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CSJ - J.Roncallo(16-05-1968)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - J.Roncallo(16-05-1968)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1968

f _j j 0~39 ' ·~ '· ,·., ' ! \ ' '

CORTE SUPREDA DE JUSTICIA '1

§ALA DE OASACION PENAL

\ ,) '\ \ Oagistrado Ponente\ ~ ' . . '1 . .

Dr.JULIO RONCALLO

ACOSTA~ ·¡ - _._ J 1 j ++++++. ~ l Bo~otá, diez y eeis de mayo de mil novecientos sesenta y o'cho. Aprobado2 Acta N9 7 de 14 de mqyo _d_e 1.968 \ ' V I S T O S: Se déo1de el ti}curso de caeacicSn interpu,esto por él '\ procesado NACIANCENO PEÑA MONTAftA contra la sentencia de fecha -= J!J :AOA+-i=a' ;Q -aH ¡j"b¡::;:J: = 7 de septiembre de 1.967 en la que el Tribunal Superior del 0 ·Distnito Jtrdioial de El Espinal lo cond~nó, como reáponeable de la muerte de Frano1eoo Romero Candia, a la pena principal de = ocho (8) aiios ~e pr~sidio, ~.s las aéoesóriaa correspotulientes, y a pagar la suma ~e dos mil pesos por concepto d~l dafio moral= ocasionado con el delito.

A. N TE a E DE N TE S En la tienda nBl Centavo Menos", de Purificación; Departamento del Tolima, se suscito un altercado o disputa en= tre Arcadio Pafia Montafia y Francisco Romero, quien de un golpe derribó a su produciándole lesiones que le contando~, ocaeion~

ron doce días de incapacidad. mncianoeno Peffa, al ver a su pa~ dre caído y sangrante, pers1gu16 al trabándose en ri= agreao~, fla con él y causándole no~alea he;-tda~ con arma corto-punzan= te. falea hechos ocurrieron el día 2 de de 1.966. en~ro Adelantada la reepectiva 1nvestigac16n. por auto oalendado el 26 de julio del afio, se en= ~amo q~e e~ecutor16 la instanc1a el Juzgado Segundo Superior de la ciudad 0 nombr~ da abri6 caus·a criminal con 1ntervenci6n del Jurado; por el = delito hom"ic1d1o aim_plemente voluntar1o, contra Naciancén<l) ~a

Pafia Mo: ataaa. ~ CQn ·opartuni~d de la ~u4iénc~a pábl~ca sesoma= tió a la cons1deraci6n ael T_ribunal. POP\llar el siguiente cuas ~ tionar19~ _ "El acusado PENA MONTAÑAt es responsable, ~AOI~~OENO Sl. O N0 0 de haber OOt;lSiónado. . VOluntariamente la muerte del= -ciudadano FRANOISCO CANDIA con arma corto-punzante, ·en RP~O 0 las p~imeras horas de.Já noche del día domingo dos de = = de hechos que ocurrencia ~ne~o. g~¡ pr~sente ~o, tuvie~on en ~·.zona urbana del mimic,.pio de Pur1f1caci6n ( Tolima) ~ =

Distrito.cJ'udioial?" ~e e~st_e Las inic.ialee respuestas de -los miembros del Jurado fUeron. textualm~nt&f -las siguicnteet a)•·. El Jurado RobertoOspináa "Si a obreS movido por ira$ intenao dolor: _áin jue~a cau~a. Boa aQ defe~a.propia." -. b)- El .JuradQ P1ladelfo ~{llC.~qo:_ !,lS~: óbr6 mQvido por ira e intenso dolor, propia; y sin causa.a no~~ «~t:en~a ~l!le~a = _o)•- ~l Jura.,do :Alvaro SabQgals si obr6 movido por 1ra e intenso stn causa, No: defensa d~lor; ju~ta ~ prop~~" Sobre el particular se lee en la parte final d;el = Acta re vr;u_ epeo~i las alegaoi.ones de las partes, el sefior ~~~erminadas

  • ------~.,_ t (' ,. ' 1· 0 ':1 ·.t "' .

