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CSJ - SC02-11-1987 0053

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC02-11-1987 0053
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1987

REPUBLICA DE CN musa

“--0053 Hama A A

CORTE SUPREMA: DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL anne.

Magistrado Ponente: JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ

. A A e A .- Bogotá D.E., onco (11) de febrero de mil novecientos ochenta y siete (1987).-.. Procede ta Corte al examen preliminar de rigor para-proveer sobre la torífirmación o no de la senten cla consultada en el procese Aéreviado de separación de cuerpos, promovido por DANÍEL, EDUARDO MARIOLEJO RAMIREZ contra GLORIA MARINDE MARMOLEJO. - AS O Como en el presente asunto el a quo encontró daban los presupparua eempslaztar oa sla de mandada Santo el actor expresó no conocer el domicilloni o, dej primero, dispuso que se cumpliera la notificación 2Í tenor de lo previsto por cl artícuto 318 del C. deP. C.- , > Lo. Es bien sabido que la forma normal de notificar, el auto admisorio de la demanda debe ser en formapersonal. Empero, para circunstancias do excepción, -cuando se desconoce el paradero del demandadoprevió el legislador otra scanera de enterar al extremo pasivo, de ta demanda qua contra €l se ha instsureado, es ésta precisamento a través del emplaza a b E rotento. I P A . > r

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REPUBLICA DE CL... Sa 0054

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Las extgde eestna cclasei dea nostif ica ción deben cumplirse cabatmente, tanto en el aspecto formal, como en el sustancial. Entre totes requerimisee hnaltlao eslde que el edicto emplazatortio permanezca fijado por el término de un mes, en un tugar visiblo de la Secretaría del Despacho Judicial! y que el mismo se publique en un diario de amplia cir culación en ta tocalidad, por tres veces, duranto el mismo tér mino y por medio dé radiodifusira/del fugar, sl la hubiera, - con intervalos no menores da Cinco dias. DS a q¿eresa además la norma, que al expedien te se allegarán cjemplares del diario y certificaciaóun— téntica del adm de la emisora. o Sin ningún esfuerzo se colige, que es exl Vencia Eol la de que se allegue no copla parcias del diario, - <ino su fempler completo. Lo antertor tiene como razón de ser el hecho de que no sa ñagan publicaciones parciales para tosemplazamientos judiciates, sino que el aviso sea dado a conocer en un periédico que por tener diversidad de temas, circule yssa leído por un amplio número de personas, can el fín do que tenga el demandadol a posibilidad real de enterarse en forma di recta o a través do conocidos del proceso que en su contra se ha iniciado y de esta forma pueda comparecer, 2s decir, se pro cura garantizar en forma ofectiva el derecho de defensa queasiste a todo cludadano.

REPUBLICA DE ECD.MVY2DA pot:

0055 Haya Lo Pr , E Como ta Corto, echara de menos el cum pliniento da esta exigencia conforme a to provisto en ta legtstación, ya que al expediente no se allegó copia complota detos dlertos en tos cuates se publicó el edicto, sino apenas tahoja en la cuaj se hizo, en aras de volar por el cumplimiento de la tey y antes que todo-de su espiritu, en forma oficiosadispuso que se afiagaran a1 expediente Psendos ejemplares de tos diartos, con el fín de verificar que se habla realizado con forme al mandato imperativo del artículo 318 del C. de P. C. y No clgtinto lo amerior, el támmino de10 días quo se concedier? pera su cumplimiento se venció, sin que se cumpliera co jaDextgencia Unm La Inobsede rlavs afornmalcidaidesa l egates Que se tipiftque sin duda alguna la causal de nul ista en el numeral 9? del articulo 152 del C. de

P. C.., Eincual había da decretarse. . RESOLUCION: En mérito do to expuesto, la Corte Supre ma de Justicia, Sala de Cosactón Civil, declara to nulidad de to actuado en este proceso a partir de la providencia da 11 dodiciemde b1r.9e39 , exclusive. La actuanaulacda idebóerán r enovarse.

Conedn coéstasn a ata pasrte eacto ra.

NOTIFIQUESE Y DEVUELVASE EL EXPE£-

DIENTE AL TRIBUNAL DE ORICEN.

ÍM . ¡0056

REPUBLICA DE ECL77"3.A

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- AjJOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ

¡NES GALVIS DE BENAVIDES Secretaria >S y SS Lu K O pPro.n”t o asa r ta.o.nn u-nr lr +T O 4

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