionamiento alguno sobre el particular.
3. Principio de la doble incriminación ” Frente a este. requisito. corresponde a;la Corporación examinar si los comportamientos atribuidos al reclamado como ilícitos en el país extranjero tienen en Colombia la misma connotación, es decir, si son considerados delitos y, de ser así, si conllevan una pena mínima no inferior a cuatro años de privación del a libertad.
Para abordar el análisis de este aspecto debe. partirse del cotejo de los cargos formulados en la acusación aportada por la autoridad extranjera con la normatividad . interna colombiana, a efectos de establecer o, descartar la equivalencia exigida por el artículo 502. de la Ley 906 de
2004. Eñ-este: sentido, la Sala: enciientra que los hechos imputados por la. autoridad foránea se concretaen tres
cargos, así: 1 AE Concepto extradición No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA “e rgo uno: Comenzando en una fecha desconocida, la cual a mas tardar en el año 2011, y continuando. hasta, ¡aproximadamente la fecha de la presente acusación formal, siendo el Distrito Central de Florida, el - lugar por el que ingresaran los acusados inicialmente, a. los Estados - Unidos, - [a J - Richard Mosqueta Mosquera, alias “Pipe”, alias “Freddy”- > Los. acusados en la presente, a sabiendas y. voluntariamente se B confabularon, concertaron, ilicitamente -y acordaron:entre.sí y.con otras
personas, tanto conocidas como desconocidas para el Gran Jurado, (sic) distribuir cinco (5) kilogramos o más de una mezcla o sustancia =U “conteniendo” una” cantidad detectable’ de Cocaina, ina sustancia : - controlada de Listd! 11, sabiendo iy corí la intención de que dicha sustancia : “fuera importada “ilegalmente d los” Estados Unidos, en “contra de las disposiciones de la Sección 959 del Título 21 del Código de los Estados Unidos. Todo en violación de las Secciones 963 y 960(b)(1)(B)fi) del Título 21 del Código de los Estados Unidos y de la Sección .3238-del Titulo 18 del Código de los Estados Unidos.
IR Cargo dos: Comenzando ee n una fecha desconocida, laa cual fue a . “más tardar. en el año, 2011, y continuando hasta aproximadamente la u fecha de la presente acusación formal, siendo el Distrito. Central-de la Florida, el lugar por el que ingresaran los acusados inicialmente a los
Estados Unidos, " [CUE «Richard Mosquera Mosqiiera™ alias “Pipe”, alias Freddy” — 11 Concepto extradición No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA Los acusados en la presente, a sabiendas y voluntariamente se confabularon, coricertaran ilícitamente y acordaron entre 'sí y “con otras “personas, tanto conocidas como desconocidas por el Gran Jurado, incluyendo personas que se encontraban a bordo de una nave sujeta a Jurisdicción de los Estados Unidos y que ingresaran inicialmente a los Estados Unidos en un punto ubicado en el Distrito Central de Flonda, (sic) poseer con la intención de distribuir cinco (5) Kilogramos o más de
una mezcla o sustancia conteniendo una cantidad detectable de cocaina, una sustancia controlada de Lista II, mientras a bordo de una nave sujeta jurisdicción de los Estados Unidos, en contra de las disposiciones - de la Sección 70503(a)(1) del Título 46 del Código de los Estados Unidos. i “Todo en violación de las Secciones 70506/(a) y (b) del Titulo 46 del Código de los Estados Unidos, Sección 960/b))/B]fii) del Titulo 21 del - Código de los Estados Unidos y Sección 3238 del Título 18 del Código de i los Estados Unidos. or Cargo tres: Aproximadamente el 17 de agosto de 2012, (.=-). - Richard Mosquera Mosquera, - alias “Pipe”, alias “Freddy” Los acusados en la presente, siendo el Distrito Central de la - “Florida el lugar por el que ingresaran los acusados inicialmente a los Estados Unidos,-asabiendas e intencionalmente, "instigando y siendo . cómplices “entre síy con otras” persónas, “tanto conocidas como desconocidas - por el: Gran Jurads, “incluyendo personas que se encontraban a bordo de una nave sujeta a jurisdicción: de los Estados Unidos y que ingresaran inicialmente a los Estados Unidos en un punto ubicado en el Distrito Central de Florida y, mientras instigaban y eran cómplices entre si y con otras personas, tanto conocidas como desconocidas por el Gran Jurado, incluyendo personas que se encontraban a bordo de una nave sujeta a jurisdicción de los Estados Lo RA Concepto extradicién No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA Unidos y que ingresaran inicialmente a los Estados Unidos en un punto
