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CSJ - SC01-28-1987 0012

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC01-28-1987 0012
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1987

REPUBLICA DE COLOMBIA - 0013

PBama Aeris hecurnald CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá, veintiocho de Enero de mil novecientos ochenta y siete. JAIME CAMPOS JACOME diciendo actuar como apoderado judicial de la parte demandante en el proceso ordinario promovido por

EMPERATRIZ CORDOBA ZAMBRANO y CAMPO ELIAS CORDOBA GARCES e

frente a FRANCISCO JAVIER, JORGE POLICARPO,FERNANDO, SILVIA,

MARIA AVILA NAVARRETE, ESPERANZA AYILA NAVARRETE, ANDRES, JORGE EDUARDO, JUAN PABLO y AN MARIA AVILA NAVARRETE, se declara Desierto el recurso de ción interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de 1 ÓN de 1.984. Para ca do acompañó constancia de la Secretaria de la Sala de Casación Civil sobre ausencia de la solicitud de reconstrucción de este MO constancia de la Secretaría del Tribunal Supertor de Tunja cual se dice que el expediente fue remitido a la Sala de Casación Cfvil de la Corte el 6 de Marzo de 1985, sin que hasta ta fecha haya sido devuelto Y copia debidamente tegalizada de la Sentencia proferida en segunda instancia, recaída en el citado proceso. “De conformidad con el artículo lo. del Decreto 3829 de 1.985 "Si ta solicitud de reconstrucción fuere formulada extemporá - neamente, se declarará desterto el recurso y ejecutoriada la decisión objeto del mismo”. Esta parte de la norma es aplicable en la hipótesis de

que el recurrente no haya solicitado la reconstrucción dentro de la oportunidad que el mencionado decreto estableció para hacerlo, por lo queresulta pertinente la petición y se resolverá favorablemente. MISTERIO SE REPUBLICA DE COLOMBIA - -0014 y 7 ama Amsticain al Por to expuesto, ta Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, declara DESIERTO el recurso de casación y ejecutoriada la sentencia de 12 de Octubre de 1.988, proferida por el Tribunsi Suparior del Distrito Judicial de Tunja en el proceso mencionado. Envfese el presente expediente al Tribunal que pro_firió el fallo impugnado, para los efectos legales pertinentes. Cópiese y notifíquese.-

JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ

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EDUARDO GARCIA IENTO

DS G

HECTOR COMBEZ URIBE S« necror aran NARANJO

TO OSPINA BOTERO o

RAFAEL ROMERO SIERRA a =e

Inés, Galvis de Benavides Secretaria.

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