🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - CS22-10-1992 0137

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - CS22-10-1992 0137
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1992

Les] y 0137

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL Magistrado Ponente: Dr. Rafael Romero Sierra Santofé de Bogotá, veintidos (22) de octubre de mil novecientos noventa y dos (1992).- — Ha llegado del Juzgado Quinto Promiscuo de Fami_ lia de Manizales la demanda ordinaria con la que Moisés Carmona Gonzáó Jez_ convoca a Fabio Candamil Duque, a efectos de que por esta Corporoción se dirimo el conflicto de jurisdicción surgido entre dicho Juzgado a o dey el Cuarto Civil del Circuito de la misma ciudad. cr. a If - Antecedentes Por auto de 6 de agosto del año en curso, el Juz gado Cuarto Civil del Circuito de Manizales rechazó la demando que pora proceso ordinario se formulara, y ordenó su remisión a la oficinajudicial, para que allí sea sometido a reparto entre los Juzgados Promis cuos de Familia.... El Juzgado Quinto Promiscuo de Familia, a través de providencia del 1” de septiembre de 1992, resolvió no avocar el co nocimiento de esta demanda ordinaria, por carecer de competencia para ello” y provocar conflicto negativo de jurisdicción al señor Juez Cuar to Civil del Circuito”. Dispuso la remisión del expediente a la Corte, pa ra que fuera dirimido el conflicto. Ii - Consideraciones Como en recientes pronunciamientos lo ha venido reiterando esta Sala, el conflicto surgido entre los juzgados mencionados, estimándose ambos incompetentes para fallar el proceso en referencia, ocurre entre dos despachos judiciales pertenecientes a distintas ¡urisdicciones, como lo son la civil y la de familia, creada y organizada es ta último por el Decreto Ley 2272 de 1989, lo cual indica sin hesitacióno alguna, que dirimirlo es cometido reservado por la Constitución Nacional (artículo 256, ordinal 6%) a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Conse jo Superior de la Judicatura. Dado que la Sala Jurisdiccional Disciplinaria dedicho organismo ha sido recientemente integrada, se enviará este proce so a efectos de que tome la determinación que considere pertinente. 1! - Decisión Conforme lo dicho, la Corte Suprema de Justiciaen Sala de Casación Civil, ordena enviar el presente expediente a la Sa ta Jurisdiccional Disciplinaria del “Consejo “Superior. de la Judicatura, pa_— ra lo que le “compete. Notifíquese.

HECTOR MARÍN NARANJO n13

GA == A tcT r ad RA

FOMERUCSIERR

ED A

Consultar sobre este documento ...