“ubicado en el Distrito Central de Florida, poseyeron con la intención de “distribuir cirico 5) Kilogramos ‘© más “de una mezcla o sustancia “conteniendo una cantidad detectable” de cocaira, und’ “sustancia : controlada de Lista II; mientrás'a bordo dé una nave sujet a jurisdicción -.de los Estados Unidos. - Todo en violación de las secciones 70503(a) y 70506(a) del Título 46 del Código de los Estados Unidos, Sección 2 del Título 18 del Código de los Estados Unidos y Sección 95001 BIE del Título 21 del Código de los Estados Unidos», Señala el Fiscal Federal del Distrito Central de Florida, - que la violación. a las normas transcritas ocurrió desde el . 20.11 al-12 de junio de.2013..Al respecto informa: “a investigación reveló que desde el año 2011 hasta el 12 de junio de 2013, {...) y Mosquera Mosquera fueron miembros de una organización narcotraficante. - basada - en:-Colombia que transportdba múltiples cantidades de kilogramos de cocama: a los Estados Uñidos””- En base a información proporcionada por. testigos” cooperantes “e incaitaciones de cocaína, los agentes de seguridad se enteraron que (...) y Mosquera Mosquera coordinaba y supervisaba el transporte marítimo de -“cargámentos “de cocaína desde Colombia a Centroamérica, para su ¡importación y distribución final en los Estddos Unidos. El 17 de' ‘agosto de 2012, [...) y Mosquera Mosquera. ¡participaro.nen un: envió de 1.062
kilogramos de cocaína a bordo.de una lancha incautada.por el Servicio de Guardacostas de los Estados Unidos (en inglés . United. States. Coast ‘Guard > USCO) en aguas internacionales. La nave Jue declarada sin nacionalidad y por lo tants sujeta ala jurisdicción de los Estados Unidos 1, Folio 147 Ibídem. ... Ah 13 Concepto extradición No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA "Por consiguierité, la imputación de unirse el solicitado con otros para violar las leyes de los Estados Unidos sobre estupefacientes, guarda e identidad . con Ja. conducta penalmente reprimida en.Colombia en. el .articulo 340 del Código Penal, modificado por los artículos: 8 de la Ley 733 de 2002, 14 de la Ley 890 de 2004 y 19 de la Ley 1121 de 2006, asi: «Concierto para “delinquir. Cuando. varias _ personas se concierten con el fin de cometer delitos, cada una de ellas será penada, por esa sola conducta, con prisión de cuatro (4) a nueve (9) años. “Cuando el concierto sea para cometer delitos de... tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas... la pena será de prisión de ocho (8) a dieciocho (18) años y multa de dos mil setecientos (2.700) hasta treinta mil (30.000) salarios mínimos legales mensuales. La. pena. privativa de la libertad se aumentaráen la mitad para . quienes organicen, fomenten; promuevan, dirijan, encabecen; constituyan o financien el concierto o.la asociación para delinquir».--
Así : mismo, “la maputación. de. distribuir una sustancia FINE e importar a los Estados Unidos: una-sustancia que contenía. una cantidaddetectable “de cocaina, está recogida-en’ Colombia en el artículo 376 del Códigó Penal, modificado por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004 y 11 de la Ley 1453 de 201 1, ‘pues alli se consagra: “Tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. El que sin permiso de autoridad competente, salvo lo dispuesto sobre Adosis pNaka e
N Concepto extradicion No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA y. tres... (1.333.33)--a «cincuenta::mil.-(50.000):salarió mensuales”. ; i » pele pa ar. ÍNI did Len El 4; Dé esta manera, “confróntado” el ' supuesto “fáctico referido ex 1a'acusatión”y” las” nomas” invocadas Por la autoridad extranjera con las disposiciones internas de Colombia, se advierte como, la. condupcara tcaome;te r el Jelito de narcotráfico, ss e: cuentra.penalizada: en::10s dos e países, de manera que los cargos atribuidospo,r . la.autoridad foránea al requerido Richard Mosquera Mosquera sorpespends. aun tipo penal nacional que tiene prevista pena 2 cual se -encuéntra'satisféchó él prinicipió de la doble incriminación. Ahora, como la acusación No. 8:13-CR-299-T-26AEP ictada el 12 de junio de 2013, en la Corte Distrital de los
