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CSJ - SC01-02-1990

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC01-02-1990
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1990

Magistrado ponentes SA Dre EDUARDO GARCIA SARMIENTO . Bogotó, primero. de fobrero. de ml novecientes. _ noventa, En grado e de consulta conoo la:s Corporación de la sentencia proferida: al lo, de noviembre de 1989 por el Tribunal Superior del | Distrito Judicial de, Mon ela, en este 1, Mediante bolo presentado sl 16 de Junto de 1987, el referido. Carlos. Fidel Arboleda. Hernández «Por conducto de procurador Judicial, demandó: a su cónyuge Elsá Josefa Alvarez Morales, para que $e decretara. la separación inde. + finida de cuerpos. se declarara disuelta. da sociedad conyugal, Ñ se le coridenara' en costas y se: -Inscriblera: la sentencia en los follos de matrimonio y de nactnlento de cada no: de. los 5 cónyu ges. | 2 Cómo fundamento de las prstensiones ex- - puso. al demandante que con la demandada contrajo. matrimonio . católico al 35 de mayo de 1986. en la Parroquia de: Nuestra Se. : _Fora de la Cangólaria de Planeta Riga , nión en la cual no se pro- | ñ | crearon hijos; que no existen blenes sociales; que la demandadadesde él mes de agosto. de 1985. mantiene. continuas. relaciones se” xuales extramatrimonlales. con otro varón y han procreado hijosz que de esa situación se enteró en el mes. de octubre de 1986;que en todo caso la sañofa Elsa Josefa Alvarez Morales, incurrió en la

causal Ze. del artículo 154 del C.C. al dejar. sin catisa justificada | su hogar al mes de casada, privando al esposo no solo de su comy | paña, sino de. las más. elementales atenciones materiales y espirla tuales. | 3 Trobada la relación procesal con el curador -. ad lltem que hubo de designársele a la demandada, previo el emplezamiento de rigor, ta 3 quo. una vez tramitado el proceso, dic- + 26 sentencia favorable. a les pretensiones.

a CONSIDERACIONES DE LA. CORTE

2. Los presupuestos procesales no adinite reparo slguno. l NS | 0. | e 5. lha o2 legitimación en. la causa tanto activa como pasiva: y la existencia de la sociedad conyugal, se acreditan con la iaa acta nin s Tendiente « a demostrar. al fundamento fáctico | de la pretensión, fueron. recibidos. los testimonios de. Salomón Ántonto. Gloria Lobo, Antonio Rafael, Vallejo Díaz y Amada Sofía: Lyons Herrera, quienes al ser preguntado por el Tribunal sobre el origen det abandono del hogar. porta esposa. como laa época. en que sucedió tal hecho, el primero respondió: "Motivos no sé,pues la familia fué ta que se la llevó. Ellos apenas vinieron dos meses después del matrimonto, "El segundo contestó: "El ró viviendo con Arboleda dos meses, pues. dos padr vinleron a buscar y se la llevaron", Y la última. afirmó: “Esohace como valnte años. y tos motiven. fueron porque al padre de

ella se la llovó,. y de esas cosas. que ni Carlos: da volvió a buscar, ni ella sampoco > regresó. y se la lavó Aique porque él no la standík: blon ... 7 in -dacteraciones. responsivas, exactas y complotas, unidas al indicio que existe contra la demandada por nohabor comparecido personalmente al proceso, permiten tener por demostrada suficientemente una de las causales invocadas,esto es la 28, del artículo lo.d e la ley la, de 1976.

8. Se impone como consécuencia, la confirmación de la sentencia consultada, teniendo en du nta además que la de- Ñ tanda se prosentó el 16 de junlo de 1987 y no hablendo prueba que el incumplimiento hubiera: cesado, ta acción no ha | Nc - Por lo expuesto, ta Corte Suprama de Justicia, | en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de deE S la República de C lombia y par autoridad de la lay, CON : la sentencia. consultada da to, de noviembre de 1099 pronuncia” da por el El Tribunal Superior del Distrito, Juslcial de Monte o l. o

  • — pleso,notifíquese y devuélvase opertunaRAPASL ROMERO SIERRA z

LE ALEJANDRO sonivento

FERMANDEL

- EDUARDO

GARCIA SARMIENTO retari. ÓN

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