JUes 4ecret6 un receso mientras el Jurado deliberaba. a ·solas y ál cabo de algunos túnutos se reanudó la audiencia y se <116 lectura $l. veredicto-el que fue pronunciado en la a~gt.U.~nte ::= ' . . forma: ttst: OBRO lliOVlllO PoR lRA E IN~EN'SO DOLOR,_ NO EH l>EPÉNSA. PROPIA~" ·y reu:taroe "En -est~ momento éín los l!liembros . del Jurauo; ni comunicarsé con nadie; el safio~ Juez les eX1gi6 s~=­

sirvieran el véredioto en ei sent1do·de si acogían 9= e~plicar i: rechazaban la circuns~cia de atenuaei6n del ~a. rt. 2e -dél C. 6 == I, 111 r '' i, digo Pe~t propuesta tantopor la PisÓalia como por ia defé!= ' 1 ' 1' 1' e_a. Nuevamente. se dejó_ al Jw;-ado que deliberara a soláa-y al = reanudarse la aucH.enoia en b;J"eves momentos se d16 leétura al= 0q1veredicto el que en est~ vez al ser aolal"Sdo_, f'tte c;ontestado = ,j

  • ¡ en la siguiente foma2 nsx: .OD;RO MOVlDO POR lRA E INTENSO DO. =

.,1

  • !

LOn SnT JUSTA CAUSA •. NO: EH DEFENSA PROPIA.." ·,] 'l1l il que tue pronunciada en forma unánime = ~Respuesta ( \ ' por loe miembros· del Jurado. ü (fls. 12' y 124, Cd~ 19"). 1 \ i 1 ,l ,1 11 En sentencia del 10 de diciembre de 1.966 el Juez= i) ;t Segundo SU dél D1E!tr1 to Jud1e1al El E.s:pinal estim6 == perlo~ ~e . :l ' ; !j == qQe el veredicto de~tnitivo ~~a ~1~ y llanamente afirmativo ' ' ~ 1' -, de la y, qpoyado en tal criteri.o; condeneS a

responsabilidad~ :;=· 1 .i Nacianceno Pafia a la pena principal de ocho ( 8) afio a presi== d~-- l, . dio. 0como responsable del-delito de homicidio intencional; C~= ¡¡ 1' metido en la .persona de Pl"anóisco Rojne%"0 Oand1a", sentenoia·_que 1 ~· ~ ei ~1bunal oonfirm6 en la que ha sido objeto.del ~e~urso ex~ d1nario de casaoi6n, reepeotQ do la cual, sin embargo·, salv 6 su . . . voto el Magistrado doctor Remando Oonvers Puleoio, ·po~ ooneid~ rar que el Jur1 habia admitido la atenuante prevista por el ar= ,,. ticulo 28 del C.P.

DÉMANDA. DR éASAOION Y conc~PTO

DEL. MUflSTERIO. PUBLICO = La acusao1.cSn a la se~toncia ~eeu~rida s:e· formula _en con :fun4alilent~. .la tercera de. -las ca~salea,, qo~adae. ~or él= . artic~lo. 56 dél peo~~·to _528 de l~964s ~ctBJ> lf;l sentenQia_ ~();::~ - bre- -un> veredicto. o~~tracUctorió. El earg~ ~e plantea expresan= do qúG la primera parte del veredicto acepta 1~ reapon~ab~l~dad, = al decir: opr6_mov1do Pór·ira e dQlor ns~; ~ten~ó ~in· jua~a c&i.lsa." Pero la ni~ga ~n_la segunda, d'-ciendoa "Nos·en.~etenea=

propia."_Y para co~roborar la tnoompati~ilidad e~tre· tales e~== tramos, oi ta una .eonoc14ade ésta Sala• doct~in~ .Conclúye pidiendo· que se la e~ ~ctor ca~~ s~nten;::: cia r.ecurrida. y en sq ·.lu~ar ae dispon·gtl. que el proc~sQ ~~a (le=: = vuelto .-~. Juzga~o a·egqndo Supe~i9r de El ~spinal p~~ q~Q ~e. . . convoque. a nqevo cturadoo l; én subsidi_o, prope>n~Lla a~gunda ~e: .. , .. las h1p6te_s1s que -el articulQ· 56 del Eeta"to ~1ta~C) co:ptempla= -·ordinal 292 la .sentencia, en 4eeaeuerac cQn .el ver,2= en~f?U Es~ Jurado. dicto del ta Procuraduria Pril!lera Delegada exan;tina ampli~el! = te la tacha ¡ expresa, trae que p~puestá, jU1ó1o~as razones~ _) ·~ ¡; ; hB: sido demostráqa, _" co:mo que basta leer el v_ered_ieto -dice• P.! ra llegar ~ la c~~clus~6n de que ea contradiotori~~~ ~or 1~ quedebe prosperar, a1endo procedente casar la sentencia. recurrida= -, ., . ~ y devolver el proceso al Juzgado del conocimiento pa~a loa f~s