¡stéidos - Unidos’ Lo el Distrito Medio de Florida, también “inclitye “la dominio, ‘es preciso “señalar qué'tal afirm.n áción nó pied ir entendida en estricto ‘ ‘séiitillo como un cargo. py situaciones semejantes: -:Conceptos Los ;-mayo-.3. de;.2007, rad. \ LA Concepto extradición No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA 26756; octubre 4 de 2009, rad. 31825; septiembre 30 de 2009, Raás. 32226 y 32228 - ,el señalamiento. de la extinción del derecho de dominio no comporta. imputación. alguna, i pues se trata del anuncio de la:consecuencia patrimonial que la declaratoria de responsa“bacairrleai dreaspedct o. de los bienes involucrados en el delito, de cuya comisión se acusa al requerido, tema ajeno a la solicitud de extradición, razón por la cual no se. encuentra comprendido .dentro de los aspectos por analizar enel concepto a emitir por la Sala.. - Equivalencia entre la providencia dictada en el extranjero y - a “acusación “del Sistema Procesal -Colombiaño tr Esta altima exigencia se orienta a verificar ss i da. pieza ; procesal ofrecida por el país requirente es equivalente, por lo menos, a la acusación prevista en el ordenamiento procesal penal interno. —. Conviene recordar que no se. trata de .establecer identidad entre ambas actuaciones, tal como: lo. señaló la Corte en los conceptos del 11 de febrero 2004,.rad. 20292; 23 de enero 2008, rad. 27378; 28 de octubre. de 2009, rad.
31932; noviembre 4 de 2009, rad. 32085; noviembre 8 de 2009, rad. 31818, pues lo relevante es determinar si la decisión entregada da paasl” ójuic io. Además,” se debe -.constatar si brinda un relató ‘sucinto del comportamiento :. imputado, con especificación de las circuñstancias de lugar A LA Concepto extradición No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA tiempo e, ¿gualmente, si expresa con claridad. la,calificacién . jurídica señalando los preceptos aplicables. “Asi ‘las ‘Cosas; se“tieneq'ue la acusación No: 8:13-CR209-T:26AEP dictada? el 12” de junio de 2013:¿A la Corte Distrital de los Estados Unidos' para el Distrito Medio de Florida, al igual que ocurre con la pieza de la misma índole en el ordenamiento colombiano, ,marcan..el. comienzo del , etapa en la cuale l procesado tienela oportunidad de controvertir las pruebas y los cargos.a él atribuidos. .- - En” estas conidiciones, es” indiscutible la equivalencia existente entre la activación dictada en el pais extranjero y la pieza procesal contemplada en los 'afticulos 336 y 337 de la Ley 906 de 2004. Naturalmente, conviene advertir, se trata de una identidad material y no de forma. - 5. Cátisales'de improcedencia. Conforme lo, _prevé el artículo 35. de la. Constitución Nacional, modificado. ¡por el ¡Acto Legislativo |0 1.de .1997, la
extradición de Jos colombianos por nacimiento se concederá por delitos cometidos en el exterior, que no ostenten carácter político, siempre y cuando se refieran a hechos realizados cof ending! ‘al 17 de dicicimbre de 1997. ANA 7 Concepto extradición No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA De acuerdo’ a lo' anterior, constituyen caiisales de improcedencia de la extradición: i) que el delito por el cual se procede sea de naturaleza política, ii) que se trate de hechos . cometidos con antelación al 17 de diciembre de. 1997, fecha , de promulgación de la referida norma y, iii) que el delito haya sido ejecutado en territorio colombiano. Révisado ‘el cargo formulado por ld autoridad foránea a Richard Mosquera Mósquera; la Sala encuentrqaue respecto de los hechos acaecidos desde el 2011 al 12 de junio de 2013, son sucesos posteriores a la promulgación del Acto Legislativo, en consecuencia no se configura ninguna de las referidas causales de .improcedencia del artículo. 35 de la “Constitución Nacional. En efecto, los delitos coricierto para dehnquir y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes son delitos de naturaleza común, no política,. tanto. en el país requirente como en Colombia. De otra parte, la conducta delictiva atribuida a Richard Mosquera Mosquera fue desarrollada en diversos territorios nacionales, conforme al artículo 14-3 del Código Penal, permite colegir que el comportamieñto punible “también se concretó fuera del territorio colombiaño.
