🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - CS23-11-1992 0313

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - CS23-11-1992 0313
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1992

06313 y

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

MAGISTRADO PONENTE: ALBERTO OSPINA BOTERO

Santaté de Bogotá, D.C., veintitres (23) de noviembre de mil novecientos noventa y dos (1992).-

Referencia: Expediente No. 4202

Provee la Corte sobre el recurso «de queja interpuesto por la parte demandanta contra el auto cha 024 do ¿imio de 1992, en virtixi des cual el 1ribunasl Superior de 1 Distrito Judicial de Santafe de Bogota dermvacóo fl da sy casación interpuesto por la misma parte coitra el fajlo as dicho sentenciador a temndaado 1 290 doo mayo de 142 proferido en este proceso adelantado por Gonzato de la Espriella Delvalle frente al netituto Colombiano de Los Seguros Sociales. ANTECEDENTES .- Por demaick repartida a1 Tizdido Primero Civil del Circuito de esta ciudad, el citado actor solicito principalmente que con audiencia de la demdidada se le restablezca en la posesion dal Limueble ul bano JAOSTidia Un ej libelo. de la cual fue despojado en Tora violenta por la Entidad. to td agua danatazo da prlweras inetarnmoda con sentencia de 20 de febrero de 13921, en la cual se desestimaron las pretenziones del actor, ceentencia que al ser apelada confirmo en lo Fundamental el Tribunal Super vor del Distrito Judicial «de santafe de fiaogota pos; la suya de 29 de mayo de 1992. 1í(f.- Interouiezro por el demanciante rectirso

de casación contra e) ftaJilo del adquem. este deneca =,! concesion por auto de 24 de Julio de 192, aduclteink ua solo son objeto de esta impudnacion e2X1tracralnaria. 1áaz aentencias contempladas en el art. 566 dAcl €. de + E. norma en la que no se einulista. acredgo la aca Frectiriada., pS E procileto de “un proceso verbal. Esa la razon para que el actor solicitara reposicion de lo as1 decidido, que al nedarseite «io Lugar a que e le expidisran coplas para recurrir en queja. (Y == a austenta la queja sobe lá Daurnr de que : a) habiendose Iniciado este FTOceso par el procedimiento verbal, de conformidad con 1 art. 442, umm. 30... del C. ce P.C., comenzó a regir la retorma nirodcucida por el Decreto 2282 de 19%, motivo que condujo al cua a solicitar la aácdecuaci on ciel mismo Gal tramite «asl procedimiento ordinario. o ciLante Jo cual eL ac «um le imprimió el del abreviado: Y b) due el citado Decreta Teformator1 0. o. coria. dentro reo (3. procedios verbal ni. abreviado regulados CLaxataivamente poi el. € problema del "reztablecimiento de la posezien 2h Los cacos del articulo %%a del (.E.. que, por ende, como la materia tratada "no esta sometida a un tiamite ixipeotal., llamese verbal 0 abroviado... el laotiqrio “debe ventidarse

y decidirse en proceso ordinaria, al tenor del articuio 3é6S C.P.C. ísic), cuestion por la que al fallo de segundo grado queda suleto, sedun el, al recurso de casación. SE CONSIDERA Lo. El articulo 108. del C. de reformado por el becrteto 228% de 198%, dicpone que "Se tramitaran y decidiran en proceso abreviado los s1piiemimlez asuntos, Ccualqinera «que ses su cuentia...27 nterdicrtos para reciperar o conservar la poseslon, Y el Feconocimicnto de las indemnizaciones a alle Huilllere LuUcdar.. 2.7 No porque ce dejo de hacer all1 mencion expresa al articido 94 del C.C., ee puede Concilddi., Coma lo hace el recurrente, «que da accion brindada Dor 03Ste piíecepto quedo <in asianacion «de tramite especial en el Codigo de Proredimiento Civit, de manera «(ue ante cta forma de pensar sea preci¿2o recurrir a la redada genersi de procedimiento prevista en el articulo 226 piden, pres, pOr el contrario, da cubal lhermenecurtcoa del articulo «ax ya referido, da ple para entender que dentro del PLoTna: alla presi Ea toma — ¿uelemido la coccion. de rentabliecimiento posesorio aludida, ya que no. 5. dable colegr o ona diferente a la generalidad con que tHe rexviutlado la materia. al consagrarse en 2li sin nortap ina Alejeirart 21 procedimiento abrewiadeo para 21 Eramite de los “interdictos

para recuperar O colimeivar la poseston... . em>litini de criterio dentro del cual e cemnmlolan dede iuedo 1odas las acciones posenzorias Y no uma cuantas. Desde este pila de vista sobra razon paiía decaár que al interprete no to es )eD )ve dnoca ES] dado limitar a eu antoro los alcances del piecepytaoa adietivo comentado. pies donde la lay ona hace distincionez mo La puede hacer aquel. 5.7 Impi und romo fte a sote proceno «el trámite cel procedimiento abreviado, cedun lo aamito el recurrente, Y siendo ecle el que en puritelad corresponda aplicar, es logico admitir que da sentencia de cequicda instancia dictada por el Tribunal no se mica dentro de la. que por mandato del articulo 3ée6€ del €, de PO. sen susceptibles del recreo de Ccazacion. DECISION En armonia con Lo 3xXpuesto, la Eorte c5H4poema de Justicia. en Sala de Casacion Cavil. estima ajustado a la ley el auto recurrido +n queja y, Por ende, bien nn denegado el recurso de casacion. Devuelvacse la acriaácion a1 Tritimal para ie torme paite del expediente

NOTIFIQUESE.

CARLOS ESTEBAN JARAMILLO “SCHLOSS

£ / n317 u / / £

ALBERTO OSPINA BOTERO

Consultar sobre este documento ...