in41cados por ~1 ~tfculo 58.del Décreto 528 dé 1.964 en su ordinal 29. . . LA COR~ CCNSIDERA: .1.- Rn"riumeT'osaa'cportlinidades l:ta sos-tenidola= Corte·. a travé.. s· dé e.. áta S. ala• ·) qu-~ e .. e!.. pred. i~ado de oontraciic= torio· ·resJlecto de ·un. vere4.1éto conl~evá la 1~posib111dad dé= eonciiiar SUB propios términOS~ porque {stOG· afirman y ~1e= gan una misma cosa. coetáneam.énte y ··por-el rnimno aapecto~sin que pueda a.$ignarse aquel dictado ·a l:a (liscrepaliéia.·4e SUS· : = epresionea con las pruebas del proceso o c.on.op1.niónes.de a ordéD jurid~co# pues en tal caso no ae cs~á !rent~ ttna co-n . tradiéc16n, sino .anta el -:-tenó1!léno de la contraav:i..denci$. 2.- Un contradictorio carece de exis== ve~~dioto ... " tencia juridica. y desde luego :Lógica, porq~e las proposic1o . - . . ._. nes que.lo se destrt.cy"en o anulan reciprocamente.Por ~nte~ . . tantOg· l.a sente.ncia que sobre a~uél se :apo~e· eat~ huertana= i = de. soporte legal' racional. De alli que siendo el r'ecurso extraordinari.o de casaci6n. coso tan a menudo se recuerd.a,un

juicio sobre la legalidad del :fallo un vicio de :. ~ugnado, en . . tal ita'turaleza se haya erigido causal de il.rveli dez o 3.- _.Ahora Bien: El Juri, en el caso de que se oc~ pa este .proceso, afim.6 la :responsabilidad del en l< a par=· ~eo te prime.r& d-e su verediet() .definitivo. t:ras, en cuant() a la -- - parte segunda, la si t.uaci6n resulta con :fusa. Porque.~ de un la .... ,.,

  • = do, como lo aprecia el Procurad.or, la frase D!io: en def$naa .propia"_, pue.de tenerse co.:to una negat;i.va d> e respon-sabilidad·= puesto .que si., co!!lo ea .de correcta us~nza~ los dos puntos se= - .. _..._ .... ~~....___-=--'------=:;:;..__------='----~-- - 6_emplean después de una palab~ o tra~e ·para explicar lo que antecede o -para ~lll'leiar lo, quesigu~• el veredi~'to debesi f= leerse como se hubias~ :negadp la reepone:~~ilielad (No) .. se hubiese explicado el po:r qué (porque obr6 1!·én aefe~a :::: prop1an). Y de otro lado• en la.pri.mera pute,= s~ s~ neg6~ la 0 justa causa0 '• pUede pensarse en la a!irnmci6n 'de qu~ él en proce.sado no actu6 legitilna ·aefensa. 1m ~ata h1p6.te~~s,=

·sin embargo, hab ria :~-supri!nir -quizá con ~xtrt;il~ taci6n ·en loa dos puntós en que tan·to interpretativa~ illaist~eron ·aua respuestas incU:viatiales, y en ~1 veredic·to aclarado., dos de los mielllbros del lf-rib;.mnl Pcr.. ~ . ular. De . ailli q . ue el C .o lab -o . ~ador acierte cuando en eu_-concep~aexpresa: ~ es-~s con= dicio:1ea, tan eapriehoso aceptar en la san tencis o~. ~-- ~r! .a.era parte, :Pa-:ra condenap.., eom.o la segunda pa1.·a absolv~~ r~u .: :'. Ante tal si~~ei6n de perplejidad, que el J,ue~ ~~ pudo desatar si eu eons1.1l ta al Jur1 hubiera sido aeer~d~,= .... ' :.. la Corte ·opta por resolver la an favor del acusado,de= du~a :tendiendo en e.sa fo-rma el· precepto legal l;'eapectiV:O• f acue,t da que la ta.-cha pr:oepera al cQnsiderar el veredicto comocontradictorio. R E S C L U C ! O N: ~ mérito de 10: e~puestc, la Cort~ SU.p-rema ~sala de Casación Penaid$ eeuer~o cdn la Procuraduri_a Priinera ~ legada y ~dminiatrando justicia .en nombre de la Rep'db~iea y:

por autoridad de la, Le¡, CASA el fallo acusado dei Tr1b1Ulal SUperior 4e El Espinal y, en eu lugar. ORDENA devolve~ el = proceso. por conductode l-a e·orpo~aci6n nombrada al Juzgado 9 '1 de origen para que convoque a ·nuevo Jurado. -- ---- ,¡,., • - --~

  • 7- !'!>!.5 \..f _ .. ..-. 06pj;esenotii'!q-qes_e ycúmplase.-. Insé.rteae én la

Gaceta Judicial.

ANTONIO MORENO IDOSQUERA

--

SlllON MOllTERO. iOBRES _EFBEN OSEJO PErA

JULIO ROHCALLO AC032A LUIS CJ'~LOS ZA!.ffilU.NO

FRANCISCO LOPEZ CRUZ

  • -

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