En este orden de ideas, la Corte emitirá concepto favorable a la extradición que demanda el Gobierno de los Estados Unidos de América. RN Concepto extradicion No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA S-.Cuestión final.- Es preciso consignar, además, que corresponde al Gobierno Nacional condicionar la entrega a que el reclamado ción..de, destierro, cadena:.perpetua o lo.establecen. los articulos 11, 12 y 34 +.» :Támbién debe condicionar la” entrega "del solicitado a qué sele respeten) comoa cualquiér otro nacional ee n las mismas condiciones, todas las garantias “debidas én razón de su calidad de justiciable, en particiilar a: tenér acceso” aun proceso público sin dilaciones injustificadas, se presuma su inocencia, estar asistido, por. un. intérprete; contar con un u contra, .suu situación de privación. .de la libertad se desarrolle en condiciones dignas.y la.penaprivativa de la libertad tenga la. finalidad esencial de reforma .y. adaptación social. = Lo “antérior;-de conformidad" con 'lo dispuesto « en los “artículos 9710711 de Ia” Deciaraé Universal de Derechos Concepto extradición No, 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA Humanos, 5, 7 y'8 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 9, 10, 14 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Por igual, la'Corte estima oportuno señalar al Gobierno Nacional” “en orden a” salvaguárdaf los derechos fundamentales del “reclamado, que ' proceda a imponer al
“Estado requirente lá 'obligación de facilitar los miedios - necesarios para garantizar su repatriación en condiciones de dignidad y respeto por la persona Humana, én caso de llegar a ser sobreseido, absuelto, declarado no’ culpable, o su situación jurídica resuelta definitivamente de manera semejante en el país solicitante, incluso, con posterioridad a su liberación una vez cumpla la pena. allí impuesta por sentencia condenatoria originada. en. las imputaciones que motivan la extradición. ‘De otra parte, al ‘Gobierno Nacional le corresponde -. condicionar la entrega a que el país reclamante, de acuerdo con -sus: políticas -intemas'” sobre la materia, ofrezca -posibilidades raciónales y reales para que el requerido pueda tener contacto “regular con Sus familiares más cercanos, considerandquoe el artículo42 de la Constitución Política de --1991 “reconoce: a la familia como'úúcleo eseñcial de la sociedad, garantiza su protección y reconoce su honra, dignidad e intimidad, lo cual se refuerza con la protección que a ese núcleo también prodigan la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de .Derechos Civiles y Políticos en sus articulos 17 y 23, respectiv. te. | N de . 20 Concepto extradicién No. 42952 RICHARD MOSQUERA MOSQUERA La Sala se permite indicar que, en virtud de lo dispuesto en el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Politica, le compete ‘al Gobierno en cabeza del señor Presidente de la Repúblicacomo supremo director de la políti a Exterior y de las relaciones internacionales, realizar el respectivo
seguimiento a los condicionamientos impuestos al conceder la extradición, quien a su vez es el encargado de determinar las consecuencias derivadas de su eventual incumplimiento. En mérito de lo expuesto, lá Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Jú: ticia, emite concepto favorable a la solicitud de extradicion lel ciudadano colombiano Richard Mosquera, . fo Estados Unidos a través de su Embajada en Bogotá, para que responda por los tres cargoS.contenidos en la acusación No. 8:13-CR-299-T-26AEP dictada'el 12 de junio de 2013, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida.. Comuníquese por Secretaría de la Sala esta determinación al requerido Richard Mosquera Mosquera, a su defensor, la Procuradora Tercera Delegada para la Casación para lo de su Remitase'- expediente” al Ministerio de Justicia y del Derecho parailo; de. su competeri AH “ Concepto extradición No, 42952
RICHARD MOSQUERA MOSQUERA
FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLE o
>. Concepto extradicion No. 42952
RICHARD MOSQUERA MOSQUERA
LUIS GI O SALAZAR OTERO
Maa La
ANDA NOVA GARCIA
Secretaria Ls